Reglamento que publicó el MEF precisa las características y condiciones para la emisión del Certificado Inversión Pública Regional y Local, así como del Gobierno Nacional.
Reglamento que publicó el MEF precisa las características y condiciones para la emisión del Certificado Inversión Pública Regional y Local, así como del Gobierno Nacional.
Redacción EC

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó el Decreto Supremo 011-2024-EF que modifica el Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, conocida como la Ley de Obras por Impuestos (OxI).

Con este reglamento se incluyen los cambios a la Ley de Obras por Impuestos aprobados mediante la Ley N° 31735, Ley que modifica la Ley N° 29230, y la Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica.

Las medidas reglamentadas permitirán que más gobiernos regionales y municipales participen del mecanismo de OxI para ejecutar inversiones, contando para ello con más fuentes de financiamiento, facilitando y favoreciendo su efectiva y rápida utilización.

Entre los cambios reglamentados se precisan las características y condiciones para la emisión del Certificado Inversión Pública Regional y Local - Tesoro Público (CIPRL) y del Certificado de Inversión Pública Gobierno Nacional - Tesoro Público (CIPGN), y la posibilidad de que estos Certificados puedan aplicarse a otras obligaciones tributarias, además del Impuesto a la Renta, cuya recaudación constituye ingreso del Tesoro Público y que es administrado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

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Asimismo, se incorporan disposiciones para priorizar proyectos que tengan por objeto la reducción de la anemia y la desnutrición infantil, así como la ejecución de actividades de construcción de viviendas rurales en zonas de friaje extremo y heladas declaradas por el Gobierno; se establecen los requisitos para la inscripción, renovación de inscripción, modificación y actualización del Registro de Entidades Privadas Supervisoras y Supervisores para OxI; y, se establecen reglas para los procedimientos de solución de controversias y las acciones para la estrategia de certificación gradual de servidores de gobiernos regionales y locales en materia de OxI.

Además, se reglamenta la incorporación del Fondo de Compensación Regional en la determinación de los topes máximos de capacidad anual para la emisión de los CIPRL para los gobiernos regionales. En ese sentido, en aplicación de la Ley N° 31912: (i) se regula el uso de los recursos del FONCOR como fuente de financiamiento de proyecto de los gobiernos regionales que utilicen el mecanismo de OxI y (ii) se regula el uso del FONCOR para el pago de servicios de deuda como operación oficial de crédito. También se dispone la actualización extraordinaria de los topes máximos de capacidad anual para la emisión de los CIPRL para los Gobiernos Regionales que fueron aprobados mediante el Decreto Supremo N° 138-2023-EF. Dicha actualización se publicará a más tardar el 29 de febrero de 2024.

Para el caso de los gobiernos regionales se permitirá incorporar en el cálculo del tope máximo de capacidad anual a los montos del FONCOR, que durante el año 2023 ascendía a 5500 millones de soles y para el año 2024 supera los 8000 millones de soles; lo cual repercutirá positivamente en la reactivación y potenciamiento de un crecimiento económico sostenido, así como en la generación de empleo y mayor bienestar en la población a nivel nacional.


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