Melissa González Gagliuffi perdió el control de su vehículo y embistió a cuatro peatones en junio del 2019. Dos de ellos fallecieron a causa del impacto. Tras ser sentenciada a seis años de cárcel, la acusada entró a la clandestinidad, hasta que este 16 de mayo se le revocó la pena y se le impuso la Vigilancia Electrónica Personal (VEP).
Así lo informó este jueves 18 el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) a través de un comunicado. En este se describe que la “Quinta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima […] había revocado la pena privativa de libertad de seis años con nueve meses y 18 días, variándola por la VEP por el mismo periodo”.
Asimismo, se comunicó que el mismo jueves, a las 9 p.m., el INPE “ejecutó la instalación del dispositivo [un grillete electrónico] de VEP”. Así, González Gagliuffi se convirtió en una de las 45 personas que se encuentran bajo vigilancia electrónica en el país.
Un fatal accidente
El 11 de octubre del 2019, Christian Agustín Buitrón Aguirre (35) y Joseph Giancarlo Huashuayo Tenorio (28) fallecieron tras ser impactados, en la cuadra nueve de la Av. Javier Prado Oeste, por la camioneta que manejaba Gonzáles Gagliuffi. Luis Vega Palacios y Vilma Gamarra Tambohuasco también resultaron heridos.
La División de Prevención de Investigación de Accidentes de Tránsito de la Policía determinó en su momento que el vehículo había excedido la velocidad límite de 60 km/h. En una entrevista con El Comercio, el padre de Joseph Huashuayo señaló que la investigación determinó que la camioneta llegó a los 87 km/h.
Las idas y venidas judiciales
Tras el fatal accidente, González Gagliuffi fue detenida hasta el 13 de octubre, cuando el fiscal Mario Concepción Barrón Cerna, de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de San Isidro, ordenó su liberación. El lunes 21 de octubre del mismo 2019, se la sentenció a cuatro meses de prisión preventiva.
“Lo lamento muchísimo. He sido educada en valores. Nunca voy a rehuir [a la justicia] porque mi vida está aquí. Mi imagen y mi esencia es lo que me interesa defender ahora”, expresó la condenada durante la audiencia.
Dos meses luego, la tercera Sala Penal para Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, dejó sin efecto la prisión preventiva y fue puesta en libertad. “Cuando le dieron 4 meses de prisión preventiva, allí nomás me di cuenta de que la justicia no estaba a favor de nosotros. El accidente fue el 11 de octubre y poco antes de navidad la sueltan. Ellos pasaron felices la navidad, ¿y nosotros?”, lamentó Fortunato Huashuayo, padre Jospeh.
En junio del 2022, González Gagliuffi fue sentenciada a 6 años de cárcel efectiva por homicidio culposo agravado y lesiones culposas agravadas. Desde entonces, González Gagliuffi entró a la clandestinidad y se convirtió en prófuga de la justicia. Incluso, el Ministerio del Interior la ingresó al Programa de Recompensas. La entidad ofreció hasta 30 mil soles por su paradero.
A casi un año de la decisión judicial y de su estado como prófuga de la justicia, Gonzáles Gagliuffi gozará de la Vigilancia Electrónica Personal. “Al ponerle el grillete es como darle libertad. Nadie va a controlar absolutamente nada. Eso no es justicia. Es una vergüenza nacional”, criticó Nancy Tenorio, madre de Joseph, ante TV Perú.
Jueza no reconoce evasión
Aissa Mendoza, la jueza que revocó la pena de cárcel y estableció la VEP, argumentó ante ATV que en el Código Penal no se expresaría la prisión efectiva para el caso de González Galiuffi. La letrada arguyó que la VEP sería más severa que la cárcel.
Asimismo, consideró que la imputada “no ha estado prófuga”, puesto que se presentó a todo el proceso judicial previo a la sentencia de seis años. Preguntada sobre la presencia de la imputada en el programa de recompensas, la jueza indicó que “es muy recurrente que los procesados esperen que la decisión que les desfavorece se confirme”.
La abogada penalista Liliana Calderón explicó a El Comercio, días luego de que González Gagliuffi sea sentenciada, que “la diferencia principal entre un delito culposo y un delito doloso es que en el primero, como comúnmente se dice, no hay intención de cometer el delito”.
Ante esto, la especialista recalcó que el Código Penal establece que el homicidio culposo agravado se sanciona con 4 a 8 años de prisión, y en el caso de lesiones culposas agravadas, la pena es de 4 a 6 años. Gonzáles Galiuffi fue condenada por ambas causales.
“El Poder Judicial, al amparo de la Casación 400 del 2018, establece una fórmula distinta en la que hay que sumar la cuarta parte de la pena mayor a la pena menor, por ende consideró que la pena mínima sería 6 años y la pena máxima 10 años, por eso es que se impuso la pena mínima”, señaló.