La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) no sancionará infracciones de aduanas en una serie de regiones, donde aún está vigente la cuarentena para enfrentar la pandemia del COVID-19.
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La medida se aprobó mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000019-2020-SUNAT/300000, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.
Esta norma contempla aplicar una facultad discrecional a la Sunat para que no determine o sancione infracciones previstas en la Ley General de Aduanas.
Para ser parte de la exoneración, dichas faltas deberán ser cometidas en las instalaciones de aduanas de Cusco, Chimbote, Ilo, Mollendo, Pisco, Puerto Maldonado, Puno, Salaverry y Tacna.
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Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:
- La infracción haya sido cometida durante el mes de setiembre
- La infracción haya sido cometida por un operador de comercio exterior, operador interviniente o tercero
- Se haya transmitido o registrado la información omitida o correcta
- La infracción se encuentre comprendida en el anexo de la norma
La norma no contempla devoluciones o compensaciones por los pagos realizados vinculados a esta materia.
La lista de infracciones a ser consideradas por esta medida se halla en el siguiente enlace.
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