Por 79 votos a favor, 43 en contra y 3 abstenciones, el pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia la autógrafa que regula la aplicación de la cuestión de confianza, norma que había sido observada por el Poder Ejecutivo hace casi dos semanas.
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El texto, que había sido aprobado por la Comisión de Constitución y Reglamento, establece que la facultad de los ministros para plantear una cuestión de confianza “está referida a materia de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de gobierno, no encontrándose entre ellas las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten los procedimientos y competencias excluyentes del Congreso de la República o de otros organismos constitucionales autónomos”.
Además, establece que “la cuestión de confianza es aprobada o rehusada luego de concluido el debate y luego de realizada la votación conforme al Reglamento del Congreso” y que “solo el Congreso de la República puede interpretar el sentido de su decisión”.
Previamente, el Pleno rechazó, con 39 votos a favor, 79 en contra y cero abstenciones, una cuestión previa de la legisladora Katy Ugarte Mamani (Perú Libre) para que la autógrafa retorne a la Comisión de Constitución.
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La autógrafa fue observada por el Poder Ejecutivo, que devolvió el documento a la Comisión de Constitución el pasado 6 de octubre alegando que “vulnera el principio de separación de poderes y las competencias del Poder Ejecutivo vinculadas a la formulación e implementación de políticas públicas”.
“Solo se avoca a limitar la potestad constitucional del Ejecutivo de plantear una cuestión de confianza, más no establece regulación alguna respecto de la censura ministerial que puede proponer el Congreso, para lo cual este tiene amplios márgenes y solo está limitado por requisitos formales, como también los tiene la presentación de una cuestión de confianza”, señalan las observaciones.
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Del mismo modo, el Poder Ejecutivo también enfatiza que la autógrafa se aparta de la interpretación de la cuestión de confianza realizada por el Tribunal Constitucional (TC).
“Debe reiterar que en el ordenamiento jurídico nacional la interpretación que realiza el TC sobre las disposiciones constitucionales resulta vinculante para todos los poderes públicos, lo que incluye al Poder Legislativos, y privados”, indicaron.
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