Si bien los trabajadores con contratos suspendidos verán sus ingresos reducidos, lograrán mantener los puestos que tienen en el sector formal (al que en circunstancias normales ya es difícil de acceder), según Ñopo. (Foto: GEC)
Si bien los trabajadores con contratos suspendidos verán sus ingresos reducidos, lograrán mantener los puestos que tienen en el sector formal (al que en circunstancias normales ya es difícil de acceder), según Ñopo. (Foto: GEC)
/ MARIO ZAPATA
Lucero Chávez Quispe

La , Sylvia Cáceres, informó que se aprobó un decreto supremo para que las empresas apliquen la (licencia sin goce de haberes) durante el estado de emergencia.

Esta figura laboral, que se aplica hasta por 90 días, ante la falta de ingresos por la paralización de actividades comerciales.

Frente a ello, en conferencia de prensa, la ministra dio a conocer una serie de medidas complementarias para que durante el período que los trabajadores no reciban sus sueldos, puedan disponer de otros ingresos. A continuación los enumeramos:

  • Estos trabajadores podrán retirar parte de su compensación por tiempo de servicios (CTS) y hasta S/2.000 de su fondo de AFP.
  • Para quienes no tengan acceso al pago de la CTS porque su régimen no lo permite (mypes) y sus sueldos no superen los S/2.400, el Estado realizará un aporte de S/760 mensuales. Esta prestación, añadió, será efectiva durante tres meses, el estimado de duración de la emergencia sanitaria.
  • La cobertura de salud pública durante el período de la suspensión perfecta será asumida por el Estado.

Al respecto, Alva indicó que el retiro de CTS y AFP anunciado significaría un monto de S/500 millones, aproximadamente. Por otro lado, el subsidio para el salario de trabajadores en mypes significará un costo de S/652 millones. Asimismo, se destinarán al menos S/92 millones para garantizar la cobertura de salud.

¿Preservar el empleo?

Para Hugo Ñopo, investigador principal de Grade, en el shock de la coyuntura actual ya se están contemplando despidos de empleados y el cierre de operaciones. Por ello, estas medidas laborales que complementan la suspensión perfecta de labores son adecuadas para preservar el empleo.

“En los hogares peruanos más o menos tres de cada cuatro soles de nuestros presupuestos familiares se sustentan con dinero que proviene del trabajo. Entonces, mantenerlo y preservarlo es importante”, indicó a El Comercio.

El estado de emergencia ha paralizado las actividades en los centros de trabajo. Solo está permitido el tránsito en la calle para actividades específicas, como la compra de productos alimenticios.
El estado de emergencia ha paralizado las actividades en los centros de trabajo. Solo está permitido el tránsito en la calle para actividades específicas, como la compra de productos alimenticios.

Asimismo, consideró que si bien los trabajadores con contratos suspendidos verán sus ingresos reducidos, lograrán mantener los puestos que tienen en el sector formal (al que en circunstancias normales ya es difícil de acceder); agregó que el acceso a dinero de la CTS y los fondos de AFP ayudarán a paliar la situación de emergencia.

Los hogares peruanos gastan aproximadamente un tercio de sus ingresos en alimentación; y ahí están las necesidades básicas que hay que cubrir ahora. Otros gastos importantes son educación, alquileres, pero si los hogares ven recortados sus ingresos ahora el punto es priorizar los consumo de manera que se pase este temporal que afecta a todos”, añadió.

En tanto, Miguel Andrés Jaramillo, economista senior del Consejo Privado de la Competitividad (CPC), también se mostró a favor de la medida y resaltó que ayudará a mantener los contratos laborales vigentes.

¿Qué pasaba si no se aplicaba la suspensión? Las empresas dejan vencer los contratos laborales, que son 3,5 millones de trabajadores formales. De estos, el 70% tiene contratos temporales. Al mes vencen entre 100 mil trabajos temporales. Y lo que pasa en un contexto como el actual es que si no se aplica una medida como la suspensión, se dejará vencer los contratos”, añadió.

Si hay una lección importante en el mundo del trabajo que podemos sacar de esta pandemia es cuán importante es la formalidad. Somos una sociedad acostumbrada a actuar informalmente. Lo que esta circunstancia deja en claro es que ahora que el Estado necesita ir a rescatar empresas y hogares es mucho más fácil llegar cuando hay vehículos formales con el Estado


Hugo Ñopo, investigador principal de Grade

¿Debería ampliarse el plazo?

De otro lado, Jorge Toyama, socio de Vinatea & Toyama, indicó que se deberá evaluar la extensión de la suspensión perfecta de labores para algunas empresas que hayan sido afectadas fuertemente, pues incluso tras el levantamiento del estado de emergencia, estas no podrán recuperarse.

Los restaurantes han dejado de operar desde la puesta en marcha del estado de emergencia, por lo que son uno de los sectores más golpeados.
Los restaurantes han dejado de operar desde la puesta en marcha del estado de emergencia, por lo que son uno de los sectores más golpeados.

Hay empresas muy golpeadas como las de turismo, viajes, restaurantes, cines, teatros, espectáculos públicos. Son empresas que después de la cuarentena no empezarán a operar inmediatamente. [...] Los tres meses es muy poco para algunos sectores. Se necesitarán prórrogas focalizadas a sectores", indicó.

Asimismo, para Jorge Acevedo, abogado especialista del Estudio Benites, Vargas & Ugaz, toda norma es revisable, aunque por el momento saluda que el plazo solo aplique a 90 días. “Si faltando un mes se evidencia que no estamos en la capacidad [de volver a operar se podría modificar el plazo]”.

Acevedo recalcó que para que esta solicitud de labores funcione eficazmente será clave que las solicitudes enviadas al MTPE se resuelvan rápido, pues algunas de estas han demorado hasta 4 meses en tiempos de funcionamiento normal de las actividades comerciales en el país.

De otro lado, Joaquín De los Ríos, socio del estudio De los Ríos, especificó que todavía no está claro qué sucederá con las empresas que hayan solicitado la suspensión perfecta de labores previo a la publicación del documento.

Si es algo nuevo, las normas no son reactivas, entonces ¿qué pasa si las empresas ya solicitaron la suspensión perfecta de labores? Entonces habrá más contingencias a futuro”, añadió.

Una figura laboral aplicada desde 1994, ¿en qué consiste?

La suspensión perfecta de labores se aplica en caso fortuito (por la naturaleza) o de fuerza mayor (por el hombre) desde 1994. En este caso, la epidemia y la paralización de las actividades comerciales calzarían con la medida.

Para aplicar la figura laboral se deben haber adoptado medidas menos perjudiciales previamente, como el cobro de vacaciones y la reducción de sueldos. De lo contrario, el Ministerio de Trabajo podría no validar la medida, y la empresa deberá pagar las remuneraciones no percibidas durante el período.

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¿Qué es la covid-19?

La covid-19 es la enfermedad infecciosa que fue descubierta en Wuhan (China) en diciembre de 2019, a raíz del brote del virus que empezó a acabar con la vida de gran cantidad de personas.

El Comité Internacional de Taxonomía de Virus designó el nombre de este nuevo coronavirus como SARS-CoV-2.

¿Cuáles son los síntomas del nuevo coronavirus?

Entre los síntomas más comunes del covid-19 están: fiebre, cansancio y tos seca, aunque en algunos pacientes se ha detectado dolor corporal, congestión nasal, rinorrea, dolor de garganta y diarrea. Estos malestares pueden ser leves o presentarse de forma gradual; sin embargo, existen casos en los que la gente se infecta, pero no desarrolla ningún síntoma, precisó la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Además, la entidad dio a conocer que el 80 % de personas que adquieren la enfermedad se recupera sin llevar un tratamiento especial, 1 de cada 6 casos desarrolla una enfermedad grave y tiene dificultad para respirar, la gente mayor y quienes padecen afecciones médicas subyacentes (hipertensión arterial, problemas cardiacos o diabetes) tienen más probabilidades de desarrollar una enfermedad grave y que solo el 2 % de los que contrajeron el virus murieron.

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