Por unanimidad, el Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad que interpuso el Poder Ejecutivo contra el Congreso de la República por aprobar la Ley 31355 que regula la “Cuestión de Confianza”.
MIRA: Cuestión de confianza: Ejecutivo presentó demanda ante un TC incompleto | Claves
El caso fue analizado esta mañana por los magistrados Marianella Ledesma Narvaez (presidenta), Augusto Ferrero Costa (vicepresidente), Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, José Luis Sardón y Eloy Espinoza-Saldaña (ponente del caso), quienes conforman actualmente el órgano máximo de interpretación de la Constitución.
De acuerdo a la norma, el Tribunal Constitucional deberá notificar al Parlamento a fin de que pueda contestar a la demanda en un plazo de 30 días hábiles (40 días calendario).
Como se recuerda, el Legislativo aprobó, por insistencia, una norma que dispone que el Ejecutivo solo pueda invocar la “cuestión de confianza” -figura contenida en los artículos 132 y 133 de la Constitución- cuando se trate de temas que son “competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de gobierno”.
De esta manera, no se podrá invocar la defensa, por ejemplo, de otras entidades autónomas como fundamento de dicho mecanismo constitucional.
La Ley 31355 se encuentra vigente y solo dejará de ser constitucional si el TC así lo resuelve en un fallo futuro.
Para que la norma sea declarada “inconstitucional” deberá obtener cinco votos de los seis magistrados que actualmente integran el Pleno del máximo órgano en la interpretación de la Carta Magna.
No es la primera vez que el TC analizará dicho mecanismo constitucional invocado en reiteradas ocasiones a lo largo de los últimos años. Se pronunció a través de la sentencia 00006-2018-AI/TC (2018) y la sentencia 00006-2019-CC/TC (2020) en la que estableció lineamientos sobre el uso de dicha figura por parte del Ejecutivo.
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