La Justicia Argentina reconoció este miércoles que un niño recién nacido posea una familia pluriparental, dos padres y la madre que gestó al bebé mediante fertilización asistida por lo que ya fue inscrito en el Registro Civil de las personas con triple apellido.
La jueza, Myriam Cataldi, del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Nº 7 de la ciudad de Buenos Aires, falló a favor del pedido de una pareja de hombres que decidieron utilizar la aplicación de coparentalidad llamada “Coparentalys”, una plataforma web que conecta a personas con el fin de tener hijos.
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“Son dos hombres y una mujer que decidieron construir una familia pluriparental basada en el poliamor registral filiatorio parental”, explicó el abogado de esta familia, Andrés Gil Domínguez, al canal de noticias Telenueve.
“El Código Civil y Comercial establece que solo puede haber dos fuentes filiatorias y la jueza, aplicando la constitución y derechos humanos, que se tiene que aplicar cada vez que se desarrolla un caso, declaró inconstitucional este artículo y ordenó la inscripción en el registro civil de dos papás y una mamá”, desarrolló Gil Domínguez.
El infante tendrá los apellidos de los tres padres en su partida de nacimiento, documento nacional de identidad y pasaporte.
Por otra parte, la fiscal del caso, Mónica Susana Mauri, y el defensor de menores Marcelo Gustavo Jalil resolvieron apelar el fallo de la jueza Cataldi. Sin embargo, la inscripción del menor de edad en el Registro Civil fue admitida de manera inmediata.
“El único obstáculo con el cual se encontró la familia fue el dictamen de la fiscal y del defensor de menores que apelarán el fallo, pero que desconocen plenamente cómo funciona el modelo constitucional argentino tras la reforma del código civil”, agregó el abogado.
ANTECEDENTES
Aunque se trata de un fallo poco común en el país suramericano, existen otros 21 casos similares de triple filiación, donde 19 de ellos fueron resueltos por vía judicial.
La última vez que sucedió un hecho de estas características fue en la provincia Tucumán (norte), donde la Justicia provincial había reconocido en 2020 a una madre y dos padres, uno biológico y otro adoptivo, para una niña de 9 años por pedido de la menor.
En este caso, los nombres de la tres personas aparecerán de igual manera en el acta de nacimiento y los tres gozarán de los mismos derechos por ser padres.
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