La licencia debe ser comunicada con 48 horas de anticipación al empleador. (Foto: GEC)
La licencia debe ser comunicada con 48 horas de anticipación al empleador. (Foto: GEC)
/ EDUARDO CAVERO
Redacción EC

El Pleno del de la República aprobó hoy la Ley que concede el derecho a licencia a en el día programado para su contra el .

Se trata del , y fue aprobado hoy con 106 votos a favor. Además, con 102 votos a favor se exoneró de segunda votación.

MIRA: Precio referencial del petróleo bordea los US$75 por barril: ¿Qué factores lo impulsan y cómo impacta en el país?

La norma establece que los trabajadores del sector público y privado tienen derecho a gozar de esta licencia cuando su vacunación contra el coronavirus sea programada.

“La licencia por vacunación es otorgada hasta por cuatro horas en el día programado para la vacunación, con goce de haber”, señala el texto.

Para ello, esta licencia debe ser comunicada con 48 horas de anticipación al empleador y tramitada por el área de recursos humanos de la organización donde el beneficiario cumpla sus labores.

“De existir una situación excepcional por la cual el centro de vacunación no se encuentre operando el día de la licencia, se podrá volver a solicitar”, puntualiza la ley.

La norma entra en vigencia una vez sea publicada en El Peruano, señala el dictamen.

TE PUEDE INTERESAR

VIDEO RECOMENDADO

La pregunta del día: ¿Qué debo hacer para retirar las 4 UIT de mis fondo AFP?
Desde el próximo 27 de mayo se podrá presentar la solicitud para el retiro de S/17.600 de sus fondos. Podrán hacerlo todos los afiliados, salvo quienes apliquen al Régimen Especial de Jubilación Anticipada. Conoce aquí más detalles.

Contenido sugerido

Contenido GEC