Feriado del 29 de agosto: ¿puedo tomarme el día libre si trabajo en el sector privado? Esto dice la norma. (Foto: ShutterStock)
Feriado del 29 de agosto: ¿puedo tomarme el día libre si trabajo en el sector privado? Esto dice la norma. (Foto: ShutterStock)
Redacción EC

Con el propósito de armar un puente festivo de cuatro días e incentivar el , el gobierno peruano ha declarado el lunes 29 de agosto como , extendiéndose así el descanso hasta el martes 30 de agosto, feriado por la conmemoración del .

La norma está dirigida a quienes se desempeñan en el sector público. Sin embargo, si labora en el sector privado, la norma indica que podrán acogerse a este día no laborable siempre y cuando exista un previo acuerdo con el empleador.

El , publicado en el diario oficial El Peruano, señala que las horas de trabajo se recuperarán en los diez días inmediatos posteriores o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública.

¿QUIÉNES TRABAJARÁN EL 29 DE AGOSTO?

Entidades y empresas privadas que están excluidas del día no laborable para garantizar el bienestar de la ciudadanía:

  • Servicios sanitarios y de salubridad
  • Limpieza y saneamiento
  • Electricidad
  • Agua, desagüe, gas y combustible
  • Sepelios
  • Comunicaciones y telecomunicaciones
  • Transporte
  • Puertos
  • Aeropuertos
  • Seguridad
  • Custodia
  • Vigilancia
  • Traslado de valores
  • Expendio de víveres y alimentos

DÍAS NO LABORABLES EN EL SECTOR PÚBLICO

Los días no laborables que restan en 2022, para los trabajadores del sector público, a nivel nacional, son los siguientes:

  • Lunes 29 de agosto de 2022
  • Viernes 7 de octubre de 2022
  • Lunes 31 de octubre de 2022
  • Lunes 26 de diciembre de 2022
  • Viernes 30 de diciembre de 2022

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