Rocío La Rosa Vásquez

Ninguna persona denunciada por la Dirección contra el Terrorismo (Dircote) y el Ministerio Público por delito de apología del terrorismo ha sido sentenciada con pena de cárcel por el Poder Judicial, que en casi todos los casos ha resuelto “no ha lugar”.

Uno de los casos más emblemáticos que fueron archivados por la justicia estuvo relacionado con el libro autobiográfico del genocida , “De puño y letra”.

El Poder Judicial basó parte de su decisión en una sentencia del Tribunal Constitucional (TC), según la cual para que haya apología deben cumplirse presupuestos como que la exaltación se refiera a un acto terrorista ya realizado o que el apologista use una vía que le permita llegar a un número indeterminado de personas.

Otra denuncia que no vio la luz en la Corte Suprema fue el Caso Plaza Francia, una concentración del 1 de mayo del 2011 [acto que se repitió este mes, pero en la plaza Dos de Mayo, y que motivaría la próxima interpelación del ministro del Interior, Carlos Basombrío] en la que Alfredo Crespo, abogado de Abimael Guzmán y dirigente del (brazo político de Sendero Luminoso), decía: “[En el Perú] nosotros nos congratulamos de la existencia del Partido Comunista del Perú marxismo-leninismo-maoísmo-pensamiento Gonzalo”.

Para la Dircote, sí se configuraba la apología, pues se cumplían las condiciones que estableció la sentencia del TC. Esta unidad especializada también advirtió que las consignas eran las mismas que plantea la facción Solución Política de SL.

—Solo un caso judicializado—
El caso del periódico “Amnistía” es la única denuncia penal por apología de la Dircote y el Ministerio Público que sigue en curso.
Aunque en primera instancia el Poder Judicial resolvió “no ha lugar” contra Manuel Fajardo, Alfredo Crespo y otros, la Sala Penal Nacional revocó la resolución impugnada por la fiscalía y la Procuraduría de Terrorismo.

La acusación fiscal se sustenta en las frases: “Desde 1992, el Dr. Abimael Guzmán es el más grande intelectual, filósofo y científico, marxista, leninista, maoísta de nuestra época”.

La policía y la fiscalía también están a la espera de lo que resuelva el Poder Judicial en un proceso a 44 miembros del Movadef por terrorismo en la modalidad de pertenencia.

Fuentes especializadas ya han dicho que nuestra actual normativa no permite sancionar con éxito la apología del terrorismo y que las recientes modificaciones planteadas en el Congreso no serían suficientes.

Autoridades que persiguen este delito consideran que una norma idónea sería una ley del negacionismo, que no llegó a prosperar en la legislatura anterior, porque permitiría sancionar a quien públicamente apruebe, justifique, niegue o minimice delitos cometidos por miembros de organizaciones terroristas.

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