“Aun cuando se injuria a mi familia a diario y se ofende la majestad de la presidencia de la República, me someto a la justicia para aclarar los delitos que se me pretende imputar, con respeto al debido proceso y no a la justicia mediática”, dijo el presidente Pedro Castillo durante su discurso por Fiestas Patrias. Pero recientes decisiones suyas o de su entorno hacen pensar en lo contrario, dice Iván Meini, exprocurador anticorrupción.
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—¿Alguien podría pensar que sí, el presidente Pedro Castillo está permitiendo que se investigue las denuncias por corrupción que caen sobre su gestión?
No ha dado muestras claras de querer someterse a la justicia ni de tener un compromiso político contra la corrupción, al menos contra la corrupción que lo puede vincular a él mismo. Más allá de las palabras, o de los anuncios en sus consejos de ministros descentralizados o en el mensaje a la nación, sigue atribuyendo las investigaciones fiscales a un deseo de ciertos grupos de poder por vacarlo, luego de no reconocer su victoria electoral. Una mención aislada de que hizo algún nombramiento equivocado y que las personas que colocó en puestos claves han abusado de su confianza es algo que no resulta verosímil si uno lo analiza en el contexto de sus dichos y de sus acciones. Sus actos y sus omisiones tienen un significado que es más contundente que sus palabras.
—¿Nos referimos puntualmente al hecho de haber retirado del cargo a un ministro del Interior por atreverse a avanzar en la búsqueda de prófugos del entorno presidencial?
Yo hablo de actos previos. Un primer gesto que demuestra que una persona no está comprometida en luchar contra la corrupción es aceptar un cargo para el que no está preparada, o nombrar a personas que no cumplen con el perfil. Y el presidente Castillo lo ha hecho con varios ministros y otros funcionarios públicos, y ha mantenido a personas muy cuestionadas a pesar de que las evidencias y los indicios las sindicaban como comprometidas con la corrupción, como Juan Silva, Bruno Pacheco. No solo hablamos de haber removido del cargo a Mariano González por la incomodidad que le generó el nombramiento de un equipo especial de policías, sino de una serie de actos anteriores. Además hay gestos importantes: un funcionario comprometido en la lucha contra la corrupción es uno que cree en la transparencia, en la rendición de cuentas y en la libertad de expresión, que son mecanismos de control ciudadano y político. La gestión de Castillo se caracteriza por no ser lo suficientemente transparente, por no rendir cuentas y por tener una animadversión hacia los medios de comunicación.
—La hipótesis de la fiscalía es que Castillo encabeza una organización que comete actos de corrupción en varios sectores de su Gobierno. ¿Hay ahora mismo pruebas contundentes que lo demuestren?
La defensa de Pedro Castillo y él mismo sostienen que no hay una prueba directa que lo vincule a un acto de corrupción; en el sentido jurídico, lo que la prueba hace es generar convicción en el juzgador. Una prueba directa, como puede ser un ‘vladivideo’, genera una convicción casi automática acerca de un acto de corrupción, y es probable que algo así no exista en este caso. Pero eso no significa que, en ausencia de una prueba directa, no puedan existir indicios razonables que generen una sospecha fundada sobre la vinculación del presidente y algunas personas de su entorno con actos ilícitos. Es lo que la ley y la doctrina llaman prueba indiciaria. En muchísimos procesos penales, los jueces tienen convicción de la culpabilidad de un procesado a través de las pruebas de indicios. Porque si estos indicios son concurrentes, no contradictorios y unívocos, generan una convicción que puede desvirtuar la presunción de inocencia. Se puede llegar a un nivel de sospecha grave por medios de prueba distintos a un video o de un audio, a través de declaraciones, peritajes, inspecciones, levantamientos de secreto bancario, etc.
—Karelim López y después Zamir Villaverde se ofrecieron a colaborar con la justicia y todos pensamos que era la estocada final para el presidente, pero realmente no fue así. ¿Qué diferencia hay con el caso de Bruno Pacheco?
La gran diferencia es que Bruno Pacheco era funcionario, secretario general de Palacio y una persona íntimamente vinculada a Pedro Castillo. Por lo tanto, el nivel de información, de documentación y de datos que Pacheco tiene que haber tenido, por el propio ejercicio de su función, es presumiblemente mucho más contundente que la información que puedan tener López y Villaverde, quienes, frente a él, eran personas de la periferia del presidente. Desde ese punto de vista, es presumible que la información que tenga él sea más relevante, porque él habría sabido de hechos ilícitos y habría participado en estos. Por la cercanía y confianza con el presidente, sus datos serán más importantes.
—¿Qué más faltaría para tener un mapa completo? ¿Que Juan Silva se entregue y hable?
Creo que el camino es complejo. Incluso si hubiera pruebas directas, para que generen una convicción tienen que ser admitidas en un proceso penal. Y al presidente, mientras esté en ejercicio, difícilmente se le puede procesar. Lo que sí se puede hacer, y a eso apunta la Fiscalía de la Nación, es nutrir las investigaciones que se han abierto al presidente con las declaraciones de los colaboradores eficaces y de los documentos que ellos puedan aportar, o de algunas inspecciones y decomisos que se han realizado. Esas investigaciones tendrán que llegar a alguna conclusión. Procesalmente hablando, si se determina que esos indicios son suficientes como para proceder a una acusación, según la Constitución no se puede acusar, lamentablemente. Pero ahí se abren distintos escenarios: si Castillo no fuera presidente, es altamente probable que estaría en prisión preventiva o sometido a un impedimento de salida del país, cuanto menos.
—Esa es la gran paradoja. Al final la banda presidencial es un escudo.
Efectivamente, y luego la gran pregunta: ¿es compatible con la democracia, con la lucha frontal contra la corrupción, con la estabilidad del sistema democrático que un presidente mantenga el ejercicio de sus funciones aun cuando existan serios cuestionamientos fiscales acerca de su vinculación con presuntos actos ilegales? Si para un ciudadano normal eso ameritaría una acusación, un proceso y probablemente una prisión preventiva, ¿el simple hecho de que Castillo sea presidente de la República es razón suficiente para que no suceda eso?
—Eso más bien pervierte el sentido de la inmunidad.
La Constitución redactada en 1993 no se pronuncia expresamente sobre esta posibilidad; es, digamos, una laguna. Los que la redactaron quizá no se imaginaron la necesidad de que un presidente en ejercicio pueda ser investigado por graves casos de corrupción y por criminalidad organizada.
—Si no hubiera ese vacío, la mayoría de presidentes de este siglo habrían terminado sus mandatos antes.
Si los estándares de prevención y lucha contra la corrupción, de derechos humanos, y los conceptos de democracia y soberanía indican claramente que, ahí donde hay cuestionamientos serios a un alto funcionario, este tiene necesariamente que ser investigado, y si esos indicios arrojan evidencias de que tiene que ser procesado, la pregunta que no responde la Constitución es: ¿y qué hacemos con un presidente en ejercicio en esos casos?
—¿Y cuál es su respuesta?
Desde mi punto de vista, queda invocar y aplicar los convenios internacionales que ha suscrito el Perú sobre la materia. Hay algunas ideas claras: en casos graves de corrupción –y los que se imputan al presidente Castillo son gravísimos– se vinculan a los derechos fundamentales; es decir, la corrupción desde el poder socava los derechos porque hace más caros los servicios públicos, o que estos tengan una peor calidad, y convierte al pobre en más pobre. La Convención de la ONU contra la corrupción, en su artículo 30, establece que los estados miembros tienen la obligación de buscar un adecuado equilibrio entre las inmunidades y prerrogativas que puedan proteger a los altos funcionarios, y la necesidad de que estos sean investigados, procesados y eventualmente juzgados.
—¿Qué sucede si en los siguientes días o semanas la fiscal de la Nación dice: “Sí, hay pruebas como para una acusación”?
Allí, quien tendrá que decidir es el Congreso, y solo va a tener dos opciones: pensar en una vacancia por permanente incapacidad moral, o en una suspensión temporal del cargo. En ese contexto, no habría que descartar la posibilidad de que, si en el transcurso de estas investigaciones se evidencia la participación del presidente en actos ilícitos, y si se comprueba que hay peligro de obstaculización o riesgo de fuga, se podría pensar en alguna medida restrictiva.
—Si el presidente es suspendido por el Congreso, ¿pierde de inmediato su inmunidad y puede ir a prisión preventiva?
Es probable que el orden sea inverso: si la fiscal de la Nación considera necesario dictar un impedimento de salida o una detención preventiva al presidente, eso en los hechos debería venir acompañado de una suspensión del cargo por parte del Congreso. Pero, claro, una decisión de ese tipo por parte de la fiscalía debe ser muy pensada, muy bien argumentada y jurídicamente sólida para que no se entienda como una vacancia de facto y genere un precedente perjudicial. Será el Poder Judicial el que tendrá que resolver si encuentra fundada la solicitud fiscal. Si el Poder Judicial ordena una detención preventiva al presidente, en los hechos le estaría impidiendo ejercer el cargo, por lo tanto tiene que estar muy bien argumentada.
—Las decisiones de tipo político van en paralelo, entonces.
Solo el Congreso puede suspender temporalmente al presidente, según el artículo 114. ¿En qué momento podría hacerlo? Cuando entienda que existen razones que hacen inadmisible que siga en el cargo, como alguna medida dispuesta por el Poder Judicial, o incluso antes. El Congreso podría considerar que las explicaciones insuficientes del presidente, sus actos, gestos y su silencio hacen proporcional su suspensión. Mi lectura es que, si el Congreso tomara esa decisión, por las mismas razones podría también vacarlo.
—¿El hecho concreto de colocar a una persona sin experiencia implica necesariamente una forma de riesgo de corrupción?
Sí, es un riesgo. Aceptar o nombrar un cargo para el cual no se está preparado o capacitado, o sin la experiencia necesaria, es un riesgo de corrupción.
—Un video de la cuñada del presidente ofreciendo obras reveló un oscuro trasfondo por probable tráfico de influencias. Pero confirma además que hay más familiares aparentemente involucrados. ¿Podría hablarse ya de un patrón?
Intuyo que la fiscalía tiene mucha más información de la que conocemos por la prensa. Ya lo que se conoce es contundente, porque muestra que algunas personas del entorno familiar del presidente han tenido intervención con algunas empresarios que se han beneficiado por contrataciones públicas, o que están inmersos en casos de tráfico de influencias. Si eso es lo que se conoce, es verosímil que el Ministerio Público tenga más información y que, justamente por eso, está investigando a más personas de su entorno. Esto encajaría con ciertos comportamientos del presidente, que ha colocado en puestos claves a personas de su entera confianza. Creo que forma parte de un patrón de conducta que Castillo se rodee de familiares y personas cercanas, sin méritos académicos y profesionales, ni experiencia.
—¿Por qué un alto funcionario como Castillo tiene tanto recelo hacia los medios de prensa?
La experiencia demuestra que los casos más relevantes de corrupción política y económica son primero investigados, descubiertos y denunciados por los medios de comunicación independientes; eso se ha evidenciado en el Perú en los últimos 20 o 30 años. Los grandes escándalos han sido expuestos por la prensa y luego investigados por la fiscalía, y es bueno que sea así. Eso explica por qué a gobiernos poco amigos de la democracia o con ciertos rasgos dictatoriales la prensa les resulte incómoda, hostil. Pero ese es el rol, investigar el uso del poder y que la ciudadanía fiscalice.