Las solicitudes de renovación del licenciamiento institucional se presentarán en el plazo máximo de dos años contabilizados a partir de los 120 días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento de sus licencias | Foto: Sunedu / Referencial
Las solicitudes de renovación del licenciamiento institucional se presentarán en el plazo máximo de dos años contabilizados a partir de los 120 días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento de sus licencias | Foto: Sunedu / Referencial
Redacción EC

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria () amplió, de manera excepcional y por dos años, el plazo para que las universidades del país puedan solicitar la renovación de su licenciamiento institucional. Así lo establece una resolución del , publicada hoy en el diario El Peruano, que responde al impacto de la pandemia de la .

Con esta medida la Sunedu busca que las universidades licenciadas posean un mayor tiempo para solicitar la renovación de su licencia, en el plazo máximo de dos años contabilizados a partir del vencimiento de la misma, lapso durante el cual podrán seguir brindando el servicio educativo superior universitario hasta el otorgamiento de la autorización de su renovación, según sea el caso.

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La sostiene que el avance de la pandemia del coronavirus en el país viene afectando el normal desenvolvimiento de las universidades y escuelas de posgrado licenciadas, principalmente en aspectos relacionados al financiamiento, reducción de matrícula, incremento de morosidad, reducción en matrícula de nuevos ingresantes, dificultades en la ejecución presupuestal de las universidades públicas, reducción de docentes, disminución de inversiones en infraestructura, mantenimiento, entre otros aspectos.

Por ello, señala que resulta justificado que las universidades y escuelas de posgrado licenciadas requieran un tiempo adicional para presentar sus solicitudes de renovación de licencia y para consolidar sus estrategias e implementar acciones necesarias que propicien su recuperación, y con ello estén en mejores condiciones que permitan evidenciar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad en el marco del procedimiento de renovación de licencia institucional.

“Es importante precisar que el plazo señalado para la presentación de la solicitud, así como durante la tramitación del procedimiento de renovación de licencia institucional, no exime a las casas de estudio del cumplimiento de las CBC aprobadas en el licenciamiento institucional, así como de las CBC específicas de los programas priorizados. Para dicho efecto, la Dirección de Supervisión de la Sunedu realizará las acciones pertinentes en el ámbito de su competencia”, indica la institución.

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Asimismo, hasta la presentación, durante la tramitación de la solicitud y hasta el otorgamiento de la autorización de su renovación -de corresponder-, los administrados podrán seguir prestando el servicio educativo superior universitario de acuerdo con los términos de su autorización, sin limitaciones para convocar a nuevos procesos de admisión o de realizar cualquier otra modalidad, dentro del marco normativo vigente, destinada a admitir o matricular nuevos estudiantes.

Datos

A la fecha la Sunedu ha otorgado la licencia institucional a 92 universidades y dos escuelas de posgrado.

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