Alimentación saludable (Foto: Archivo)
Alimentación saludable (Foto: Archivo)
Redacción EC

(Por Renato Odar, ingeniero y especialista en gestión de calidad y productividad) A partir del próximo 15 de junio, entrará en vigencia el Manual de Advertencias Publicitarias (D.S 012-2018-SA) aprobado en diciembre, el cual indica que los productos con un contenido mayor a los parámetros establecidos de azúcares, sodio, grasas saturadas y grasas trans deberán tener octógonos de color negro con el texto “Alto en… “ para informar al consumidor. Este manual forma parte del marco legal establecido la Ley N° 30021 .  




El principal objetivo de esta ley es crear conciencia en los consumidores, sobre todo entre los padres de menores de edad, sobre las características de los productos procesados adquiridos. Los azúcares pueden están presentes en golosinas o productos de panadería, entre otros. Las grasas saturadas están presentes en productos de origen animal como embutidos y carnes procesadas, pero también puede estar presente en el aceite de palma, producto utilizado para la elaboración de cremas. Respecto al sodio, no solo está presente en la sal de mesa, sino también en aditivos como preservantes y acentuadores de sabor. Sobre las grasas trans, pueden estar presentes en productos fritos. Una pequeña pero significativa diferencia se da en el texto adicional a incluir. Los productos con contenido alto de azúcares, grasas saturadas y sodio deben incluir el texto “Evite su consumo excesivo”. Los productos con grasas trans deben incluir el texto “Evite su consumo”. El tamaño de los octógonos, así como la ubicación en la cara frontal del producto, resultan adecuadas para llamar la atención al momento de la compra.   

Una de las polémicas sobre esta ley indica que los parámetros establecidos son más estrictos que los recomendados por la Organización Panamericana de la Salud. Al respecto, se puede mencionar que para la elaboración de la ley peruana se ha tomado como referencia la legislación chilena la cual indica los mismos parámetros. Adicionalmente, la ley ha establecido un plazo de 39 meses a partir de la aprobación del Manual para la entrada en vigencia de parámetros más estrictos.  

Otro tema a observar lo han hecho notar las empresas que están por debajo de los parámetros establecidos en todas las categorías. Al no requerir ningún octógono, el público podría confundir y pensar que los productos no los colocaron. Por ejemplo, en el mercado ecuatoriano los productos tienen un sistema de semáforo que indica mediante color “Alto en azúcares”, “Bajo en grasas saturadas”, dando un panorama más completo. En todo caso, es positivo que exista una ley que promueve la información a los consumidores. Para terminar, si bien el tema de los octógonos es probablemente el aspecto más visible de la ley, ésta tiene además objetivos como la promoción de la educación nutricional, la promoción de actividad física y la implementación de comedores y quioscos saludables en colegios.