El jueves 1 de agosto entró en vigencia el Impuesto al consumo de bolsas de plástico en el marco del cumplimiento de la Ley N°30884, también llamada ley de plásticos.
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La normativa, publicada el 19 de diciembre del 2018 luego de su mayoritaria aprobación en el Congreso de la República, crea este impuesto con el objetivo de desincentivar el uso de bolsas de plástico y contribuir a la conservación del medio ambiente. En nuestro país se generan a diario alrededor de 23 mil toneladas de residuos sólidos, de los cuales el 10% está compuesto por plásticos, y más de la mitad de ellos no son reutilizables.
-¿Dónde los cobrarán?- La ley de plásticos establece que este impuesto grava la adquisición -bajo cualquier título- de bolsas de plástico cuya finalidad sea cargar o llevar bienes de establecimientos comerciales o servicios.
Giorgio Balza, gerente de Consultoría Tributaria de PwC, explica que aquí se incluyen supermercados, tiendas retail, tiendas por conveniencia y todos aquellos servicios que como parte de ello entreguen bolsas a los consumidores.
Como la adquisición de las bolsas está gravada bajo cualquier título, que puede ser honeroso o gratuito, “si el establecimiento indica que el costo lo asumirán ellos, también se origina la obligación tributaria, ¿cuál es la diferencia?, que el consumidor no pagará el impuesto, pero lo tendrá que asumir la empresa. El criterio es, si eres contribuyente del Impuesto General a las Ventas (I.G.V.), y entregas bolsas como parte de la venta de bienes o parte de los servicios que prestas, entonces pagas el selectivo al consumo”, explicó Balza.
-¿Cuánto se debe pagar por el impuesto?- El monto del impuesto al consumo de las bolsas de plástico es gradual y se aplicará por la adquisición de cada bolsa. La ley de plásticos establece también un cronograma: S/ 0,10 en el 2019; S/ 0,20 en el 2020; S/ 0,30 en el 2021; S/ 0,40 en el 2022 y S/ 0,50 en el 2023 y años subsiguientes.
La cantidad de bolsas entregadas y el cobro total del impuesto es consignado en el comprobante de pago – este no es parte de la base imponible del I.G.V.-. Por otro lado, el impuesto será cobrado por la persona natural o jurídica sujeta al I.G.V. que transfiera las bolsas al momento de emitir el comprobante, quienes también serán los agentes de percepción del impuesto de bolsas. Ellos deberán declarar y pagar el mismo, mensualmente, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat).
-¿Cuánto se debe pagar en total por la adquisición de bolsas?- De acuerdo a como lo establece el Artículo 2 de la ley de plásticos, los establecimientos deben cobrar, por cada bolsa que entregan, como mínimo una suma equivalente al precio del mercado, debiendo informarse en forma explícita al consumidor.
Por ejemplo, si uno adquiere tres productos en un establecimiento y este entrega cada uno en una bolsa, el negocio tiene la obligación de cobrar el monto de la bolsa, según indica la ley. Adicionalmente, gravará al consumidor con los S/0,10 del impuesto. Es decir, en el comprobante de pago se observará: los tres productos comprados, el valor de las tres bolsas y los S/0,30 por el impuesto de cada bolsa vendida debido a que el establecimiento es contribuyente del impuesto y como agente de percepción.
-¿Cómo se establece el valor de la bolsa?-Si al establecimiento la bolsa la vende a S/0,20, entonces en el comprobante de pago le pondrán al consumidor los S/0,20. Siguiendo el ejemplo anterior, el consumidor pagará entonces por las tres bolsas (S/0,60) y, aparte, como impuesto selectivo al consumo, S/0,30 (S/0,10 por cada bolsa). En total, S/0,90.
“A quien busca gravar el impuesto es al consumidor que ha ido a comprar. Quien va a ser el contribuyente, el que está obligado a pagar a Sunat, va a ser el establecimiento, que a la vez es el agente de percepción. La normativa también aplica a las personas jurídicas”, explicó Balza.
-¿Quiénes deben pagar?- El impuesto al consumo de bolsas de plástico deberá ser pagado tanto por personas naturales como jurídicas. La obligación tributaria del impuesto se origina en el momento de la adquisición de las bolsas de plástico.
-¿Quiénes administrarán el ingreso por el pago de bolsas?- El impuesto al consumo de las bolsas de plástico constituye un ingreso del tesoro público y su administración le corresponde a la SUNAT. Aquí solo se recaudarán los S/0,10 por cada bolsa comprada por el consumidor.
-¿Cómo sería el cobro del impuesto en las bodegas o panaderías?-Giorgio Balza opina que una traba para el cobro del impuesto al consumo de bolsas plásticas podría originarse en algunos establecimientos. “El problema viene ahí porque la informalidad va a ser grande. Entonces, si no emito comprobantes de pago, tampoco Sunat tiene cómo enterarse que yo entrego bolsas. Así tampoco te cobro el valor de la bolsa, que es lo que establece la ley con fines medio ambientales, y por un fin fiscal tampoco van a poder cobrar el impuesto”, dijo a El Comercio.
“El que es informal te va a seguir cobrando siempre lo mismo porque el problema es que si yo voy al productor de bolsas y le compro la bolsa, esa operación no tiene selectivo al consumo. El selectivo siempre está orientado a desincentivar conductas. Pero aquí no lo estás logrando. El que quiere comprar la bolsa, lo hará. El productor también seguirá produciendo. El impuesto solo agarrará la última cadena del formal”, agregó.
Como se mencionó, debido a que el impuesto será cobrado por la persona natural o jurídica sujeta al I.G.V., el cobro no se hará en pequeñas bodegas o mercados de abastos que están bajo el Régimen Único Simplificado (RUS). Sin embargo, sí lo deberán pagar aquellas bodegas o mercados que facturan más de S/ 5.000 mensuales (RUS) y están obligados a tributar en el Régimen Mype Tributario o en el régimen general del Impuesto a la Renta.
El Ministerio de Ambiente (Minam) explicó que el impuesto al consumo de las bolsas de plástico contribuirá en la disminución de un 30% del consumo de estas, en base a evidencias de experiencias similares en otros países de la región.
-¿Qué bolsas van a ser cobradas?-De acuerdo con el Minam, el impuesto no se aplicará para bolsas biodegradables. Sin embargo, Balza opina que en el caso del impuesto no se ha hecho una referencia específica al tipo de bolsas gravadas. “El artículo que regula el impuesto solo hace referencia a bolsas plásticas. A la norma aún le falta el reglamento. Pero, sin perjuicio de que salga el reglamento, la parte del impuesto se puede aplicar porque la norma no ha supeditado la existencia de un reglamento para la aplicación del impuesto. Si en el reglamento definen qué es bolsa de plástico para efectos de tributo sí se entenderá”, dijo.
-Reemplazo de bolsas poliméricas- De acuerdo con la normativa, los supermercados tienen plazo hasta diciembre del 2021 (36 meses después de entrada en vigencia la ley de plásticos) para reemplazar de manera progresiva la entrega de bolsas de base polimérica no reutilizable, por bolsas reutilizables u otras cuya degradación no generen contaminación por microplástico o sustancias peligrosas y que aseguren su valorización.
Asimismo, el Minam realizará acciones de educación, sensibilización, promoción de investigación, tecnología u otras relacionadas al consumo y/o producción sostenible del plástico y proyectos orientados a mitigar el impacto negativo en el ambiente y la contaminación producida por el plástico. El reglamento definirá la periodicidad, medios de información y demás mecanismos para la aplicación de esta norma.
-Trabajo del reglamento- La ministra del Ambiente, Lucía Ruiz, dijo en mayo que el Reglamento de la ley de plásticos será el resultado del diálogo entre el Estado, la ciudadanía y las empresas privadas comprometidas con la conservación ambiental.
La ministra fue enfática en afirmar que esta ley debe verse como una oportunidad para generar estilos de vidas más sostenibles, reduciendo el consumo de plástico de un solo uso. En esa línea, refirió que la citada norma “abre la oportunidad de la innovación, de la mejora tecnológica” y nuevas oportunidades de producción con diversas especies de nuestra biodiversidad.
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