Pedro Castillo asumió la Presidencia de la República, pero aún no tiene ministros (Foto Andina)
Pedro Castillo asumió la Presidencia de la República, pero aún no tiene ministros (Foto Andina)
María Isabel Álvarez

asume sus funciones este mediodía, pero no tendrá aún gabinete ministerial que lo respalde en sus decisiones. Esta mañana, Palacio de Gobierno confirmó que la juramentación del primer ministro será este jueves 29 en Ayacucho y la del resto del gabinete este viernes 30 en Lima. Muchas preguntas se abren ahora ¿qué sucede con un mandatario sin ministros? ¿Qué dice la Constitución?

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De acuerdo a especialistas consultados por este Diario, las decisiones que tome Pedro Castillo, tras jurar al cargo, no tendrán validez mientras que no asuma funciones el premier y los demás ministros. Sin un equipo de gobierno, el mandatario no podrá tomar decisiones oficiales.

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Escenarios y riesgos

El abogado constitucionalista Víctor García Toma explicó que está previsto en la Constitución que sea el premier designado, junto con el presidente, los que nombren al resto del gabinete.

Según indicó, no hay un plazo establecido para que, luego de su juramentación, Castillo nombre y haga jurar a sus nuevos ministros. “Toda la práctica establecida es que el presidente luego de jurar, invita horas después a presenciar la juramentación del nuevo gabinete”, dijo.

García Toma advirtió que ninguna de las decisiones que adopte Pedro Castillo tras asumir el cargo tendrá validez si no cuenta con un primer ministro en ejercicio. “Sería un presidente de vitrina”, dijo.

El letrado agregó que los ministros actuales deberían mantenerse en sus cargos hasta que no juren los nuevos integrantes del gabinete de Castillo.

“El presidente no puede realizar ningún acto per se, todas las decisiones que adopte necesitan de refrendo ministerial, la personalidad que fuera, es el presidente del Consejo de Ministros quien va a nombrar su propio acto de nombramiento, sin ministros ninguna decisión que adopte tendría validez jurídica”, explicó.

El también abogado constitucionalista Alejandro Rospigliosi consideró que, de no haber un gabinete este miércoles, “vamos a caer en un vacío de poder”.

Para el especialista, el mandato de los ministros del expresidente Francisco Sagasti finalizó a las 12 de la noche.

“A partir de 28 de julio, el presidente tiene la investidura de jefe de Estado y empieza a gobernar con un gabinete, no podría transcurrir los días sin un gabinete, tú interpretas las normas de manera sistemática y si mañana asume el periodo, tiene que nombrar a su nuevo premier y su gabinete, esos ministros son del gobierno del señor Sagasti, otra cosa es que el señor Castillo los quiera ratificar en el cargo”, dijo.

Rospigliosi sostuvo que toda decisión que toma Castillo debe ser “refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el ministro del sector”. “El ejercicio de poder se hace a través de los decretos supremos o resoluciones supremas y no pueden ir solas”, agregó.

El artículo 120 de la Constitución establece que “son nulos los actos del presidente de la República que carecen de refrendación ministerial”.


En tanto, el abogado constitucionalista Erick Urbina apuntó que si bien en la Constitución no hay un plazo para que el presidente nombre ministros, Castillo debe iniciar su gobierno y para eso es necesario un gabinete.

“No puede ejercer ningún acto de gobierno sin refrendo ministerial, está regulado en la Constitución y contempla que para que los actos de gobierno del presidente sean válidos y surtan efecto deben estar refrendados por el primer ministro y los ministros involucrados, así que el señor Castillo, si quiere gobernar después de jurar al cargo, necesita tener ministros”, explicó.

Urbina agregó que los ministros actuales terminan sus funciones este martes, al estar supeditados a la confianza del presidente Francisco Sagasti.

“Si es que el presidente Castillo no nombra ministros, el presidente no podrá ejercer ningún acto de gobierno, no podría hacer absolutamente nada, no se estaría trasgrediendo la Constitución, sin embargo estaría en una precariedad de gobierno, si es que sin nombrar ministros empieza a realizar actos de gobierno, ahí sí podría ser acusado constitucionalmente”, sostuvo.

El caso de Vizcarra y Zeballos

Tras la disolución del Congreso, el 30 de setiembre de 2019, por parte del expresidente Martín Vizcarra, Vicente Zeballos juró como presidente del Consejo de Ministros el mismo día, en horas de la noche. Sin embargo, con el transcurrir de los días, no se conocía a quiénes integrarían el Gabinete Ministerial.

Vicente Zeballos junto al presidente Vizcarra cuando fue designado titular de la PCM, en octubre del 2019. (Foto: Presidencia)
Vicente Zeballos junto al presidente Vizcarra cuando fue designado titular de la PCM, en octubre del 2019. (Foto: Presidencia)

La ceremonia de juramentación de los ministros se celebró 3 días después de que Zeballos asumió como premier.

En declaraciones a la prensa, Zeballos dijo en ese momento que “han pasado algo más de 24 horas después de haber asumido este encargo (de primer ministro). Ahora estamos abocados en la constitución del nuevo gabinete. Estamos en ese proceso, esto debe cerrarse hoy en la tarde o mañana a más tardar, pero hay conversaciones bastante avanzadas”.

Gabinete de Martín Vizcarra y Vicente Zeballos.  | Foto: GEC
Gabinete de Martín Vizcarra y Vicente Zeballos. | Foto: GEC
/ ALONSO CHERO