El Gobierno peruano promulgó, el pasado viernes 23 de abril, la ley que permite a los trabajadores formales retirar hasta el 100 % de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para que puedan aliviar cualquier problema económico generado por la pandemia del coronavirus (COVID-19).
MÁS INFORMACIÓN: Preguntas y respuestas sobre el retiro de la CTS
De acuerdo con la Ley N° 31171, publicada en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, los trabajadores podrán disponer libremente del 100 % de la CTS, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2021.
El 4 de mayo, el Gobierno oficializó las disposiciones reglamentarias para la aplicación de la ley, a través del Decreto Supremo 010-2021-TR.
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¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA EL ACCESO AL 100 % DE LA CTS?
Según la norma, el trabajador puede realizar retiros, totales o parciales, del monto disponible en su respectiva cuenta de depósito de CTS.
También puede solicitarse, preferentemente por vía remota, que la entidad que actúa como depositaria de la CTS efectúe el desembolso mediante transferencias a la cuenta que el trabajador indique, siempre cuando pertenezca a una empresa del sistema financiero, una cooperativa de ahorro y crédito no autorizada a captar recursos del público u operar con terceros.
Una vez recibida la solicitud de desembolso, la transferencia debe realizarse en un plazo no mayor de dos días hábiles.
¿QUIÉNES PUEDEN RETIRAR EL 100 % DE SU CTS?
Todos los trabajadores sin excepción están habilitados para realizar el desembolso de la totalidad de su CTS.
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¿HASTA CUÁNDO PUEDE SOLICITARSE EL 100 % DE LA CTS?
Una vez emitida las disposiciones reglamentarias, los trabajadores que quieran sacar el 100 % de su CTS podrán solicitar el retiro hasta el 31 de diciembre del 2021.
¿QUÉ MONTO DE LA CTS PUEDE SACARSE NORMALMENTE?
De acuerdo con la Ley N° 30334, publicada en 2015, mientras se encuentren laborando, los trabajadores solo pueden retirar el excedente de cuatro sueldos de su CTS, pero por la pandemia del COVID-2021 se ha hecho una excepción.
¿CÓMO SE DETERMINA EL MONTO INTANGIBLE DE LA CTS?
Para determinar el monto intangible de la CTS, debe considerarse el último sueldo que tuviera el trabajador a la fecha en la que solicita el retiro, multiplicado por cuatro.
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