Humberto Acuña Peralta, congresista por el partido político de Alianza Por el Progreso (Foto: Andina)
Humberto Acuña Peralta, congresista por el partido político de Alianza Por el Progreso (Foto: Andina)
Karem Barboza Quiroz

La Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque del (PJ) ratificó, por unanimidad, la condena de 3 años de pena privativa de libertad suspendida, contra el congresista de () , al encontrarlo responsable del delito de cohecho activo genérico en condición de cómplice.

El caso está vinculado al soborno, autorizado por Acuña Peralta, que le fue entregado a un efectivo policial del Departamento de delitos contra la Corrupción de la Policía Nacional, que lo estaba investigando; y que tenía programado realizar una citación compulsiva contra el expresidente regional de Lambayeque.

“La participación de Acuña Peralta es notoria porque era el único beneficiado lo que lleva a colegir que coordinó con su cuñado para que se elabore su declaración ya que iba a ser conducido de manera compulsiva”, confirmó el tribunal.

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Humberto Acuña Peralta actualmente preside la Comisión de Presupuesto del Congreso.

Como se recuerda, en diciembre del 2019, Acuña fue condenado en primera instancia, en calidad de cómplice del delito de cohecho activo genérico por lo que se le impuso 3 años de pena privativa de libertad, suspendido en 2 años.

Además, se le impuso la inhabilitación de tres años que consiste en la incapacidad de asumir cargo de carácter público; y se le impuso 274 días multa que equivalen a S/ 68.199. Además, pagar S/30 de reparación civil de manera solidaria con sus co-procesados.

“Como actualmente es congresista se deberá remitir al Jurado Nacional de Elecciones una copia certificada de esta sentencia para que proceda de acuerdo a sus atribuciones”, falló el tribunal.

Junto al actual congresista también fueron condenados Joel Ugaz Cubas a cinco años de cárcel efectiva (actualmente fallecido) y Elver Díaz Bravo, condenado a cuatro años de pena preventiva de libertad, suspendida en tres años.

El colegiado concluyó que el expresidente regional de Lambayeque autorizó a su cuñado Elver Díaz Bravo para que convenza al policía anticorrupción, Joel Ugaz Cubas, para que lo favorezca en una investigación a cambio de S/750. Para ello, se tomó en cuenta escuchas telefónicas realizadas con autorización judicial.

De esta manera, el tribunal ratificó la decisión del juzgado de primera instancia que condenó al parlamentario y afirmó que no se vulneró ningún derecho o proceso contra los ahora condenados.

-Argumentos-

Según el colegiado, las llamadas telefónicas de Ugaz Cubas coinciden con las coordinaciones que realizó con el desaparecido policía, con quien coordinó que este llene el cuestionamiento de preguntas que tenía programado realizar para Acuña Peralta. A cambio, recibiría el dinero.

El tribunal sostuvo que Acuña ya había entregado el dinero a su cuñado para que este a su vez se lo entregue a Diaz Bravo. Incluso, rescata los audios que se debatieron en el proceso judicial en el que “se acredita que cuando Diaz Bravo habla con Acuña Peralta ya conocía de las tratativas” y que “Acuña Peralta ya sabía de antemano sobre el costo que iba haber con seguridad”.

El tribunal sostuvo que se encuentra probado que, en setiembre de 2014, el número perteneciente a Ugaz Cubas recibió llamadas en del número que pertenece al acusado Diaz Bravo y que está probado que “el número de Acuña Peralta 979667426 realizó llamadas a Díaz Bravo en el mes de setiembre”.

Que los ofrecimientos de la prebenda se hizo, según el tribunal, con la complicidad de Humberto Acuña Peralta, remarcó el Poder Judicial.

“Se infiere que actuó en favor de Acuña Peralta por tener vinculo familiar”, sostuvo el tribunal.

“Está probado que Ugaz cubas le ofreció y prometio a Diaz Cubas la suma de 750 soles para elaborar las preguntas y respuestas del procesado Acuña Peralta, procesado en una carpeta por asociación ilícita y otros”, ratificó la sala.

El tribunal superior rechazó la alegación de la defensa de Peralta y Ugaz que argumentaron que los audios no sean valorados al ser prueba prohibida, debido a que eran de otra investigación. La Sala indicó que se debe tener en cuenta la “buena fe” de las medidas judiciales amparados en nuestro sistema y que se hacen con autorización judicial.

El tribunal indicó que la Policía, al realizar las interceptaciones, no actuó ilegalmente pues en base de un medida judicial se interceptaron las comunicaciones de Ugaz Cubas, aunque fuese en el caso Los Limpios de la Corrupción.

Humberto Acuña califica de “excesiva e injusta” su condena y evalúa recurso

Horas después de conocerse su condena, para señalar que es respetuoso de las decisiones judiciales, sin embargo la calificó de “excesiva e injusta” y adelantó que evalúa presentar un recurso ante la Corte Suprema.

“En uso de mi derecho de defensa y honor, y ante la inexistencia de la uniformidad en criterios legales usados por los jueces, evaluaremos un recurso de casación excepcional para que la Corte Suprema se pronuncie”, escribió el parlamentario.

Puntualizó, además, que se someterá al “procedimiento legal que corresponde en la competencia del Congreso de la República”.

“Consideramos que fue una decisión excesiva e injusta, pues jamás autoricé el pago de una supuesta coima para un favorecimiento personal”, remarcó Acuña.

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