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El Ministerio de Cultura (Mincul) emitió este viernes una resolución que aprueba el protocolo sanitario para la implementación de medidas de vigilancia, prevención y control frente al COVID-19 en las actividades de la música. Esto como parte de las acciones del Gobierno para la reactivación de la economía.
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Según el documento, las actividades musicales que pueden practicarse siguiendo medidas sanitarias son: creación, ensayos, presentaciones sin público, preproducción y producción musical, captura, mezcla, masterización y actividades didácticas.
También podrán realizarse registro de presentaciones sin público y transmisiones, así como otras actividades esenciales para la producción, distribución y consumo musical que se mantengan sin la presencia de público.
Por otra parte, el protocolo aprobado por el Mincul establece que con el fin de prevenir y controlar la propagación del COVID-19 entre el personal involucrado en la ejecución de las actividades de la música, las empresas o entidades del sector público y privado que realicen actividades de música o empleen los servicios de personas involucrados en estas actividades deberán elaborar un “Plan de vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el Trabajo”.
Dicho plan deberá especificar la siguiente información:
- Razón social y RUC.
- Región, provincia, distrito, dirección de cada sede de la persona natural con negocio o persona jurídica.
- Representante legal y DNI.
- La nómina de trabajadores según el riesgo de exposición a COVID-19 por puesto de trabajo (muy alto, alto, mediano o bajo).
- Las características de vigilancia, prevención y control por riesgo de exposición al SARS-CoV-2.
En cuanto las disposiciones sanitarias, el protocolo refiere que las personas naturales o empresas que son propietarias de los espacios para la realización de eventos musicales como centros culturales, salas, auditorios, estudios de producción musical, espacio dedicado al dictado de talleres, clases, presentaciones o trasmisiones, entre otros, son responsables del cumplimiento de las condiciones sanitarias dentro de sus instalaciones.
“Deberá implementar la señalética correspondiente para comunicar las medidas y conductas requeridas por el protocolo. Es responsable de asegurar la provisión de agua y de comunicar el protocolo a las organizaciones musicales que harán uso del espacio. Es responsable de asegurar la disponibilidad de los equipos de protección personal e implementar las medidas para su uso correcto y obligatorio, en coordinación y según lo determine el profesional de salud del Servicio de Seguridad y Salud en el trabajo”, se lee en el documento.
También se menciona que los productores generales, promotores u organizadores de eventos son responsables de la supervisión y control del cumplimiento de las condiciones sanitarias, contenidas en el plan de vigilancia del espacio cultural y en el protocolo del sector (Ministerio de Cultura), por parte de todos los involucrados en la actividad.
En la misma línea, se establece que los proveedores de equipos de sonido, video e iluminación son responsables de la operación de sus equipos y de las actividades de sus trabajadores durante el traslado, descarga, montaje, utilización, y desmontaje de estos en el espacio donde fueron requeridos. También son responsables del control y capacitación de su personal.
En cuanto a los artistas, técnicos y usuarios, el documento precisa que son responsables de cumplir las condiciones sanitarias contenidas en el plan de vigilancia del espacio cultural, la organización que realice la actividad y en el protocolo del Mincul, y de las medidas de seguridad personal en su traslado y regreso.
“En caso de que alguna de las partes no cumpla con acatar las medidas sanitarias y exponga la salud de una o más personas involucradas, cualquiera de ellas, de manera preventiva, tendría la potestad de no participar en la actividad y comunicar dicha situación ante la autoridad competente”, agrega el documento.
Revisa aquí el protocolo sanitario completo aprobado por el Mincul.
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