Vladimir Cerrón, secretario general de Perú Libre, sobre quien pesa no solo una condena por corrupción, sino varias investigaciones fiscales por presuntos delitos que van desde lavados de activos hasta terrorismo, negó el último martes que esté entre sus planes buscar “asilo político”. Sin embargo, esa posibilidad había sido mencionada, un día antes, por su abogado Raúl Noblecilla.
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El lunes, declaró a Sudaca que Cerrón es un “perseguido político” al igual que el partido de gobierno. En ese sentido, que “nunca se puede descartar” la solicitud de un asilo y sería “absurdo decir que no lo haríamos”. Finalmente, que “el asilo político es una solución ante lo que se podría convertir en una persecución política”. El martes, Noblecilla insistió en esta posibilidad en entrevista con Canal N.
El pasado 28 de agosto, cuando la fiscalía de lavado de activos allanó junto a la Policía Nacional sus inmuebles y los del partido, Cerrón dijo que existía “la persecución política contra el partido y sus dirigentes”.
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El Comercio consultó con expertos, quienes señalaron que no existe persecución política en el Perú. Además, aclararon que si bien una eventual solicitud de asilo no calza en lo dispuesto en la Convención de Caracas, la decisión recaerá en el país que pudiera elegir el líder de Perú Libre.
La Convención de Caracas sobre el Asilo Diplomático precisa que “no es lícito conceder asilo a personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren inculpadas o procesadas en forma ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes, o estén condenadas por tales delitos y por dichos tribunales, sin haber cumplido las penas respectivas [...]”.
Cerrón fue sentenciado el 2019 por el delito de negociación incompatible por una obra de saneamiento en La Oroya. Adicionalmente, es investigado por presunto lavado de activos por un supuesto financiamiento ilícito de la reciente campaña política.
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Tiene también una acusación fiscal por el presunto delito de colusión agravada (caso Hospital de El Carmen), así como supuesta negociación incompatible por pagos al policía que lo resguardó, y por el presunto delito de malversación de fondos debido a un desvío irregular del presupuesto destinado a los trabajos de reforestación de la margen derecha del valle del Mantaro.
1. ¿De qué depende que corresponda o no un asilo?
Daniel Huamán, profesor de Derecho de la Universidad del Pacífico; y Oscar Vidarte, internacionalista de la PUCP, coincidieron en que si bien Vladimir Cerrón no está siendo víctima de persecución política y no cumpliría los requisitos del estándar internacional para acogerse a un asilo, esta calificación va a depender en gran medida del país al que se presenta una solicitud.
“Si es que Cerrón pide asilo, desde mi perspectiva no cumpliría estos requisitos del estándar internacional porque para que esto se dé tiene que ser víctima de una persecución por parte del Estado peruano, que puede basarse en motivos ideológicos, religiosos, por se activista, etc. Sin embargo, en un sistema como el actual, donde tenemos una separación de poderes, tanto el Ministerio Público como el Poder Judicial son órganos constitucionalmente autónomos. Por tanto, no podemos hablar de una persecución”, detalló Daniel Huamán.
Sin embargo, aclaró que aunque estas son las condiciones generales para otorgar o no un asilo, “no implica que esta valoración sea seguida por otros gobiernos” - afines a él- “que podrían considerar externamente que Cerrón sí podría ser víctima de persecución política”.
Explicó que la Convención tiene que ser interpretada en un sentido amplio. “Si el Estado receptor considera que detrás de esa condena o la persecución de ese delito común tiene como objeto la persecución política. La Convención busca evitar la sustracción e impunidad”.
Igualmente, Oscar Vidarte dijo que optar o no por el asilo dependerá del país que lo brinda. Por tanto, “termina siendo una figura muy compleja e interpretable, pues los Estados que brindan el asilo son libres de decidir”. Sin embargo, que el concepto de asilo es claro al referirse a personas perseguidas de alguna manera.
“Si uno analiza el caso de Vladimir Cerrón no pareciera que existe algún tipo de persecución política. Están utilizando esto para cuestionar el papel de la justicia sobre personas vinculadas a la política. Nos cuesta creer que un Estado pueda aceptar la teoría de una persecución política para dar un asilo”, expresó Vidarte.
Pero tampoco descartó que países con los que Cerrón tiene algún vínculo político puedan acceder a un pedido. “También es cierto que muchas veces los asilos se dan por concepciones políticas y depende de los vínculos políticos. Algún país que tenga cercanía con Cerrón pueda ofrecerle asilo, incluso yendo más allá de la lógica del concepto, siempre es probable. En ese caso, dicho país podría acarrear alguna consecuencia”, puntualizó.
“Creo que la mayor parte de los Estados, considerando su situación, no deberían darle asilo político si es que lo pide. Salvo que sea un país con el que tenga muchos vínculos políticos y de alguna manera acepte una petición”, puntualizó.
En tanto, Krúpskaya Ugarte, profesora de Derecho Internacional de la UNMSM, explicó a El Comercio que, tal como establece la Convención de Caracas, quienes soliciten asilo no tienen que ser procesados o condenados por delitos comunes por tribunales ordinarios.
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Sin embargo, “en los tratados internacionales la calificación de las causas que motivan el asilo corresponde exclusivamente a los Estados en los que se está solicitando el asilo. Ellos son los que tienen que estudiar el caso y analizarlo”.
Es decir, al igual que lo señalado por Vidarte y Huamán, es el Estado al que le presenta esta solicitud el que califica si se cumple o no con los preceptos, si la persecución es clara o no, aunque existen los limitantes señalados.
“Pero es un elemento subjetivo que queda a la apreciación del Estado que pueda o no dar el asilo. La práctica internacional es que si es un delito común no se va a dar el asilo porque hay un principio que es la reciprocidad. Entonces, los Estados también se cuidan en ese sentido”, indicó.
“La calificación será por parte del Estado que recibe el pedido de asilo. [Corrupción] es también un delito común. Eso está en el escenario del Estado que lo recibe porque puede que en el Estado solicitante esa figura no existe. Hay otro principio, que es el orden público y buenas costumbres, entonces los Estados también tienen que cuidar esas relaciones porque hay un orden público internacional al que están sujetos ambos, entonces a ninguno le convendrá quebrar”, concluyó Ugarte.
2. ¿Tiene algún sustento el argumento de persecución política?
Oscar Vidarte puntualizó que “no hay” persecución política en el Perú. “Lo que creo es que se está construyendo una narrativa en ese sentido. Tanto de la izquierda como de la derecha”, cuestionó.
”Vemos también el caso Fuerza Popular, políticos con procesos en curso. No se puede decir que se está actuando solamente contra Cerrón. También existen pruebas, no se están inventando y tendrán que contrastarse. ¿Quiénes serían los articuladores de esta persecución? El Poder Judicial cumple su labor al margen del gobierno de turno”, recalcó.
Krúpskaya mencionó que “cualquier ciudadano tiene que confiar en el trabajo de la justicia, por eso debe haber un trabajo pulcro. Tiene que demostrarse la persecución”.
“Como ciudadana tengo que creer en el trabajo de la judicatura, en los jueces y fiscales. Si perdemos la fe en le justicia, ¿dónde nos amparamos?”, enfatizó.
Daniel Huamán señaló que no “se aprecia desde mi perspectiva un deseo de perseguir a una persona por su ideología política u otros”. “Esto debe ser objeto de un análisis más amplio, que excede los términos jurídicos. Pero en la separación actual de poderes no podríamos afirmar ello salvo que se afirmara, cosa que no es, que el Ministerio Público y el Poder Judicial obedecen a intereses distintos a los creados”.
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3. ¿Qué situación podría desencadenarse en Perú si países afines a Cerrón acceden a otorgarle un asilo?
El internacionalista Vidarte subrayó que, de ocurrir esta situación, el Perú tendría que “levantar su voz” al margen de darle cumplimiento.
“Tendrían que salir a decir al mundo que no existe esta persecución y tratar de demostrar que los políticos tratan de utilizar sus vínculos con gobiernos para buscar protección. Tendríamos que señalar al país que le brinde asilo con una mirada cuestionadora a pesar de respetar la decisión. Se debe cuestionar en todos los espacios porque es una narrativa que favorece al sector político”, dijo.
El abogado Daniel Huamán advirtió que “lo que suele suceder en estos casos es que las relaciones diplomáticas entre los dos países se ven afectadas”.
Señaló que si un gobierno afín a Vladimir Cerrón acepta un pedido de asilo, impediría que el Estado peruano solicite, “desde un punto de vista formal, que pueda ser devuelto a Perú en vías de extradición”. Esto debido a que el asilo deja a la persona a merced del Estado receptor e impide que el Estado de procedencia pueda tomar una acción directa.
4. ¿Cuáles son los beneficios de un asilado y qué ocurre con sus procesos en curso?
Las investigaciones que mantenga el asilado en el país de origen no se paralizan. “Los procesos siguen e incluso una persona puede ser condenada en ausencia, siempre y cuando se le haya garantizado el derecho a la defensa”, explicó Huamán.
Dijo que si el asilo es pedido en el país de origen, tiene derecho a un salvoconducto para salir sin ser detenido. “Una vez que se integra al nuevo país, existen políticas como la integración laboral o darle residencia”, añadió.
5. ¿Qué sostiene la defensa de Vladimir Cerrón sobre un posible asilo?
En los últimos días, congresistas de la bancada de Perú Libre respaldaron esta posibilidad del asilo.
El abogado Raúl Noblecilla respondió a El Comercio que como abogado puede “expresar que ante una situación de peligro político es normal poder acudir a un asilo, pero se ha querido malinterpretar para decir que Cerrón está pidiendo asilo, lo cual es falso”.
Señaló que su patrocinado está presto a apoyar las investigaciones “porque más que nadie quiere que esto termine”. Reiteró que la opinión que dio fue como abogado. “No queremos adelantarnos a una posibilidad porque somos optimistas”, concluyó.
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Alan García y el asilo
En 1992, el expresidente Alan García accedió al asilo diplomático por parte del gobierno colombiano tras el autogolpe del encarcelado expresidente Alberto Fujimori. Días después, viajó a Colombia.
En noviembre del 2018, Alan García acudió a la embajada de Uruguay, ubicada en San Isidro, y solicitó asilo argumentando una persecución política. Esto tras conocerse la decisión judicial del impedimento de salida del país.
Sin embargo, los primeros días de diciembre el expresidente de Uruguay Tabaré Vázquez anunció que su gobierno no le concedería el asilo diplomático al exjefe de Estado. Dijo que el Perú “funcionan libremente los tres poderes del Estado”.
El abogado de García, Erasmo Reyna, indicó que habían tomado conocimiento de que se preparaba una detención al expresidente en los siguientes días, lo que había motivado a su patrocinado requerir el asilo. Esta información fue rechazada por el fiscal superior Rafael Vela en entrevista con El Comercio.
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