En la actualidad, el Ministerio Público le ha abierto al presidente Castillo cuatro investigaciones preliminares. De estas, dos estás activas: la de presunto plagio de su tesis de maestría y la que lo sindica como cabecilla de una organización criminal instalada en el MTC. (Foto: Presidencia)
En la actualidad, el Ministerio Público le ha abierto al presidente Castillo cuatro investigaciones preliminares. De estas, dos estás activas: la de presunto plagio de su tesis de maestría y la que lo sindica como cabecilla de una organización criminal instalada en el MTC. (Foto: Presidencia)
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La Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia declaró improcedente, en segunda instancia, el hábeas corpus que el presidente interpuso con la finalidad de archivar la denuncia constitucional en su contra por traición a la patria que fue admitida a trámite por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Parlamento.

Esta denuncia constitucional fue interpuesta por el ex canciller Francisco Tudela y los ex congresistas Fernán Altuve y Lourdes Flores Nano, entre otros, luego de que el jefe de Estado declarase, en una entrevista con CNN en Español, que llevaría a consulta popular la salida al mar para Bolivia.

Tras la polémica generada, Castillo Terrones ofreció disculpas y precisó que no dará territorio a La Paz.

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Eduardo Pachas, abogado del presidente, refiere, en el recurso presentado, que el informe de calificación de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, dirigida por la congresista Rosío Torres, “vulnera la debida motivación en sede parlamentaria al adecuar el tipo penal a una conducta que nunca existió”.

También señala que las declaraciones de Castillo no atentan contra la integridad de la nación, porque “no se está dando salida al mar a Bolivia ni tampoco se le está entregando la soberanía del mar peruano, de modo que nunca podría configurarse el delito de traición a la patria”.

(Foto: El Comercio)
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En la resolución, a la que accedió El Comercio, la Corte Superior de Justicia indica que “no puede suplir el criterio aplicado” por la subcomisión, a la hora de abrir proceso al mandatario. Agrega que los jueces constitucionales no deben “desvirtuar” las funciones y competencias que “el constituyente ha asignado a cada uno de los órganos constitucionales”. En este caso, el Congreso.

La Primera Sala Constitucional, además, explica que por muy cuestionado que sea el razonamiento aplicado por el Parlamento, la justicia constitucional no puede tener injerencia en este, más aún cuando el jefe de Estado “podrá defenderse oportunamente de la imputación si prosperara el referido trámite exigiendo todas las garantías pertinentes”.

También subraya que la denuncia constitucional está en una etapa inicial y no en una fase de conclusión, donde se vierten los argumentos de fondo.

(Foto: El Comercio)
(Foto: El Comercio)

Está “más expuesto” al escrutinio

Otro argumento de la Corte Superior de Justicia apunta a que en una sociedad democrática “los funcionarios y servidores públicos están más expuestos al escrutinio y a la crítica”.

“En consideración de este colegiado, el Congreso está realizando una labor de escrutinio de un funcionario público y al margen del resultado final de la investigación, no podría el juez constitucional paralizar su labor por diferencias en la concepción, delimitación e interpretación de los hechos”, remarca.

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La sala concluye que no puede hacer un juicio de fondo “señalando que se ha vulnerado el principio de legalidad”, porque eso implicaría suplir la labor y el criterio del Parlamento. A esta última institución, el colegiado exhorta a respetar el debido proceso en todas las fases de evaluación de la denuncia constitucional “para garantizar el derecho a la defensa” de Castillo.

En breve comunicación con este Diario, Pachas adelantó que presentará un recurso de agravio constitucional para que sea el Tribunal Constitucional el que finalmente resuelva si la subcomisión continúa o no con el proceso contra el mandatario.

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La decisión del Primera Sala Constitucional marca un nuevo revés para Castillo en el plano de la administración de justicia.

Por ejemplo, el Décimo Juzgado Especializado en lo Constitucional ya había declarado improcedente, en primera instancia, otro hábeas corpus que presentó la ciudadana Estela Natalia León Orozco que busca dejar sin efecto la denuncia constitucional por traición a la patria contra el jefe de Estado.

A mediados de enero último, el Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional rechazó un hábeas corpus que había presentado Pachas, a fin de que la fiscal anticorrupción Norah Córdova no pueda realizar diligencias contra Castillo, incluyendo un eventual allanamiento de Palacio de Gobierno, en el marco de las pesquisas por el Caso Petro-Perú.

Más información

En la actualidad, el Ministerio Público le ha abierto al presidente Castillo cuatro investigaciones preliminares. De estas, dos estás activas: la de presunto plagio de su tesis de maestría y la que lo sindica como cabecilla de una organización criminal instalada en el MTC.

Las otras dos corresponden a las presuntas irregularidades en la licitación de biodiésel en Petro-Perú y la de la supuesta injerencia en los ascensos en las FF.AA. y Policías. Estas investigaciones fueron suspendidas por la ex fiscal de la Nación Zoraida Ávalos.