Pedro Castillo busca apartar de las investigaciones al fiscal Hans Aguirre y al coronel PNP Harvey Colchado, del equipo especial. (Foto: Presidencia)
Pedro Castillo busca apartar de las investigaciones al fiscal Hans Aguirre y al coronel PNP Harvey Colchado, del equipo especial. (Foto: Presidencia)
/ JHONEL RODRIGUEZ ROBLES
Karem Barboza Quiroz

El presidente interpuso un recurso de hábeas corpus contra el fiscal , del Equipo Especial contra la Corrupción del Poder, y el coronel de la Policía Nacional , del Equipo Especial de la PNP, quienes lideraron la intervención a para la captura de , cuñada del mandatario.

Según el registro al que accedió El Comercio, la demanda constitucional también fue presentada contra el juez Raúl Justiniano Romero y la procuraduría del Poder Judicial.

El recurso, ingresado al Poder Judicial la mañana de este lunes, se encuentra en calificación ante el Noveno Juzgado Constitucional de Lima, a cargo del juez Juan Fidel Torres Tasso.

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El martes de la semana pasada, representantes del Ministerio Público y la PNP fueron impedidos de ingresar a la zona residencial de Palacio de Gobierno por más de un hora. (Foto: Hugo Pérez / GEC)
El martes de la semana pasada, representantes del Ministerio Público y la PNP fueron impedidos de ingresar a la zona residencial de Palacio de Gobierno por más de un hora. (Foto: Hugo Pérez / GEC)

El pasado 9 de agosto, los representantes del Ministerio Público y la Policía que investigan a la hermana de la primera dama, Lilia Paredes, por organización criminal, tráfico de influencias y otros delitos, acudieron hasta Palacio de Gobierno, ya que -por inteligencia policial- se había determinado que Yenifer Paredes se encontraba en dicho lugar.

No obstante, recién se le permitió ejecutar la búsqueda en la residencia presidencial una hora y 15 minutos después de llegar a Palacio.


En diálogo con El Comercio, Eduardo Pachas -abogado de Castillo Terrones- confirmó la presentación del mencionado recurso.

Indicó que buscan “que se respete el marco jurídico” y señaló la fiscalía y la PNP no pueden irrumpir o “romper la puerta” puesto que Palacio de Gobierno es considerado un patrimonio histórico. Además, continuó, porque la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece un procedimiento distinto para el ingreso a dicho recinto.

“Palacio de Gobierno es un bien jurídico en el cual se deben y están obligados a seguir un procedimiento y eso no se ha respetado. (Pedimos) Que se respete el marco jurídico en el que no se puede hacer un abuso en atención de las circunstancias en las que se ha brindado la orden para ese allanamiento”, sostuvo.

El coronel PNP Harvey Colchado, líder del Equipo Especial de la PNP, participó personalmente en la diligencia del martes en Palacio de Gobierno. (Foto: Hugo Pérez / El Comercio)
El coronel PNP Harvey Colchado, líder del Equipo Especial de la PNP, participó personalmente en la diligencia del martes en Palacio de Gobierno. (Foto: Hugo Pérez / El Comercio)

Al ser consultado si solicitaron alguna medida en contra de los funcionarios del MP y de la PNP, Pachas indicó que de ampararse su recurso, ellos podrían ser apartados de la investigación.

“La misma ley indica que de declararse fundado (el recurso) trae como consecuencia que esos funcionarios tienen que ser apartados de la investigación”, señaló.

Desestiman recurso a favor de Yenifer Paredes

El último 10 de agosto, el Tercer Juzgado Constitucional de Lima a cargo del juez John Paredes Salas, declaró inadmisible un recurso de hábeas corpus que exigía la libertad de Yenifer Paredes.

El promotor de la medida fue el ciudadano Julio Jove Vilca, un arequipeño dedicado a la escultura, quien en 2019 también pidió la libertad de la lideresa de Fuerza Popular Keiko Fujimori.

“El demandante solicita la inmediata libertad de la ciudadana Yennifer Paredes Navarro, quien se encuentra privada de su libertad, así también se sancione con cadena perpetua a la demandada y se efectúe el pago de cien millones de soles como indemnización”, se explicaba en la resolución.

El juez rechazó el pedido al determinar que el demandante no precisó cuáles son los actos que habría realizado la señora Fiscal de la Nación y que estarían vulnerando la libertad individual de la cuñada del presidente.

Lee aquí la resolución que desestima el recurso

Maldonado: resolución del juez sobre cámaras de vigilancia es equivocada

El exprocurador anticorrupción, Antonio Maldonado, calificó de “equivocado” el argumento del juez Raúl Justiniano para negar el acceso a las cámaras de videovigilancia de Palacio de Gobierno a la fiscalía.

“Es una resolución equivocada a la luz de los principios que supone el Estado de Derecho; el control constitucional, el control convencional, de prohibición de zonas excluidas de ambos controles. Basadas en el mérito de la legalidad, la razonabilidad, la justiciabilidad, y la legitimidad del pedido del Ministerio Público”, dijo.

Como se recuerda, el , los registros fílmicos y menos las relacionadas con la residencia u otros vinculados al Presidente de la República, debían realzarse ante el juez competente y no ante su despacho.

Además, alegó que con el pedido de solicitar las cámaras de seguridad, la fiscalía buscaba investigar al presidente que está sujeto a un proceso especial.

Maldonado precisó que se trata de una investigación sobre presuntos delitos contra la administración pública que podrían haber surgido en una diligencia y que se podría haber registrado en las cámaras de Palacio.

“Bajo esos elementos se puede colegir que el señor juez está pensando con un derecho antiguo, que solo tiene al Estado como norte y no entendiendo que Palacio de Gobierno es también parte de una estructura del Estado. No es una embajada, no es una zona excluida del control jurisdiccional, no extraterritorial, ni goza de un derecho diplomático u otro especial que impida que un órgano jurisdiccional o de investigación lleve a cabo un acto legítimo”, explicó.

Yván Montoya , abogado penalista y ex procurador coincidió en que sí era competencia del juez Justiniano Romero resolver el pedido para la entrega de los videos de videovigilancia de Palacio.

En esa línea, consideró que la fiscalía podría precisar que no se quieren las filmaciones para efectos de investigar al presidente de la República; sino para evaluar el comportamiento procesal de la investigada Yenifer Paredes, es decir de una investigada de la que sí es competente.

“Sí claro (tiene competencia). Debe precisar que se trata de una ampliación del allanamiento para incautación y que esa diligencia se relaciona con la investigada Paredes (no el presidente) con fines de determinar su comportamiento procesal y si alguien (que no es el presidente) le podría haber ayudado a escapar (encubrimiento personal)”

Ivan Montoya, ex procurador

Ivan Montoya, ex procurador


Caso Petro-Perú como antecedente

No es la primera vez que Pedro Castillo Terrones recurrre a la vía constitucional para cuestionar el accionar de los entes de la judicatura. A fines del 2021, también interpuso un recurso de hábeas corpus contra la fiscal anticorrupción Norah Córdova por haber allanado Palacio de Gobierno donde acudió para incautar bienes del despacho presidencial, y otras oficinas como el área a cargo de la videovigilancia.

En aquella oportunidad, la defensa del presidente cuestionó el ingreso de la fiscalía a Palacio así como la presunta inviolabilidad del domicilio de Castillo Terrones.

Sin embargo, el juez Jorge Ramírez Niño de Guzmán rechazó tanto un presunto abuso de autoridad o afectación a la inviolabilidad de domicilio. Todo más, si los mismos funcionarios en aquella oportunidad, permitieron el ingreso de los representantes del Ministerio Público.

Hábeas Corpus del presidente Pedro Castillo rechazado en primera y segunda instancia por el Caso Petro-Perú.
Hábeas Corpus del presidente Pedro Castillo rechazado en primera y segunda instancia por el Caso Petro-Perú.

En el Caso Petro-Perú, cabe recordar, el juez de investigación Preparatoria Manuel Chuyo, precisó en su orden de allanamiento que las instalaciones de Palacio de Gobierno eran un bien público y por tanto “puede ser objeto de indagación por el persecutor del delito”.

En su resolución, atendiendo el pedido de la fiscalía, el juez precisó que los investigados eran no aforados como Karelim López, Hugo Chávez Arévalo, y otros; mas no el presidente de la República.

Además, se indicó que si bien el despacho de la presidencia no podía ser efecto de allanamiento, los ambientes conexos a este u otras oficinas donde se pudieran encontrar cosas relevantes para dicha investigación sí podían ser de acceso a la fiscalía para incautar documentos, computadoras, tabletas, discos duros, equipos de comunicación, telecomunicación, electrónicos y otros que estén relacionadas con actos ilícitos.

Resolución Caso Petro-Peru
Resolución Caso Petro-Peru

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