Oriente MedioEl pasado 11 de setiembre la congresista María del Carmen Alva presentó un proyecto de ley que busca modificar la normativa del Teletrabajo. El documento plantea que el empleado quede prohibido de realizar tareas domésticas o privadas durante la jornada laboral, caso contrario se puede considerar como abandono del puesto de trabajo.
“El tiempo máximo de jornada laboral del teletrabajador es el mismo aplicable al trabajador que labora de manera presencial. Durante dicha jornada, el teletrabajador se encuentra prohibido de realizar tareas domésticas o privadas. De darse el caso, se constituye una dejación de funciones y por tanto el abandono del puesto de trabajo, siendo aplicables las sanciones correspondientes y la reversión de la modalidad de teletrabajo”, señala el proyecto.
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En su exposición de motivos, la parlamentaria sustenta que en dos sentencias de Cortes Superiores de Justicia españolas se aprobaron despidos luego de que se comprobara que los teletrabajadores usaron su tiempo de trabajo para realizar tareas domésticas como la limpieza de su vehículo o para cortarse el cabello.
“Ambas sentencias, hacen mención a la buena fe contractual y el abuso de confianza, que habrían sido quebrantadas por el teletrabajador al desarrollar actividades privadas que no corresponden a las funciones encomendadas por el empleador durante la jornada de trabajo, hecho que debe ser incorporado en las normas vigentes”, sustenta.
Actualmente, la Ley del Teletrabajo señala que es una obligación del teletrabajador estar disponible durante la jornada laboral para realizar las coordinaciones que sean necesarias. En la exposición de motivos del proyecto se explica que no se quita el derecho a descansos y pausas ordinarias que tienen las jornadas laborales “sin que la situación de teletrabajo pueda ser utilizada por el trabajador para alargar injustificadamente tales descansos”.
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El proyecto de Alva también define que se considera como teletrabajo “cuando la prestación de servicios [en esa modalidad] es igual o superior al 20% del total del tiempo ocupado para la prestación del servicio en el mes; o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo”.
El proyecto se encuentra en al Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso.
Reacciones
En diálogo con El Comercio, Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, aseguró que el proyecto “no es sostenible” porque va en contra de la flexibilidad aprobada por la propia Ley de Teletrabajo.
“El teletrabajo es flexible, no debería haber ningún límite. Tampoco se explica por qué solo se considera como teletrabajo si se realiza el 20% de labores [a distancia en total]. El teletrabajo también concilia la vida profesional con la laboral. Está casi presupuestado por el empleado y el empleador que durante el teletrabajo uno ve cómo está la cocina, recoge a su hijo del nido, realiza actividades de casa”, indicó.
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Para César Gonzáles Hunt, socio del estudio Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uria, el proyecto no debería aprobarse porque busca solucionar cada problemática específica cuando en la realidad esas soluciones ya se encuentran dentro de los contratos firmados.
“Con independencia de que el trabajo sea presencial o no, las situaciones que busca resolver son problemáticas comunes tanto presencialmente como en el teletrabajo. En la práctica las empresas peruanas no necesitaron recurrir a la jurisprudencia, sino que determinaron que sus empleados estaban incumpliendo los acuerdos de su contrato y fueron devueltos al trabajo presencial”, explicó.
Asimismo, en caso se llegara a aprobar el proyecto, no habría forma de fiscalizar que cada teletrabajador labora desde la locación indicada en sus contratos.
“El teletrabajo busca conciliar la vida familiar con la vida laboral. Siempre puede haber incumplimiento de obligaciones en los que el teletrabajador no cumple con sus labores, pero es muy difícil verificar que un teletrabajador que labora desde su domicilio no va a realizar ninguna tarea doméstica. Sería mejor que se vea si ha cumplido con sus labores”, afirmó Cristina Oviedo, Socia de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados.
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Incluso en la actualidad, el teletrabajo es poco fiscalizado.
“El 90% del teletrabajo es no fiscalizado. Son trabajadores que no reciben horas extras, que pueden tener reuniones a las 9 de la noche o en hora de refrigerio. El proyecto atenta contra la esencia del teletrabajo donde la regla es la flexibilidad del tiempo. Por eso la misma ley considera una desconexión digital por 12 horas. Es decir, se puede trabajar intermitentemente por 12 horas y luego hay una desconexión. El proyecto no es sostenible”, cuestionó Toyama.
Dato
Como se recuerda, el Congreso de la República actual entró en constantes polémicas por la forma en que algunos parlamentarios realizaban el teletrabajo. Por ejemplo, en junio del 2022, Hernando Guerra García, parlamentario de Fuerza Popular, fue captado participando en una sesión de la Comisión de Producción del Parlamento desde la playa. La Comisión de Ética del Congreso no admitió la denuncia en su contra. También está el caso de Digna Calle, de Podemos Perú, quien legisló ocho meses desde Estados Unidos y que, luego de su retorno al Perú, indicó que seguiría despachando a distancia.
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