El Poder Ejecutivo autorizó al Seguro Social de Salud (Essalud) pagar un subsidio de S/ 760, de manera excepcional, a los trabajadores comprendidos en una suspensión perfecta de labores aprobada por la Autoridad Administrativa de Trabajo, cuyo empleador cuente con hasta 100 trabajadores, y siempre que perciban una remuneración bruta de hasta S/ 2,400.
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La denominada “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19” (PEPS) será otorgada por cada mes calendario vencido que dure la correspondiente medida de suspensión perfecta de labores, hasta por un máximo de 3 meses, según establece el Decreto de Urgencia Nº 034-2021 emitido por el Gobierno.
La norma plantea que el derecho del trabajador a solicitar la PEPS vence a los 90 días calendario de terminada la suspensión perfecta de labores.
Asimismo, el mencionado decreto dispone el otorgamiento del subsidio por incapacidad temporal para pacientes diagnosticados con COVID-19, el cual se realiza respecto de las pruebas diagnósticas confirmatorias de la enfermedad efectuadas hasta el 31 de marzo del 2021. El referido subsidio se otorgará por única vez.
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El dispositivo aclara que se excluye de la PEPS a los trabajadores cuyo hogar sea beneficiario de alguno de los subsidios monetarios (bonos) otorgados por el gobierno en el marco de la Emergencia Sanitaria durante el 2020 y lo que va del 2021
Para financiar el pago del subsidio a los trabajadores en suspensión perfecta de labores y pacientes con COVID-19, el citado decreto dispone autorizar una transferencia de S/ 54′216,382 a favor del pliego del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) para financiar las transferencias a Essalud.
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