Desde el 1 de julio, con la ampliación del estado de emergencia por todo el mes para contener la expansión del coronavirus, también entró en rigor una cuarentena focalizada, que deberá ser acatada en siete regiones del país y por un grupo especial de personas consideradas en alto riesgo de contraer la Covid-19.
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Entre ellas se encuentran, además de los mayores de 65 años y quienes presenten enfermedades preexistentes (cáncer, diabetes, hipertensión arterial, etc), los niños, niñas y adolescentes menores de 14 años, quienes, según lo establece el Decreto Supremo 116-2020-PCM, pueden salir a dar un paseo diario siempre que estén acompañados de un mayor de edad y mantengan la distancia social.
¿Cuánto tiempo pueden salir los niños menores de 14 años?
Según lo establecido en el decreto, emitido el 26 de junio, los menores de 14 años pueden dar un paseo diario por un tiempo máximo de 60 minutos (una hora) y a una distancia no mayor a los 500 metros del domicilio, siempre que sus padres o apoderado lo consideren conveniente.
La norma indica, además, que los menores deben salir acompañados de una persona mayor de edad que resida en el mismo domicilio, y durante el paseo se debe mantener una distancia social no menor de dos metros.
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¿Todos los menores de 14 años pueden salir?
No. Tienen prohibido circular aquellos niños y adolescentes que presenten síntomas, se encuentren en cuarentena por disposición sanitaria o tengan un diagnóstico positivo de Covid-19.
¿Pueden los niños acudir a centros comerciales?
No. La norma es clara en señalar que no está permitido el ingreso de niños y adolescentes a centros comerciales y locaciones similares, ni a lugares públicos cerrados o de aglomeración.
Mayores en riesgo
Asimismo, el decreto establece que los mayores de 65 años y aquellos que presenten comorbilidades no pueden salir de sus domicilios, y solo podrán hacerlo en las siguientes circunstancias:
- Cuando requieran atención médica urgente o ante un caso de emergencia
- Para adquirir alimentos, medicinas y servicios financieros, en caso que no tengan a otra persona que los apoye
- Para el cobro de algún beneficio pecuniario otorgado por el Gobierno en el marco del estado de emergencia.
- Para el cobro de una pensión en una entidad bancaria o para realizar un trámite en el que se requiera su presencia física.
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¿Y las personas en riesgo que trabajan?
En ese caso, se debe priorizar la prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto, y si desean acudir voluntariamente a su centro de labores deberán sujetarse a las disposiciones emitidas para proteger su salud.
¿Qué regiones aún continúan en cuarentena obligatoria?
Las regiones en las que está vigente la cuarentena focalizada por todo el mes de julio son Áncash, Arequipa, Ica, Huánuco, Junín, Madre de Dios y San Martín.
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