(Foto: El Comercio)
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Marcela Mendoza Riofrío

La medida de que dispone el cese de comercialización de los planes ilimitados móviles ha generado polémica en el sector y algunos abogados se cuestionan la conveniencia de la misma. 

Crosbby Buleje, jefe del área de competencia y regulación de Casahierro Abogados, consideró la medida "desproporcionada" para el tipo de falla en la comunicación registrada.

En su opinión el regulador lo que debió hacer es emitir una advertencia o alerta a los operadores y darles un plazo para cumplir con informar adecuadamente sobre las restricciones de los planes a los clientes porque sino serían sancionados, pero no dictar una medida cautelar exigiendo el cese de comercialización. 

Según señaló, el problema es que los planes ilimitados tienen condiciones o restricciones que deben ser bien informadas para evitar publicidad engañosa. Eso, dijo, es competencia de Indecopi y ellos son quienes debieron iniciar el proceso sancionador.

Recordó que el Indecopi ya falló a favor de los operadores (Bitel) en un procedimiento en el que justamente se cuestionaba el uso de la palabra "ilimitado" para comercializar un plan de libre uso de megas. En aquella oportunidad Indecopi aceptó que se podía usar dicha palabra y no se procedió a emitir una sanción.

Sepa más: al tratarse de una medida cautelar está implícito que hay un procedimiento de oficio sancionador, el cual podrán apelar los operadores, pero mientras se resuelve deben dejar de ofrecer los polémicos planes ilimitados.

¿PRÁCTICA COMÚN?
Lo habitual en el mundo es que los planes ilimitados tengan restricciones, eso no es una falta a la legislación vigente, precisó Miguel Morachimo, director ejecutivo de Hiperderecho.  Lo que puede estar errado, recalcó, es la forma en que se comunican o presentan los planes. 

"Es técnicamente comprensible que no se pueda ofrecer nada en forma ilimitada pero sí deberían de hacerse las precisiones suficientes para no inducir a error", aclaró.

Cuadro elaborador por Osiptel para identificar las condiciones especiales de los planes ilimitados.
Cuadro elaborador por Osiptel para identificar las condiciones especiales de los planes ilimitados.

El cese de comercialización de un plan puede darse cuando hay restricciones al acceso porque tenemos una norma que protege la neutralidad de la red (libre circulación de los usuarios), explicó, pero en este caso no pareciera que sea un problema de restricción sino de publicidad engañosa, en cuyo caso la prohibición no debe ser a diseñar y ofrecer un plan comercial, sino sancionar a quien no lo comunica en forma adecuada. 

Oscar Montezuma, socio de Montezuma & Porto, recordó que en nuestro mercado está prohibido gestionar en forma arbitraria el tráfico en Internet, filtrar o bloquear arbitrariamente algunos servicios y/o aplicaciones y dar unos atributos solo a unos usuarios. Lo que sí está permitido es gestionar adecuadamente la red y dar prioridades solo de forma justificada.

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