Alicia Rojas Sánchez

El presidente presentó el último jueves ante el Congreso un proyecto de reforma constitucional sobre el juicio y antejuicio político, contemplados en los artículos 99 y 100 de la Constitución, respectivamente, para modificar las instituciones sobre las que recaería la competencia de esos mecanismos.

El texto plantea variar el artículo 99 manteniendo la evaluación de las infracciones a la Constitución en el fuero del Congreso, pero que las acusaciones que formule la Fiscalía de la Nación contra altas autoridades por delitos en el ejercicio de funciones pasen a la Corte Suprema.

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Actualmente, el juicio y antejuicio político son tramitados por el Parlamento a través de la Comisión Permanente. A partir del primero, por ejemplo, se decidió la inhabilitación del expresidente Martín Vizcarra.

Proyecto de reforma constitucional sobre el juicio y el antejuicio político
Proyecto de reforma constitucional sobre el juicio y el antejuicio político

El abogado constitucionalista Bruno Fernández de Córdova explicó a El Comercio que, en el caso del artículo 99, el Gobierno está proponiendo separar el juicio y antejuicio político.

“Que ya no sea el Congreso quien las analice. El Congreso se mantendría con el juicio político, verificar si hay una infracción a la Constitución e inhabilitar a funcionarios de alto nivel”, dijo.

Por ejemplo, de aprobarse esta modificación, incidiría en casos como el de la vicepresidenta, ,

“En las disposiciones transitorias se señala que los procedimientos de antejuicio serían derivados al Poder Judicial en un máximo de siete días hábiles. Si el proyecto se aprobara y entrara en vigencia mañana, el caso de Boluarte se partiría en dos: una parte, que es por presunta infracción constitucional seguiría su trámite en el Congreso, pero se derivaría la parte penal al Poder Judicial. Igual, el Congreso tendría la posibilidad de inhabilitarla si considera que cometió una infracción constitucional”, detalló Fernández de Córdova.

De otro lado, la constitucionalista Beatriz Ramírez no considera negativo que, en el caso del artículo 99, la infracción constitucional se regule en un artículo autónomo.

La novedad es que se señala que quien participa en la Subcomisión de Acusaciones luego no pueden votar en la Comisión Permanente. Se cambia para no ser juez y parte, lo que en principio no está mal”, dijo.

Sin embargo, se mostró en desacuerdo respecto a que el Ejecutivo, con integrantes que han cometido posibles infracciones constitucionales como la vicepresidenta Boluarte y el presidente Pedro Castillo, modifiquen esta figura.

“Cambiar las reglas de juego cuando tus integrantes están sujetos a investigaciones por infracciones no me parece políticamente adecuado. Me hace ruido porque tiene una suerte de interés el Ejecutivo en hacerlo, entonces no se ve bien ser parte de la materia que se quiere regular”, cuestionó.

Antejuicio político

Para el antejuicio político, la propuesta del Ejecutivo plantea que los altos funcionarios del Estado puedan ser acusados por el fiscal de la Nación, de oficio o a pedido de parte, ante la Corte Suprema por todo delito que comentan en el ejercicio de sus funciones.

Para que se determine si hay mérito a una causa penal le correspondería a una comisión especial conformada por tres jueces titulares con mayor antigüedad de la Corte Suprema. Si se determina que sí hay razón para formar una causa penal, los actuados se deberán derivar al fiscal de la Nación.

El constitucionalista Erick Urbina consideró que la propuesta, en este caso, sería positiva. “La modificación es positiva en cuanto a que facilita que el fiscal de la Nación, en caso considere hay elementos suficientes, lo pide a la Corte Suprema. Ya no pasa por el Congreso y este, a su vez, puede hacer un análisis sobre la responsabilidad política”, expresó.

Proyecto de reforma constitucional sobre el juicio y el antejuicio político
Proyecto de reforma constitucional sobre el juicio y el antejuicio político

Por su parte, Fernández de Córdova indicó que, según la propuesta, se le estaría dando un poder a la Fiscalía de la Nación porque sería la instancia que solicitaría a la Corte Suprema poder investigar.

Si bien está de acuerdo con que jueces sean quienes evalúen, “en este caso la única que puede pedir es la Fiscalía de la Nación, de oficio o a pedido de parte, pero quien finalmente decide si lo solicita o no son ellos y creo que ahí hay un error”.

Por ejemplo, si la modificación se planteara de esta forma, casos como el de Manuel Merino, a quien la fiscalía acusó por presuntos delitos funcionales, no sería visto por el Congreso, sino por el Ministerio Público.

En cuanto a los cambios de fondo, la constitucionalista Ramírez comentó que se estaría extrayendo esta competencia que tenía el Congreso para que la encargada sea la Corte Suprema.

“Me parece que es una buena noticia por los casos que hemos tenido de [el exfiscal Pedro] Chávarry, Los Cuellos Blancos, Manuel Merino”, afirmó.

“Yo no estoy de acuerdo con el antejuicio porque este privilegio no termina de sostenerse y ha terminado siendo una herramienta de impunidad. [...] Se propone que el control no esté a cargo del Congreso, sino de la Corte Suprema, lo cual no parece una mala propuesta”, añadió.

Lee aquí el proyecto completo: