Las visas de trabajo para Estados Unidos permiten a los extranjeros laboral de forma legal en el país por un tiempo determinado. Además, pueden otorgar beneficios como la obtención de un número de seguro social o la posibilidad de solicitar una licencia de conducir. Apenas ha comenzado el 2025 y muchas personas ya se preguntan por las visas de trabajo disponibles.
Uno de los programas de visas más conocidos es el H-1B, que permite a las empresas contratar empleados extranjeros altamente calificados y es muy importante para la industria tecnológica. Incluso el presidente electo Donald Trump, en declaraciones al medio New York Post, señaló que apoya a este programa. “Tengo muchas visas H-1B en mis propiedades”, indicó.
Sin embargo, no es la única visa que otorga permisos para trabajar en territorio estadounidense. En lo que va del 2025, las autoridades de Estados Unidos no han indicado el fin de ningún tipo de autorización, por lo que a continuación te presentaremos las visas disponibles para que puedas conseguir un empleo.
LAS VISAS DE TRABAJO DISPONIBLES EN 2025
Existen dos categorías: las visas de trabajo permanentes o por un período establecido. En general, un extranjero que posea una combinación de educación, habilidades y/o experiencia laboral es posible que se quede a vivir y trabajar de manera permanente en el país. Respecto a esta categoría, existen cinco subcategorías y los requisitos varían de a acuerdo con el tipo.
- Primera preferencia EB-1: es para profesionales con aptitudes extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios o deportes; investigadores y profesores; y ejecutivos o personas con puestos de mánager de multinacionales.
- Segunda preferencia EB-2: para los profesionales que tengan posgrado o para quienes cuenten con aptitudes excepcionales en las artes, las ciencias o los negocios.
- Tercera preferencia EB-3: es para los profesionales, trabajadores especializados y otros.
- Cuarta preferencia EB-4: es para los inmigrantes especiales, entre los cuales se incluyen ciertos trabajadores religiosos, empleados de puestos del servicio exterior de Estados Unidos, extranjeros menores de edad que están bajo la protección de tribunales de EE.UU., personal retirado de organizaciones internacionales y otros.
- Quinta preferencia EB-5: es para los inversionistas de negocio que inviertan 1.050.000 de dólares o US$800 (si la inversión se realiza en un área de empleo identificada) en una nueva empresa que emplee al menos diez trabajadores de Estados Unidos a tiempo completo.
Por otro lado, están las visas de inmigrante para trabajador temporal. Las peticionarios deben utilizar el formulario I-129 con el objetivo de solicitar que el extranjero ingrese a Estados Unidos temporalmente para realizar servicios o trabajo, o a fin de recibir capacitación.
- E-1: empleados cualificados y comerciantes por tratado.
- E-2: empleados cualificados e inversionistas por tratado.
- E-3: determinados profesionales provenientes Australia con ocupaciones especiales.
- H-1B: trabajadores en una profesión especializada y en las sub-clasificaciones: H-1B1 para profesionales del Tratado de Libre Comercio de Chile y Singapur en trabajos especializados; H-1B2, relacionados con proyectos de investigación y de coproducción y H-1B3, para modelos para publicidad con méritos y aptitudes distinguidas.
- H-1C: enfermero(a) titulado(a) que trabaja en un área donde hay escasez de profesionales de la salud.
- H-2A: empleado agrícola temporal o por estación.
- H-2B: empleado no agrícola temporal o eventual.
- I: representantes de la prensa extranjera, la radio, el cine o de otros medios de información.
- L-1A: extranjeros transferidos dentro de una misma empresa en posiciones gerenciales o ejecutivas.
- L-1B: extranjeros transferidos dentro de una misma empresa en posiciones que requieren conocimientos especializados.
- O-1: extranjeros con aptitudes extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios, los deportes, producción de cine o televisión.
- O-2: personas que acompañan a un no inmigrante O-1 con el único propósito de asistirle.
- P-1A: atletas reconocidos internacionalmente.
- P-1B: artistas reconocidos internacionalmente o miembros de un grupo artístico reconocido en el mundo.
- P-2: artista individual o que forma parte de un grupo que viene a presentarse, de conformidad con un programa de intercambio recíproco.
- P-3: artista o presentador, ya sea individual o de un grupo, que viene para actuar, enseñar o asesorar un programa cultural único.
- Q-1: personas que participan en un programa de intercambio cultural internacional con el propósito de proveer adiestramiento práctico, empleo y para compartir la historia, la cultura y las tradiciones del país de origen.
- R-1: trabajadores religiosos.
Periodista con experiencia en redacción y creación de contenido digital. Soy licenciado de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Trabajé en medios de comunicación y agencias de marketing. Experiencia también como fotógrafo en campos deportivos.