Esta semana vence el plazo para que la presidenta Dina Boluarte observe o promulgue la autógrafa de ley aprobada por el Congreso que limita los alcances de los delitos seguidos por lesa humanidad y crímenes de guerra y el texto que modifica la definición de organización criminal, obligando a que los allanamientos se realicen con presencia del involucrado y su abogado.
La autógrafa de la ley sobre lesa humanidad ingresó al Despacho Presidencial el 8 de julio y los 15 días hábiles de plazo concluyen el 1 de agosto.
La mandataria tiene hasta ese día para devolver el texto al Congreso con observaciones o promulgarla. En caso no se pronuncie en ninguno de los dos sentidos, el Parlamento tiene vía libre para firmarla y publicarla en el Diario Oficial El Peruano.
“Nadie será procesado, condenado, ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 01 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional. Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra”, indica el texto.
Sucederá lo mismo con la autógrafa sobre crimen organizado, que ingresó el 9 de julio y su plazo vence el 2 de agosto.
El texto señala que se considerará como organización criminal a todo grupo “con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa”, conformado por tres o más personas que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles para la comisión de delitos sancionados con más de seis años de cárcel.
Además, indica que la fiscalía no podrá solicitar al Poder Judicial el bloqueo e inmovilización de las cuentas bancarias vinculadas a ingresos pensionarios y o relacionadas con bienes y activos de partidos políticos.