¿Es discriminatorio aprobar la unión civil?

Gabriela Oporto Patroni

LEER ARTÍCULO
Gabriela Oporto Patroni

La unión civil y la lucha por los derechos LGBTI

Yesenia Alvarez *

LEER ARTÍCULO
Yesenia Alvarez *

“La propuesta de unión civil no garantiza los mismos derechos que tienen las parejas de sexo opuesto a través del matrimonio”.

Imagine, lector, a dos personas que se aman, que quieren estar juntas para siempre y formar una familia. Además de unirse en una ceremonia frente a su familia y amistades, en la que esa unión es (re)conocida socialmente, esta pareja puede obtener protección legal de parte del Estado si decide contraer o constituir una unión de hecho. Pero si esta pareja estuviera conformada por dos mujeres, o por dos hombres, entonces nuestro país no le brinda ninguna protección legal.

Esto se terminaría en caso sea aprobada la reciente propuesta del congresista Alejandro Cavero, que ha reavivado el debate sobre qué se debe hacer respecto de las uniones de pareja entre personas del mismo sexo. El Perú (junto con Paraguay y Venezuela) es uno de los tres países de la región que no regula en absoluto la situación en que estas se encuentran.

Desde el despacho del legislador Cavero se argumenta que, en tanto la propuesta no es exclusiva para parejas del mismo sexo, la medida no es discriminatoria. Pero algo que olvida el congresista (y quizás sus asesores) es que la discriminación puede ser de iure (de Derecho) o de hecho (de facto). Es decir, es posible que, en el papel, la sea para todas las parejas, pero en la práctica accederán a ella solo un determinado grupo: las parejas del mismo sexo. ¿Por qué? Pues porque las parejas de sexo opuesto sí tienen la posibilidad de acceder al matrimonio o a la unión civil. Es decir, tienen opciones para acceder a las protecciones y beneficios que el ordenamiento legal contempla. Sin embargo, las parejas del mismo sexo no tienen esa posibilidad.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha indicado que es necesario garantizar el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, incluyendo el matrimonio, para proteger los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo sin discriminación. Las figuras existentes (matrimonio y unión de hecho) podrían brindar a las parejas del mismo sexo la protección legal que necesitan. Solo bastaría cambiar el lenguaje de la legislación actual para que permita a cualquier pareja acceder a los beneficios que nuestro ordenamiento jurídico ya otorga a las parejas de sexo opuesto.

Como la propia Corte IDH reconoce que estos cambios legales pueden ser difíciles, recomendó a los Estados que, transitoriamente y de buena fe, garanticen el derecho a la igualdad a las parejas del mismo sexo. Pero la propuesta de unión civil no garantiza los mismos derechos que tienen las parejas de sexo opuesto a través del matrimonio o la unión de hecho, no se ha presentado como una medida transitoria ni ha sido propuesta por el congresista Cavero como parte de un esfuerzo para lograr esa igualdad plena que las personas LGBTI en el Perú venimos reclamando desde hace décadas.

Contenido Sugerido

Contenido GEC