La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) entregará una prensión vitalicia. Para poder ser beneficiario de dicho monto, el cual asciende a $ 100.706, es indispensable cumplir con varios requisito.
Entre estas exigencias, es obligatorio ser titular de la Asignación Universal por Hijo (AUH), jubilaciones y Asignación Universal por Embarazo (AUE).
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ANSES: ¿QUÉ ACTIVIDADES LABORALES SERÁN BENEFICIARIAS DE LA PENSIÓN VITALICIA?
La persona fallecida por COVID-19 debe haber trabajado en alguno de los siguientes campos laborales:
- Trabajadores de la salud pública y privada.
- Empleados de recolección de residuos patológicos y domiciliarios.
- Trabajadores de centros de salud y hospitales, incluidos los sectores de gastronomía y administración.
- Bomberos (voluntarios o dependientes de las fuerzas remunerados).
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- Trabajadores de Migraciones.
- Trabajadores de las Fuerzas Armadas y seguridad pública y privada.
- Empleados de correo.
ANSES: ¿QUIÉNES PUEDEN COBRAR LA PENSIÓN VITALICIA POR COVID-19?
La persona fallecida por el COVID -19 debe tener cualquiera de las siguientes relaciones con los familiares:
- Esposo/a.
- Conviviente.
- Hijos menores a cargo del fallecido de hasta 21 años, excepto hijos discapacitados.
- Personas a cargo del fallecido.
- Quienes hayan realizado tareas esenciales.
ANSES: ¿QUÉ DOCUMENTOS SON REQUISITOS COBRAR LA PENSIÓN VITALICIA POR COVID-19?
- DNI del solicitante de la pensión.
- Partida de defunción de la víctima.
- Factura de la funeraria a nombre del solicitante.
- Constancia del empleador que manifieste que el fallecido realizaba labores presenciales.