En el Perú, es común que muchas personas deseen cambiar el nombre con el que fueron inscritas ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) por diversas razones, ya sea por errores, omisiones o simplemente para evitar el bullying o discriminación. Para ello, buscan asesorarse de la mejor manera para presentar los requerimientos en el Poder Judicial e iniciar con los trámites respectivos. Esto, sin duda, será evaluado por los jueces y permitirá que, dentro de un plazo establecido, reciban una respuesta favorable que resguarde su dignidad. En la siguiente nota te contamos todo lo que debes saber al respecto.
De acuerdo con la explicación de Rocío Romero Zumaeta, jueza de la Tercera Sala Civil de la Corte de Lima, los peruanos que tienen la intención de cambiarse de nombre lo hacen generalmente porque sufrieron discriminación o bullying. De esta manera, recurren ante el Poder Judicial, que se basa en el artículo 29 del Código Civil, para que los jueces revisen sus casos y confirmen si son validos. Para iniciar con este proceso se debe presentar la partida de nacimiento, el DNI, los antecedentes penales y pruebas que acrediten el impacto del nombre, como evaluaciones psicológicas y declaraciones de ciertos testigos.
Según explica Romero, la revisión de estos documentos puede tardar entre tres y cuatro meses aproximadamente. Además, tras ser elevado a la sala superior, se delimita la cuestión controvertida y, como máximo en 10 días, se realiza la vista de la causa, con sentencia inmediata y posterior notificación a las partes. Es importante mencionar que, según la jueza, este proceso también abarca para casos de identidad de género, ya que debe primar la dignidad de la persona, protegida por la Corte Interamericana de Justicia. "Si naces con cuerpo de varón, pero te sientes mujer, afecta tu dignidad e identidad. Presentan certificados de disforia de género y cambios físicos“, explicó, conforme comparte RPP.
En Perú, existe el temor de que el incumplimiento de una deuda pueda llevar a una persona a prisión; no obstante, la normativa vigente no contempla la privación de la libertad como sanción por este motivo. Por ello, en una entrevista para Latina Noticias, la docente de Derecho UARM, Wendy Ledesma, explicó que es indispensable que se solicite la firma de un contrato o pagaré, con el objetivo de que el deudor se comprometa a pagar formalmente el préstamo en una fecha establecida, caso contrario, podría poner en peligro su dinero. Así, en caso de rebeldía por subsanar su obligación financiera, la especialista recomendó iniciar con una conciliación extrajudicial antes de interponer una demanda en el Poder Judicial para reclamar lo que le corresponde.
De hecho, existen otras vías que pueden ayudar al prestamista a sustentar una demanda sólida, como la presentación de audios, conversaciones en redes sociales, transferencias bancarias, mensajes de texto, registros de llamadas, entre otras pruebas o hasta presentar testigos que avale lo acordado. De esta manera, todas estas evidencias quedará en manos de los jueces, quienes determinarán el caso en función de la claridad de lo sustentado. “Prestar dinero sin ningún documento o pagaré, solo por la buena fe, la operación es más riesgosa. Antes de interponer una demanda ante el Poder Judicial debo dar un paso obligatorio y es solicitar una conciliación extrajudicial. No existe un monto mínimo, eso nunca va hacer un impedimento para que tú eventualmente puedas presentar una demanda”, indicó Ledesma para dicho medio.