Dos semanas después de que el Congreso aprobara el licenciamiento permanente de las universidades peruanas, la presidenta de la República, Dina Boluarte, oficializó la eliminación del plazo de seis años para que las casas de estudio renueven la autorización que garantiza el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad.
La noche del último lunes, a través de la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales de El Peruano, se publicó la “Ley N° 32105, que modifica la Ley 30220, Ley Universitaria para disponer el carácter permanente de la modalidad a distancia de la educación superior y afianzar su acceso”. Aunque el título de la norma no lo menciona, el primer cambio que establece es que el licenciamiento que otorga la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) deja de ser temporal con un mínimo de seis años para solicitar la renovación.
Con la modificación del artículo 13 de la Ley Universitaria, se dispone que el licenciamiento tiene carácter permanente “siempre y cuando las universidades demuestren el cumplimiento continuo de las condiciones básicas de calidad”. Asimismo, señala que “las universidades estarán sujetas a evaluaciones periódicas inopinadas para garantizar la calidad educativa y la transparencia en el uso de recursos públicos”.
El segundo cambio de la ley es referido a la educación a distancia que ahora podrá comprender hasta el 100 % de los créditos académicos con la condición de que se utilicen tecnologías de información y la comunicación (TIC) certificadas, “excepto para las carreras y especialidades que requieran realización de experimentos y prácticas presenciales”. Además se añade que el proceso “deberá complementarse con convenios tipo google, internet e inteligencia artificial” sin especificar de qué se tratarían.
Ambos cambios provienen del proyecto de ley presentado en 6 de junio pasado por el congresista Héctor Valer (Somos Perú), que fueron aprobados en Comisión Permanente el 19 de julio con siete votos a favor, seis en contra y tres abstenciones. Los parlamentarios que estuvieron de acuerdo pertenecen a las bancadas de Perú Libre, Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Podemos Perú, Acción Popular, Bloque Magisterial, Somos Perú, Perú Bicentenario y Unidad y Diálogo Parlamentario.
Cuestionamiento y oportunidad
A inicios de julio, cuando el proyecto de ley aún se encontraba en la Comisión de Educación, Juventud y Deportes, el Consejo Nacional de Educación (CNE) emitió opinión técnica solicitando que la iniciativa incluya al proceso de acreditación porque, aunque se mostraron a favor del licenciamiento único, se necesitaba un Sistema de aseguramiento de la calidad orientado a la mejora continua. “Una vez que se han cumplido satisfactoriamente las condiciones básicas de calidad, corresponde que se transite hacia estándares más altos. Este es el caso chileno donde, una vez que se ha desarrollado el proyecto institucional satisfactoriamente se obtiene la plena autonomía y donde la acreditación es, hoy, un proceso obligatorio”, indicaron en un oficio remitido al presidente de dicha comisión, el congresista José María Balcázar Zelada.
Nada de ello fue considerado en el texto que fue aprobado por el Congreso y promulgado por el Ejecutivo.
Para el exministro de Educación Idel Vexler ese el principal error de la norma. En diálogo con El Comercio, opinó que el licenciamiento sí podría ser único siempre que la acreditación institucional, entendida como el proceso que garantice estándares superiores, sea obligatoria. “Se confunden los conceptos de supervisión con acreditación. La supervisión es un proceso de gestión educativa y lo puede ver Sunedu, pero es el Sineace, que está hace años en reorganización, el que tiene la tarea de la acreditación”, dijo.
Con él coincide Jorge Mori, director del Centro para el Análisis de Políticas Públicas de Educación Superior (CAPPES), quien añade que eliminar el proceso de renovación de licenciamiento sin garantizar la acreditación desincentiva la mejora continua de la calidad en la oferta universitaria y la competitividad del sistema. De todas formas, considera que el reglamento de la ley podría garantizar que los mecanismos de fiscalización y supervisión de la Sunedu cumplan su función. “La redacción de la ley no ha sido la mejor y se perdió la oportunidad de establecer la acreditación internacional como un requisito para el licenciamiento permanente. Queda que la reglamentación defina estos mecanismos porque se habla de un informe anual, la auditoría trianual. Vamos a ver hasta dónde llegan las potenciales sanciones en caso de incumplimiento”, dijo a El Comercio.
Según la nueva ley, las herramientas para que Sunedu “cumpla su función rectora y reguladora” son la plataforma de monitoreo y evaluación continua, aditorías públicas internas y/o externas cada 3 años, un sistema de alerta temprana, un informe anual de cumplimiento (presentado por las propias universidades) y sanciones y correctivos, aunque sobre esto no se detalla en qué consistirían.
Para Mori, el mayor riesgo del licenciamiento único es que las universidades públicas pierdan financiamiento para la mejora de la calidad educativa. “El licenciamiento fue una excusa para que el Estado incremente el presupuesto de mejora para las universidades públicas. Cuando el periodo era de seis años, el MEF y Minedu estaban obligado a gestionar mayor presupuesto porque si no podían licenciarse. Con la nueva ley se debilita eso, es otro golpe más”, opinó.
El exministro Ricardo Cuenca advierte que lo aprobado agrava el retroceso en la reforma universitaria que, en el año 2022, tuvo un punto clave cuando se quitó al Minedu como ente rector del aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria. “Es una confirmación que tanto Ejecutivo como Congreso no creen más en la reforma universitaria. Se ha puesto fin al intento de montar un sistema de aseguramiento de la calidad. Cuando el Minedu tenía la rectoría podía gestionar el presupuesto para las universidades públicas. Si adicionalmente las universidades ya no están obligadas a renovar ese licenciamiento lo más probable es que el financiamiento se vea afectado”, advirtió a este Diario.
Sobre la educación a distancia, los tres coinciden en que antes de establecer el 100% de virtualidad debía garantizarse que las universidades y los estudiantes cuenten con las capacidades en conectividad e infraestructura tecnológica necesaria. “La virtualidad ofrece muchas ventajas pero requiere de muchas condiciones de calidad para que sean aprovechadas por los estudiantes. Se pudo incorporar lo que las universidades internacionales están haciendo, que es combinar modelos híbridos hasta garantizar que tengo un procedimiento virtual que garantice la calidad”, añadió Cuenca.
En su informe técnico, la CNE también tuvo opinión desfavorable sobre este tema porque el conceto de educación a distancia ya implicaba la posibilidad de la virtualidad total.