César Villanueva fue internado en diciembre del año pasado en el penal Castro Castro. (Foto: Giancarlo Ávila/ Archivo GEC)
César Villanueva fue internado en diciembre del año pasado en el penal Castro Castro. (Foto: Giancarlo Ávila/ Archivo GEC)
Alicia Rojas Sánchez

El miércoles, el Poder Judicial ordenó la excarcelación del ex gobernador regional y ex primer ministro para que cumpla detención domiciliaria por 18 meses mientras continúan las investigaciones en su contra por los presuntos delitos de colusión, negociación incompatible y asociación ilícita.

Villanueva es investigado de haber recibido dinero de la empresa , cuando se desempeñaba como gobernador regional de San Martín, a cambio de favorecerla con la adjudicación de la carretera San José de Sisa en el 2008.

La ex autoridad regional cumplirá esta detención domiciliaria -una vez pague la caución de S/100 mil- luego de que la Primera Sala de Apelaciones tomara en cuenta la propagación de la pandemia por el coronavirus () y el peligro que esta representa para adultos mayores con enfermedades preexistentes, como es su caso.

Precedente

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Castañeda, dijo el último lunes que no se ha reportado ningún caso de coronavirus (COVID-19) en los penales del país. Como se recuerda, desde el 14 de marzo se restringieron, por 30 días, las visitas en 68 penales del país para evitar la propagación de este nuevo virus.

Rafael Chanjan, abogado penalista e investigador de la PUCP, explicó que el arresto domiciliario de César Villanueva podría replicarse siempre y cuando se verifique, según sea el caso concreto, que hay riesgos para la vida y salud de los procesados. “Es importante tomar en cuenta el estado de salud, la edad del procesado y las condiciones carcelarias. Es decir, si está aislado con los riesgos de contagio mínimos o nulos, me parece que el riesgo no existe”, explicó.

Añadió que estos criterios tampoco podrían aplicarse a todos los reos del país debido a la emergencia sanitaria, pues no es la misma condición en la que se encuentran expresidentes, exministros o políticos respecto de reos que sí se encuentran en penales hacinados.

“Las condiciones y exposición son distintas. Hay que tener en cuenta eso para tampoco aprovecharse de la condición, sobre todo por delitos vinculados a corrupción, tan graves para que se dicten excarcelaciones que puedan poner en peligro el éxito del proceso penal. Si hay una medida de prisión preventiva es porque está considerado que hay un peligro procesal o de fuga o de entorpecimiento. Hay que tener cuidado con eso también”, precisó Chanjan.

Por su parte, el abogado penalista Iván Meini explicó que las razones que derivarán a la excarcelación de Villanueva son atendibles en la medida que así lo exige su estado de salud. Sin embargo, el cambio de medida de detención no desvanece el peligro de fuga o entorpecimiento a la actividad probatoria por la que fue trasladado al penal. “Ponderando el derecho a la salud, que es fundamental, en ciertos casos es necesario cambiar este régimen de detención por arresto domiciliario garantizando que la persona de su domicilio o país”, dijo.

A su juicio, el Poder Judicial hizo bien en cambiar la medida de detención, pero eso no impedirá que se establezcan medidas de seguridad para cautelar que Villanueva -u otro procesado a quien se beneficie con esa variación- no eluda a la justicia o perturbe la acción probatoria. “Las razones por las cuales se decretó la detención siguen vigentes, lo que pasa es que ahora hay una razón más importante que es la salud; que hace que cambie la medida de detención a arresto domiciliario”. De acuerdo con lo dictado por la Sala, Villanueva tendrá prohibido comunicarse por cualquier medio con los coimputados o personas vinculadas a la investigación que se le sigue. Así también, no podrá concurrir o dar información de los pormenores de la indagación a los medios de comunicación.

Por otro lado, el abogado Meini señaló que la fiscalía podría formular nuevamente el pedido, pero una vez que desaparezcan las razones de salud que motivaron el arresto domiciliario. “La medida original es la detención, y por las razones de salud cambia a arresto. Cuando las razones de salud desaparezcan; es decir, cuando la crisis sanitaria desaparezca y cuando para una persona que pertenece a un grupo de riesgo como él, la detención en un centro penitenciario no sea un riesgo relevante y grave para su salud, deberá regresar entonces a la medida original de la detención”, comentó.

César Villanueva fue también congresista del Parlamento disuelto con la bancada de APP.
César Villanueva fue también congresista del Parlamento disuelto con la bancada de APP.

Otros reos

Según Meini, la variación de medida de detención no solo debería alcanzar a quienes cumplen prisión preventiva, siempre y cuando existan razones para un arresto domiciliario. “Lo que no debe olvidarse es que todas las personas, incluso los condenados por delitos, tienen derecho a la salud. El haber cometido un delito y estar purgando una condena en una cárcel peruana no significa que uno no tenga derecho a la salud. También debería indagar quiénes son las personas condenadas que pertenecen a grupos de riesgo, y también velar por su salud”, dijo.

Asimismo, consideró que el cambio de detención por prisión preventiva a arresto domiciliario no debería poner en riesgo las investigaciones si es acompañado por la vigilancia necesaria para que el procesado no eluda o entorpezca la actividad probatoria. “Va a depender de cómo se ejecute el arresto domiciliario para garantizar que las investigaciones no se vayan a entorpecer”, señaló.

El abogado Rafael Chanjan precisó que, en el caso del expresidente Alberto Fujimori -quien es parte del grupo de adultos mayores y tendría antecedentes médicos-, no se encuentra detenido en condiciones de hacinamiento y el acercamiento a otras personas es reducido. “Él es uno de los pocos reos en el Perú que gozan de un tratamiento especializado y privilegiado. Tiene una serie de beneficios que no cualquier interno cuenta”, acotó. “Con un control que se le pueda realizar, un seguimiento médico a determinados internos -por ejemplo, Fujimori-, reduciendo el contacto con otras persona, con medidas complementarias de contención se puede limitar significativamente los riesgos que puede generar el coronavirus. No necesariamente con su excarcelación”, añadió Chanjan.

Por su parte, Meini dijo que en principio la situación de Fujimori no ameritaría un tratamiento como el de otras personas. “Una cosa es estar detenido en un centro penitenciario con hacinamiento, en condiciones insalubres; y otro es estar detenido en las condiciones en que está Alberto Fujimori. Eso en principio, pero cada caso deberá analizarse en concreto”, comentó.

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