María del Carmen Yrigoyen

Gabriel Bustamante, presidente de la Asociación de Consumidores y Usuarios de Seguros (Acuse), explica que todos los pasajeros de Cruz del Sur que resultaron heridos en el accidente del lunes 6 de enero, en el kilómetro 572 de la Panamericana Sur, en Yauca, Arequipa, así como los deudos de las víctimas mortales tiene derecho a activar distintos seguros. En primer lugar, está el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT). De acuerdo con la empresa , esta contrató un SOAT de la compañía MAPFRE.

El SOAT tiene cinco coberturas divididas en dos: en caso de muerte y en caso de que el pasajero sobreviva al accidente. En el primer escenario, los familiares pueden exigir un monto por el fallecimiento y otro pago para el sepelio. En el segundo escenario, el herido tiene derecho a que la aseguradora se haga cargo de sus gastos médicos y a que se le otorgue un monto por incapacidad temporal o invalidez permanente, de ser el caso.

El monto que el SOAT deberá desembolsar varía: Los deudos pueden reclamar hasta 4 UITs S/17.200 por persona fallecida y S/ 4.300 (lo que equivalente a 1 UIT para el 2020) para los servicios fúnebres de cada víctima mortal.

En cuanto a los gastos médicos, el SOAT cubre al herido hasta por 5 UITs (S/21.500). Esto comprende la atención prehospitalaria, el transporte al lugar donde recibirá la atención médica, la hospitalización, cirugías, medicinas y otros desembolsos en los que pueda incurrir la víctima para su rehabilitación.

De quedar el paciente con incapacidad temporal, se podrá activar una segunda cobertura, que establece que el paciente podrá hasta S/4.300. De darse una incapacidad permanente, el paciente tendrá derecho a recibir hasta a 4 UITs (S/17.200). “Esto se calcula de acuerdo con la parte del cuerpo que quede en situación de invalidez”, señala Bustamante.

A parte del SOAT, recuerda el presidente de Acuse, cada afectado puede acceder al seguro de la garita de peaje. Los concesionarios que administran las vías nacionales están obligados a contratar un seguro de accidentes personales. Ese seguro tiene una cobertura, al igual que el SOAT, para casos de fallecimiento (incluidos los servicios funerarios), y para asumir los gastos de curación e invalidez accidental. Se activa con el ticket del peaje.

Además, si alguno de los fallecidos hubiera comprado un vehículo o vivienda con financiamiento bancario, sus herederos pueden activar el seguro de desgravamen. Con ello, se condona la deuda.

Incapacidad permanente

Como explica Bustamante, el monto que pagará el SOAT en caso de discapacidad permanente depende de la parte del cuerpo que haya sido afectada. Ni siquiera los dedos del pie tiene un mismo valor. El dedo gordo vale más que el resto, de acuerdo con la tabla de indemnizaciones. La pérdida de este vale 10% de 4 UITs. La de cualquier otro dedo del pie solo 4%.

Del mismo modo sucede con los dedos de las manos. El índice y el pulgar son los más valiosos, y el SOAT paga más por los dedos de la mano derecha que por los de la izquierda. En general, la pérdida de cualquier miembro derecho será más considerada que la de alguno del lado izquierdo.

La tabla de indemnizaciones también diferencia si se trata de un estado de discapacidad parcial o total. En el segundo caso, la víctima recibirá el íntegro de las 4 UITs. Esto se dará si la persona pierde la vista en ambos ojos durante un accidente de tránsito, si pierde dos extremidades, si sufre una fractura incurable de la columna vertebral o si queda en un estado de alienación mental que no le permita valerse por sí misma.

(puede revisar la tabla de indemnizaciones)

Indemnización por la pérdida de equipajes

Según el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), al contratar un servicio de transporte terrestre, el consumidor no solo tiene derecho a ser trasladado de forma segura al destino pactado, en el horario e itinerario informado. También tiene derecho a recibir su equipaje en las mismas condiciones en las que lo entregó.

“En ese sentido, el Reglamento Nacional de Administración de Transporte reconoce el derecho de los consumidores del servicio de transporte de contar con indemnizaciones en caso de pérdida, sustracción o daño de los bienes transportados en la bodega del vehículo, las cuales son asumidas directamente por la empresa transportista o por su aseguradora en caso esta hubiera contratado una póliza de seguro de equipajes”, dice .

  • Si el equipaje pesa de 1 a 5 kilos, se le indemnizará el monto que resultase de multiplicar el importe del 25% del valor del pasaje por 5.
  • Si el equipaje pesa más de 5 a 10 kilos, el monto que resultase de multiplicar el importe del 25% del valor del pasaje por 10.
  • Si el equipaje pesa más de 10 a 15 kilos, el monto que resultase de multiplicar el importe del 25% del valor de pasaje por 15.
  • Si el equipaje pesa más de 15 a 20 kilos, el monto que resultase de multiplicar el importe del 25% del valor de pasaje por 20.
  • Si no se hubiere establecido el peso de los equipajes, se asumirá que el equipaje tiene un peso de 20 Kilos.
  • En el caso que el transportista haya cobrado un flete adicional por el exceso de los 20 kilos por equipaje, la indemnización por dicho exceso se regirá por las normas vigentes de la concesión postal.

Lea también...

Contenido sugerido

Contenido GEC