Los centros de salud donde se realicen las evaluaciones médicas para la obtención de licencias de conducir deberán contar con sistemas de cámaras en la parte externa de cada consultorio, con la finalidad de que registren imágenes que corroboren la toma de las pruebas, así lo establece el Decreto Supremo N° 034-2019-MTC, que modifica el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir.
La norma vigente desde la semana pasada también dispone que el postulante y el médico que tomó la prueba pasen obligatoriamente por el control biométrico.
Fernando Cerna, director general de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, explicó a Andina que estas medidas apuntan a superar las deficiencias halladas en los controles biométricos y garantizar una mayor seguridad en la toma de evaluaciones. Estas irregularidades fueron denunciadas el año pasado por El Comercio en el documental “Brevete para un ciego”.
—Infracción—
Tanto los centros de salud como las escuelas de conductores estarán obligados a transmitir en línea la información de cada postulante al Sistema Nacional de Conductores y a grabar en video las pruebas.
Las imágenes deben ser guardadas por cuatro años, al igual que el expediente físico y digital de cada postulante.
De incumplir estas obligaciones, serán sancionadas con la clausura temporal de sus locales y una multa de 4,5 UIT (S/18.900).