La Corte recordó que “la crítica a las decisiones judiciales no puede significar en forma alguna una falta de respeto a la investidura del juez o jueza” e indicó que “la discrepancia debe ser canalizada por los cauces democráticos y constitucionales.” (Foto: El Comercio)
La Corte recordó que “la crítica a las decisiones judiciales no puede significar en forma alguna una falta de respeto a la investidura del juez o jueza” e indicó que “la discrepancia debe ser canalizada por los cauces democráticos y constitucionales.” (Foto: El Comercio)
Redacción EC

La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia indicó este jueves que las decisiones del Poder Judicial deben cumplirse de forma “obligatoria” por mandato de la , en relación a la decisión del de no acatar un fallo del Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de Lima que suspende “provisionalmente” la elección de magistrados del (TC).

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A través de un comunicado publicado en la cuenta institucional de Twitter del Poder Judicial, la Corte se pronunció luego de una sesión realizada esta tarde. La entidad recordó que “la crítica a las decisiones judiciales no puede significar en forma alguna una falta de respeto a la investidura del juez o jueza” e indicó que “la discrepancia debe ser canalizada por los cauces democráticos y constitucionales”.

Las decisiones judiciales, por mandato constitucional, son de obligatorio cumplimiento para toda persona; sin perjuicio de que las mismas puedan ser impugnadas. Los altos funcionarios del Estado tienen en esto una doble responsabilidad constitucional, pues corresponde a ellos el respeto al estado constitucional de derecho, así como al ordenamiento jurídico vigente. La discrepancia debe ser canalizada por los cauces democráticos y constitucionales”, se lee en el documento.

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La crítica a las decisiones judiciales no puede significar en forma alguna una falta de respeto a la investidura del juez o jueza. Cualquier decisión judicial que pueda involucrar una inconducta funcional en su ejercicio, corresponde ser investigada por el órgano de control correspondiente, quien ejerce su función con autonomía e independencia. [...] En un estado constitucional de derecho, la potestad de resolver conflictos recae en el Poder Judicial”, indica.

Este miércoles, el Congreso de la República decidió desobedecer una orden del Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de Lima, la cual disponía que se suspenda el proceso de elección de los nuevos magistrados.

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La decisión se tomó con 87 votos a favor, 36 en contra y 2 abstenciones, con lo que el pleno seguirá adelante con el debate y elección de los seis nuevos miembros del TC. Además, el Congreso anunció ayer que se denunciará por “prevaricato” a la jueza Soledad Amparo Blácido Báez por emitir la resolución que ordena al legislativo suspender provisionalmente la elección de magistrados al TC.

La suspensión ordenada por la magistrada Blácido Báez fue en atención a una medida cautelar presentada por el abogado Walter Ayala, quien presentó una demanda de amparo para que se considere como nulo el procedimiento de elección de magistrados del Tribunal Constitucional.

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