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La premisa parece razonable: autos eléctricos de fabricación china, amigables con el medio ambiente, lo suficientemente pequeños para que entren en cualquier sitio y tan económicos que incluso pueden costar menos de 2.000 dólares en plataformas de Internet como Alibaba. En Lima ya se venden los llamados ‘autos más pequeños el mundo’, pero hay un problema: no son autos, no al menos de acuerdo con la categorización peruana, y no se pueden utilizar como tal.
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Aunque la regulación peruana ha actualizado las categorías de vehículos menores hace cinco años, poco se conoce de los nuevos cuatriciclos.
Ellioth Tarazona, gerente técnico de la Asociación Automotriz del Perú (AAP), explica que se trata de vehículos menores que pertenecen a la nueva categoría L6 y L7, del grupo que incluye a las motos y mototaxis. La clasificación está sujeta al peso, velocidad y potencia. Si alcanzan menos de 50km/h, tienen un peso neto menor a 350 kilos y un motor de cilindrada de hasta 50cm3 o 4 kW de potencia neta máxima es un L6. Si superan los 50km/h, peso neto de 400 kilos para transporte o 550 kilos para transporte de mercancías es L7 y el motor llega a los 15 kW de potencia neta máxima, entonces se trata del L7.
“Son vehículos de cuatro ruedas que, por su peso y potencia del motor, son similares al mototaxi. No son M1, no pertenecen a la categoría de automóviles. Los L eran considerados las motos y los mototaxis y en el 2018 se incorporó a los cuatriciclos”, indica.
Permisos, restricciones y riesgos
Lo cierto es que no es un tema solo de denominación. Para poder circular, los cuatriciclos deben estar inscritos en registros públicos, tener placa de rodaje, SOAT y un conductor con brevete. Además, tienen restricciones en el uso de las vías.
“Al ser considerado como vehículo menor, debe estar sujeto a las mismas restricciones de circulación que una moto lineal. No puede circular por la Vía Expresa de Paseo de la República o de la Javier Prado, por ejemplo, porque solo admiten vehículos livianos”, explica Tarazona.
Tipo de vehículo | Tipo de licencia de conducir |
---|---|
L1 (Motos) | Clase B: II-A |
L6 (Cuatriciclo liviano) | Clase B: II-A |
L7 (Cuatriciclo) | Clase B: II-B |
M1 (automóvil con carrocería Sedán, Station wagon, Coupé y Hatbach) M2 (SUV) | Clase A: I (Clase A: II para el servicio de taxi) |
Para entender estas limitaciones, el coronel PNP (r) Franklin Barreto, ex jefe de la Unidad de Investigación de Accidentes de Tránsito, explica que el diseño ultraliviano de estos vehículos los hace vulnerables en vías por donde transitan buses o camiones con velocidad. “Por su tamaño y la estructura podrían tener problemas de seguridad y equilibrio frente a vehículos de mayor tonelaje”, indica.
Aunque el mercado de vehículos sigue evolucionando, ambos especialistas coinciden en que hace falta una regulación específica y una mejor comunicación sobre ventajas y desventajas por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. De hecho, en teoría con estos cuatriciclos sí se podría hacer taxi. Y ahí radica el peligro: una unidad tan frágil haciendo servicio público podría ser susceptible de vuelcos y pérdidas de control como ya hemos visto con las minivanes y los Tico.
Tarazona indica que podría brindar un servicio de transporte público similar al de la mototaxi. “Pero para ello tiene que modificarse la Ley de transporte público de vehículos menores, que solo admite mototaxis de tres ruedas y no toma en cuenta el avance tecnológico. En este caso la circulación es más estricta porque solo podrían circular en vías autorizadas por las municipalidades distritales”, dice.
Un antecedente del vacío legal ante las nuevas tecnologías de movilidad es lo que pasa con las motos eléctricas. Tarazona explica que la normativa peruana solo admite que las bicicletas y los vehículos de movilidad personal que se desplazan a una velocidad de entre 12km/h y 25 km/h (scooter) no requieren placa de rodaje, el resto -donde entran varios modelos de motos eléctricas- incumple la norma.
“Hasta ahora no se da una solución. Vemos en las calles muchas motos pequeñas que tiene una velocidad mayor a 25km/h y que circulan por cualquier vía sin placa. Deberían también tener SOAT y un conductor con licencia de conducir. Lo que pasa es que la definición es muy vaga”, dice.
![La APP alerta sobre la circulación ilegal con placa de "moto eléctrica". Todo vehículo que puede desarrollar una velocidad de 25 km/h o más debe estar inmatriculado, tener placa de rodaje y SOAT.](https://elcomercio.pe/resizer/v2/ZKDSYBMRIRFUHGZX3GAI34DOPE.png?auth=bd45ae7333fde10ffe8ff3ac2389c241185a138d4b92c00c71a87c7727a955e2&width=620&quality=75&smart=true)
En un sistema de transporte cada vez más atomizado, Barreto sostiene que la seguridad vial peruana no está preparada para que cualquier tipo de vehículo ingrese a las pistas. “El MTC debe actualizar sus mensajes para que el usuario entienda cómo interpretar este nuevo vehículo. Si no habrá problemas porque estos vehículos van a poder circular donde no hay limitaciones para motos aunque lleven a más gente. Si acá ya nadie respeta el número de carriles, vamos a tener vehículos tan pequeños que van a ir dos o tres por carril”, indica.