Tanto el funcionario público como el que aceptó el cargo sin contar con los requisitos legales, serán inhabilitados para ejercer la función pública o contratar con el Estado por un periodo máximo de 4 años. (Foto: Congreso)
Tanto el funcionario público como el que aceptó el cargo sin contar con los requisitos legales, serán inhabilitados para ejercer la función pública o contratar con el Estado por un periodo máximo de 4 años. (Foto: Congreso)
Redacción EC

La bancada de , a iniciativa de su vocero, Jorge Montoya, presentó un proyecto de ley que plantea incrementar las penas por delito de nombramiento o aceptación ilegal de cargo público.

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Se trata de la , que propone modificar el artículo 381 del Código Penal y eleva la condena a no menor de dos años ni mayor a cinco años en los siguientes términos:

“El funcionario público, que hace un nombramiento, designación o encargatura, para cargo público a persona en quien no concurren los requisitos legales, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos años ni mayor a cinco años”.

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Asimismo, el que acepta el cargo sin contar con los requisitos legales será reprimido con la misma pena. Del mismo modo, tanto el funcionario público como el que aceptó el cargo sin contar con los requisitos legales, serán inhabilitados para ejercer la función pública o contratar con el Estado por un periodo máximo de 4 años.

En la exposición de motivos se precisa que, pese a que el delito se denunció en numerosas oportunidades, sobre todo en el interior del país, solo se han conocido algunas acciones penales de parte del Ministerio Público.

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También indica que como la pena actual por la comisión de este delito “no es significativa” y se daría luego de un largo proceso penal, que por lo general dura más de dos años y que no conlleva a pena accesoria de inhabilitación, los funcionarios y autoridades “continúan cometiéndolo”.

Precisa que en la jurisprudencia se han constatado “sentencias contradictorias” de la Corte Suprema, mediante las cuales algunas autoridades pretendieron librarse de una condena por este delito, argumentando que ellos no “nombraron” sino que “designaron”.

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“Algunos magistrados aceptaron esta interpretación literal de la norma, y los absolvieron. Sin embargo, existen otras sentencias que no aceptaron este argumento de defensa, y rechazaron los recursos impugnatorios, incluyendo casaciones”, subraya.

“Dado que la propuesta legislativa eleva las penas, tanto para el que nombra en el cargo como a la persona que lo acepta, una de las consecuencias sería que el juez, aplicando adicionalmente la pena de inhabilitación, contemplado en el artículo 360 del Código Penal, suspenda el mandato de la autoridad que cometió este delito”, refiere.

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