Pleno del TC tendrá una audiencia pública para analizar la demanda. El jueves sesionarán de manera privada para debatir el caso. (Foto: TC)
Pleno del TC tendrá una audiencia pública para analizar la demanda. El jueves sesionarán de manera privada para debatir el caso. (Foto: TC)
Karem Barboza Quiroz

El pleno del (TC) sesionará este jueves desde las 9 de la mañana para iniciar la deliberación de la demanda competencial contra la vacancia presidencial por incapacidad moral permanente. El recurso quedó al voto este miércoles.

Durante la audiencia, los magistrados escucharon los alegatos de los procuradores del Poder Ejecutivo y del .

El procurador del Ejecutivo, Luis Huerta, fue el primero en intervenir en la audiencia, durante 28 minutos. Luego, presentó sus argumentos Manuel Peña Cabrera, procurador del Parlamento. También participaron diversos ‘amicus curiae’ (amigos de la corte) que expusieron sus perspectivas sobre la figura de la incapacidad.

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El pleno lo integran los magistrados (presidenta), Augusto Ferrero (vicepresidente), Manuel Miranda, Carlos Ramos, Ernesto Blume, José Luis Sardón y Eloy Espinosa-Saldaña.

-Argumentos-

El procurador Huerta Guerrero enfatizó que el Tribunal Constitucional debe restituir el equilibrio de poderes, puesto que el Congreso excedió sus competencias al usar la figura de la incapacidad moral permanente como mecanismo de control para aplicar la vacancia presidencial.

Remarcó que la demanda buscaba proteger las competencias del Ejecutivo que representa a un gobierno elegido por elección popular para un mandato de cinco años.

Aclaró que la Constitución, le permite al Congreso realizar una constatación de hechos, pero de manera restrictiva al momento de aplicar la vacancia por incapacidad moral y no sustentándose en una interpretación de la norma contemplada en el artículo 113 inciso 2 de la Carta Magna.

Por ello, sostuvo, “el Congreso no puede usar la vacancia por incapacidad moral como mecanismo de sanción”, “forzar una sucesión presidencial al margen de las elecciones” y tampoco para “sancionar conductas” que son evaluadas como potestad de otras entidades.

Concluyó pidiendo se declare fundada la demanda pues se afectó de manera arbitraria e inconstitucional un gobierno, situación que de manera coloquial puede definirse como un “golpe de Estado”.

Ante las preguntas de los magistrados del TC, Huerta indicó que no cabe la sustracción de la materia puesto que existen actos jurídicos que se realizaron en el lapso de la segunda vacancia que deben ser reparador. Una manera de reparación, indicó, es que se declare la inconstitucionalidad de las mismas y se proceda establecer las responsabilidades correspondientes.

Por su parte, el procurador del Congreso, Manuel Peña, sostuvo que el TC no tendría por qué pronunciarse -vía una demanda competencial- sobre un conflicto que ya no existe.

Alegó que la demanda se interpuso por el primer pedido de vacancia contra el expresidente Martín Vizcarra, en setiembre pasado, pero que la moción no fue aprobada en el Pleno por lo que ya no existe el objeto de conflicto qué solucionar.

Recalcó que el Parlamento siguió todos los procedimientos contemplados en su reglamento para llevar adelante la moción de vacancia, por lo que no habría incumplido ninguna norma.

Además, recordó a los jóvenes que salieron “a marchar por un objetivo común”, por lo que solicitó al TC que pueda aplicar su rol pacificador entre los poderes del Estados.

Indicó que actualmente ya existe un nuevo jefe de Estado (Francisco Sagasti) tras la renuncia del anterior presidente (Manuel Merino), por lo que ya el Congreso actuó. En todo caso, solicitó, si el TC decide declarar fundada la demanda, “se establezca su aplicación a futuro”.

Tras ser consultado por los magistrados, Peña indicó que no puede resolverse sobre la segunda vacancia puesto que no se interpuso ninguna acción legal.

Aquí la audiencia de esta mañana:



NOTA PREVIA

Los siete magistrados deberán decidir si se pronuncian o no sobre la interpretación y aplicación del artículo 113 de la Constitución Política del Perú, inciso segundo. La normativa mencionada indica que procede la vacancia del presidente por “su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso”.

En sus argumentos, el procurador del Ejecutivo, Luis Huerta, sostiene que el Congreso excedió sus atribuciones al proponer la por permanente incapacidad moral. Ello, por entrar en conflicto con la potestad del cargo de presidente elegido por el pueblo para un mandato de cinco años.

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La demanda fue interpuesta en setiembre a raíz del . El procurador también ha pedido que el TC se pronuncie por la segunda moción de vacancia, que se concretó debido a los cuestionamientos por la actuación de Vizcarra cuando era presidente regional de Moquegua.

Manuel Peña, procurador del Congreso, ha pedido al TC que no se pronuncie sobre el fondo del caso y declare la sustracción de la materia (proceso inexistente) porque la vacancia de setiembre no se concretó.

Borrador de sentencia

La magistrada Ledesma, ponente del caso, ya presentó su borrador de sentencia o ponencia. El Comercio ya había adelantado que en este se propone que . Incluye el pronunciamiento por las dos vacancias procesadas en el Parlamento, pero declara improcedente el retorno de Vizcarra.

Según el documento al que accedió este Diario, se propone declarar que ambos procesos se encuentran “viciados” y cayeron en inconstitucionalidad por haberse sustentado solo en reportajes periodísticos. Y que la incapacidad moral permanente se debe sustentar en actos “claramente evidenciados”.

Se propone también elevar de 87 a 104 los votos para vacar al presidente por incapacidad moral permanente.

Más información

La ponencia de Marianella Ledesma puede variar tras la audiencia de hoy.

Existirían tres votos a favor de declarar fundada la demanda. Otros tres votos se inclinarían por rechazarla. El voto del magistrado Miranda está por definirse.

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