El Congreso de la República incluyó en la Ley de Presupuesto Público 2017 una disposición complementaria que exonera a su pliego del tope salarial de los funcionarios públicos.

La medida no fue incluida en el dictamen original de la Comisión de Presupuesto, sino en el texto sustitutorio presentado a las 10:55 p.m. del lunes 28 de noviembre. El texto se aprobó casi una hora después, a las 11:45 p.m. 

“Exonérese el pliego 028 [Congreso de la República] de lo dispuesto en artículo 6 de la presente ley a efectos de implementar el Acuerdo 106-2015-2016/MESA-CR en el año 2017. [...] Además de encontrarse exonerado del artículo 9 de la presente ley, del artículo 2 del Decreto de Urgencia 038-2006”, dice la octogésima segunda disposición complementaria de la norma.

El acuerdo al que hacen referencia es uno aprobado el 9 de noviembre del 2015 durante la presidencia de Luis Iberico, mediante el cual suscribió un convenio colectivo con el sindicato de trabajadores.

Con base en esto es que se exoneran del Decreto de Urgencia 038-2006. En su artículo 2, la norma estipula el tope de ingresos de funcionarios públicos en 6 unidades impositivas tributarias (UIT): S/23.700, es decir, un promedio de lo que perciben los legisladores entre su salario (S/15.600) y su bono de representación (S/7.614): S/23.214. Según especialistas consultados, esto podría abrir las puertas a un posible aumento del salario congresal.

Esta exoneración se suma a la que se dio en la Ley Servir, en la cual se excluía a los trabajadores del Congreso de la República de sus alcances. Dicha medida fue declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional en abril pasado. 

“La diferencia no puede basarse solamente en la particularidad de la actividad que realizan”, argumentó el TC en su resolución.

El Congreso de la República también dispuso exceptuar de su pliego “la ejecución de proyectos, mobiliario y software” de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado.

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