El Pleno del Congreso de la República incluyó dentro de su agenda de este miércoles y jueves el debate del dictamen, aprobado por mayoría, que propone modificar seis artículos de la Ley 31307 del Nuevo Código Procesal Constitucional, que terminaría beneficiando al Legislativo ante el Tribunal Constitucional (TC) y blindándolo ante el Poder Judicial (PJ).
Bajo la presidencia de Eduardo Salhuana, la Junta de Portavoces decidió ampliar la agenda y ponerlo a debate, con el respaldo de Fuerza Popular, Alianza Para el Progreso, Podemos Perú, Perú Libre, Acción Popular, Bloque Magisterial, Somos Perú y Honor y Democracia.
Dicho apoyo de las fuerzas parlamentarias podría verse reflejado en la votación para la aprobación del mismo, cuyo efecto incidiría directamente en la demanda competencial contra el Poder Judicial que el Congreso de la República presentó ante el Tribunal Constitucional para cuestionar los fallos judiciales que terminaron anulando la inhabilitación de los abogados Inés Tello y Aldo Vásquez como miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y reponiéndolos en sus cargos.
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El debate, incluso, se hace previo a la audiencia que ha señalado el Pleno del TC, para este viernes 11 de octubre, en el marco de la demanda competencial que presentó el Congreso contra el Poder Judicial, por la reposición de dos miembros de la Junta Nacional de Justicia.
Y es que, del paquete de modificaciones que se aprobó en la Comisión de Constitución y ahora se pretende aprobar en el Pleno del Parlamento, han quedado ratificadas dos propuestas que durante las últimas semanas han sido cuestionadas: La reducción a cuatro votos conformes para hacer sentencia en una demanda competencial dentro del TC; y que el Poder Judicial rechace las demandas constitucionales que pretendan cuestionar los procesos parlamentarios.
Estos dos puntos específicos han sido propuestos a modificación, sin las opiniones consultivas del Poder Judicial, del Ministerio Público y del Tribunal Constitucional. Esto, pese a que algunas de estas instituciones fueron consultadas sobre otras propuestas modificatorias del referido Código.
Las modificaciones y los beneficios para el Congreso
Una de las modificaciones está referida al artículo 12 del Código Procesal Constitucional sobre las votaciones en el Pleno del Tribunal Constitucional (TC). Actualmente, la norma establece que el pleno de dicho órgano requiere de cinco votos favorables para emitir una sentencia declarando fundada una demanda competencial.
Sin embargo, el dictamen propuesto y que se busca aprobar en el seno del Parlamento, reduce a cuatro los votos conformes para hacer sentencia en una demanda de este tipo. Y, en caso de empate, el presidente del TC tiene voto decisorio; mientras que, de no llegarse al número de votos exigidos, se tendrá por infundada la demanda.
Dicha fórmula entra al debate debido a que el Congreso ha establecido que dichos cambios, de ser aprobados en el Pleno, aplicarían de manera retroactiva para todas las causas “que se encuentren en trámite” en el TC.
Como se recuerda, el Legislativo viene tramitando ante el TC la demanda competencial que presentó contra el Poder Judicial, por la reposición de los miembros de la JNJ.
Pese a que el caso tendría que haberse resuelto a los 30 días de haberse realizado el informe oral el pasado 10 de julio -de acuerdo al Artículo 107 del Código Procesal Constitucional- el Pleno del TC decidió convocar a una nueva audiencia para este 11 de octubre, a fin de escuchar al abogado Aldo Vásquez, uno de los afectados con la demanda competencial.
En el mes en que se llevó a cabo la audiencia, fuentes de El Comercio señalaron que para entonces, el Pleno del TC no tenía los cinco votos necesarios a favor del Congreso. Por el contrario, solo podría alcanzar cuatro votos, en el mejor de los casos, por lo que la demanda podría ser declarada infundada en ese momento.
Sin embargo, de aprobarse la modificatoria esta semana, reduciendo el número de votos para hacer sentencia - y de permanecer intactas las intensiones de llegar a los cuatro votos en el pleno del TC- la demanda competencial podría resultar favorable para el Parlamento.
Otras fuentes del TC señalaron a este Diario que no existe ningún acuerdo para fallar a favor del Congreso y que aún está por definirse tras la audiencia de esta semana. Por ende, descartaron ir en consonancia con el Parlamento e indicaron que todo quedará claro cuando se emita el fallo.
Lo que no han descartado es que al interior del TC también hay una confrontación sobre las posiciones, en diversos casos.
El segundo punto, en el que también se vería beneficiado el Congreso si se aprueba este dictamen, es que los jueces del Poder Judicial (PJ) deberán rechazar los procesos constitucionales y medidas cautelares (amparo, hábeas corpus, etc) que cuestionen “el ejercicio de atribuciones privativas del Congreso de la República referidas a la elección, designación, ratificación y remoción de altos funcionarios, y al proceso legislativo, así como las vinculadas al juicio y antejuicio político, y a la vacancia o suspensión presidencial”.
En la misma fórmula de modificación legislativa se señala que cualquier cuestionamiento referido a las atribuciones parlamentarias se hará de acuerdo a los artículos 108 y 111 del Código Procesal Constitucional, esto es, vía una demanda competencial ante el TC.
Ello, pese a que dichos procesos están reservados para organismos autónomos o instituciones, mas no para personas naturales.
Otro de los procesos competenciales en trámite y que podría verse beneficiado con la aprobación de las modificaciones que pretende realizar el Congreso de la República, es la demanda competencial que el Ejecutivo interpuso contra el Poder Judicial y el Ministerio Público, por las investigaciones abiertas contra la presidenta Dina Boluarte.
Como se recuerda, el Legislativo cuestionó que el Ministerio Público tenga varias investigaciones abiertas contra la mandataria (presunto enriquecimiento ilícito, abuso de autoridad, tráfico de influencias, genocidio, etc) y alegó que el Artículo 117 de la Constitución prohíbe que una alto funcionarios, como un Presidente de la República, sea investigado cuando aún se encuentra en funciones.
Por ello, recurrieron al TC a fin de que se paralicen dichas investigaciones contra la mandataria.
Con la aprobación del proyecto de Ley, la demanda del Ejecutivo solo necesitaría cuatro votos a favor para ser declarada fundada y paralizar las investigaciones contra el Presidente de la República en ejercicio, en este caso Dina Boluarte.
“Es bastante notorio que este proyecto está motivado en un claro interés político”
En diálogo con El Comercio, Heber Joel Campos, abogado constitucionalista, calificó este dictamen como “negativo” y aseveró que el proyecto de ley que se pretende aprobar en el Congreso tiene un claro interés político, donde el Parlamento busca beneficiarse.
El especialista señaló que, si el proyecto de ley estableciera que sus efectos se aplicarían a casos posteriores podría haber menos cuestionamientos o discrepancia teórica; sin embargo resulta “arbitrario” cuando establece que se aplique a todas las causas en trámite e interfiriendo con los procesos que están en el Tribunal Constitucional. Es decir, lo comparó con un partido que ya está para acabar pero cambias las reglas del juego a los pocos minutos de su final.
Por ello, señaló que resulta una propuesta manifiestamente política pues quien aprueba las modificaciones a la norma por la cual se define la demanda competencial es precisamente una de las partes interesadas y que tiene un proceso en el TC en marcha.
“Es una propuesta muy negativa, ya que es bastante notorio que este proyecto está motivado en un claro interés político. En el tema de reducir el número de votos para declarar fundada una demanda competencial, el tema no sería tan grave si no fuera que la disposición transitoria es aplicable a los procesos que se encuentran en trámite en el TC. Es decir, procesos competenciales en los que el Congreso es parte y eso afecta la imparcialidad y claridad en las reglas de juego, teniendo en cuenta que se va a beneficiar al propio Congreso.”
Heber Campos, el abogado constitucionalista.
Campos Bernal señaló además que, también “es grave y groseramente inconstitucional” que la Comisión de Constitución está planteando que no sea posible interponer demandas de amparo contra decisiones del Congreso referidas a trámites parlamentarios, “con lo que el Parlamento se está blindando”.
“No será posible cuestionar estas decisiones a través de estos procesos constitucionales, siendo el medio para hacerlo un proceso constitucional de competencias. No cualquier ciudadano puede plantear demandas constitucionales sino los aprueba una organismo autónomo”, señaló.
Incluso, reflexionó el constitucionalista, yendo en correlato con el dictamen que el Legislativo podría aprobar, significaría que los actuales congresistas que en el futuro puedan ser objeto de denuncias constitucionales o sancionados con medidas que el Congreso considere dentro de sus prerrogativas, tampoco podrían cuestionarlas ante el Poder Judicial.
“Esto es un desmantelamiento de los controles políticos y constitucionales que están previstas en el Constitución y donde el Congreso actúa como un superpoder para blindarse”, adujo Campos Bernal.
En esa línea, señaló que, de aprobarse el proyecto de Ley en el Congreso de la República, el Ejecutivo podría observarlo y devolverlo al Congreso. No obstante, señaló que el Ejecutivo, como ha venido obrando últimamente, podría hacer caso omiso a los cuestionamientos en contra de dicha norma y promulgarla, con lo que se convertiría en un “cómplice”.
“El Ejecutivo debería observarlo si es que se llegara aprobar en el Congreso y lamentablemente, los antecedentes hacen pensar que no sería así, pues se han aprobado normas con visos de inconstitucionalidad y el Ejecutivo hizo caso omiso, ni siquiera para pedir o presentar una observación. En este caso, en términos jurídicos, este proyecto es indefendible, lo cual haría más grave que el Ejecutivo se mantenga al margen y sería casi casi como un acto de complicidad.”
Heber Campos, el abogado constitucionalista.
DICTAMEN QUE SE DEBATIRÁ EN EL PLENO DEL CONGRESO
"El Congreso busca lograr el control de instituciones que aún no controlan"
Antonio Maldonado, exprocurador anticorrupción, señaló que el objetivo de este proyecto de ley que se debatirá en el Congreso, con miras a su aprobación, nada tiene que ver con la salud y el fortalecimiento del Estado de democracia; “sino con fines interesados y de carácter sectorial y satisfacer ambiciones.
“Los fines que buscan son muy claros desde mi perspectiva, que es que el Congreso busca imponer la voluntad de ciertos partidos políticos para lograr el control de instituciones que aún no controlan como el Poder Judicial, el sistema electoral, la Junta Nacional de Justicia.”
Antonio Maldonado, exprocurador Anticorrupción.
En esa línea, señaló que los cambios legislativos al Código Procesal Constitucional, alterarán el actual balance y equilibrio entre los poderes del Estado, donde uno solo no puede tener más peso que el otro.
Por ello, sostuvo, de aprobarse como una norma sería una grave y seria amenaza a la democracia peruana, ya que estos cambios que pretenden hacerse a la norma constitucional están inspirados en modelos autoritarios en el ejercicio del poder. Reducir el número de votos necesarios en el Tribunal Constitucional y restar las facultades del Poder Judicial quebraría el balance y equilibrio de poderes; y en segundo lugar, se produciría una lesión a la arquitectura de la Constitución Peruana.
“En resumen, se trata de una nueva amenaza del sistema de justicia independiente y que nos acerca más a modelos autoritarios. Por ejemplo, anotó, en El Salvador, donde el gobierno controla la Sala Constitucional de la Corte Suprema, por medio de la elección de sus integrantes; y en el régimen nazi que controlaba el sistema de justicia alemán a través de los sistemas populares nazis.”
Antonio Maldonado, exprocurador Anticorrupción.
De otro lado, señaló que modificar la normas para que los ciudadanos ya no puedan recurrir al Poder Judicial para cuestionar al Congreso, “altera el control constitucional peruano”, pues nuestro sistema no descansa solo en el control que pueda realizar el Tribunal Constitucional, sino que es un sistema de control mixto y difuso, que puede ser llevado también ante el Poder Judicial.
“Limitar o cerrar la puerta para que un ciudadano acuda al Poder Judicial a presentar una demanda por considerar que el Congreso ha vulnerado una norma, es negar el acceso a la justicia constitucional”, dijo.
A consideración de Maldonado, de aprobarse la “norma nacería muerta, por lo que de ser promulgada podría ser perfectamente inaplicada por cualquier juez de la República”, pues sería abiertamente contraria a la Constitución y habría un escenario donde estaríamos viendo al Poder Legislativo actuando al margen de la ley.
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