Uno de los principales argumentos de Pedro Chávarry para defender su gestión al frente de la Fiscalía de la Nación es que, en cuatro meses, ya presentó cuatro denuncias constitucionales contra altas autoridades. Sin embargo, ninguna de estas han sido aún aprobadas por el Parlamento. Tres penalistas analizan dichas denuncias y advierten vacíos y deficiencias en las imputaciones.
Dos de ellas están referidas a los audios sobre la supuesta compra de votos durante el segundo intento de vacancia contra el ex presidente Pedro Pablo Kuczynski. Las otras dos son contra el ex ministro de Economía Alfredo Thorne y contra la congresista no agrupada Marita Herrera (incluida en la denuncia por la supuesta compra de votos).
—La validez de la prueba—
Para la penalista Sophia Icaza, en el caso de tres denuncias constitucionales –contra Thorne, Giuffra y la que imputa a PPK y otras cinco personas– tendrá que definirse si las grabaciones sobre las cuales se sustentan podrán ser utilizadas como prueba en el proceso.
“Los delitos pueden encajar, pero están en función de la lectura que se dé a la denuncia. El fundamento probatorio es la grabación, y de esta se podría desprender que existen los elementos. Pero si cuestionan la prueba, esta podría carecer de valor probatorio, y tendría que ofrecerse algún otro tipo de prueba, documental o testimonial”, indicó la abogada del estudio Linares.
Icaza sostuvo que existen dos criterios para evaluar este tipo de prueba. El primero es la teoría del fruto envenenado, donde todo lo que proviene de una prueba ilícita estaría contaminado. En el segundo, como en el caso de los ‘vladivideos’, se le da valor probatorio por tener un interés público donde predomina un acto de corrupción.
El penalista Christian Bello señaló que Chávarry omitió hacer un análisis sobre la legitimidad de la prueba. Pese a ello, explicó que existen sentencias de la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional que estipulan que cuando hay un interés superior, este prima sobre otros criterios.
“Este criterio se toma en cuenta cuando va a iniciarse una investigación, pero para una condena, una prueba de estas características no sirve, se requiere un nivel probatorio mayor, como ocurrió en el caso de los ‘petroaudios’”, refirió.
—Problema de fondo—
Bello advirtió “apresuramiento” en las denuncias del fiscal de la Nación, pues en todos los casos disponía de un mayor plazo para la investigación preliminar. A su parecer, Chávarry pasó a la siguiente etapa “sin reunir elementos de convicción suficientes”.
“Para pasar de una diligencia preliminar a una denuncia constitucional que lleve a una investigación preparatoria no se requiere de una sospecha sino una prueba mayor que se llama sospecha reveladora. El gran problema de fondo es que la fiscalía en varios casos recurre a meras suposiciones y a inferencias que no se condicen con la necesidad de tener un nivel de certeza mayor”, explicó Bello a El Comercio.
—Imputaciones deficientes—
En lo que se refiere a los delitos, Bello cuestionó el del tráfico de influencias, al asegurar que no calzaría en ninguno de los casos. Según explicó, este delito sanciona a la persona que intercede ante un funcionario que está conociendo o que va a conocer un caso judicial o administrativo. Por ejemplo, un juez que va a resolver una demanda, o un proceso administrativo en Indecopi.
La penalista Romy Chang coincidió en este punto y añadió que el delito de tráfico de influencias no puede extenderse más allá de lo judicial o administrativo. Es decir, no es que los votos del Congreso –que supuestamente se negociaban– puedan ser entendidos como un acto administrativo del Congreso.
Otra deficiencia advertida por Chang tiene que ver con el delito de cohecho activo genérico imputado al ex ministro Thorne. Este delito es el que cometen las personas que dan u ofrecen a los funcionarios un beneficio para que realicen u omitan actos en violación de sus obligaciones.
“A Thorne le imputan condicionar el presupuesto a cambio de una opinión favorable del contralor, pero el informe de este salió en contra, así que el caso pierde peso por ese lado, además de que le están imputando el delito de un particular cuando es funcionario público”, dijo la penalista.
Para Chang, el delito que se debió imputar a Thorne es el de cohecho pasivo propio que, según el párrafo tercero del artículo 393 del Código Penal, está referido al funcionario público que condiciona su conducta funcional derivada del cargo a la entrega o promesa de un donativo o ventaja.
“Incluso la pena es mayor. El delito de cohecho activo genérico que imputa la fiscalía tiene una pena de entre 4 y 6 años, el de cohecho pasivo propio calzaría mejor, tiene una pena de 8 a 10 años”, dijo.
En el caso de Kuczynski, ocurre lo mismo con el delito de cohecho activo genérico impropio. “El delito es para quien promete un beneficio para que un funcionario omita actos propios de su cargo sin faltar a sus obligaciones. Pero la obligación de los congresistas es votar a conciencia, no por pago”, refirió.
Bello indicó que en los casos de los ex ministros Carlos Bruce y José Arista, al existir obras de por medio, podría profundizarse en la investigación. Sin embargo, afirmó que en los otros casos el Congreso debería devolver las denuncias para una mayor sustentación de la fiscalía.
Las penalistas Chang e Icaza coincidieron en señalar que la única denuncia que tiene los elementos para acabar en una acusación es la referida a la congresista no agrupada Marita Herrera, a quien se acusa de falsificar documentos en su semana de representación.
—Otras imputaciones a congresistas—
En el caso del congresista Carlos Bruce, el fiscal de la Nación lo acusó de usar al Ministerio de Vivienda para entregar a la región Amazonas, de donde proviene la legisladora no agrupada Marita Herrera, la suma de S/8’204.496 para el saneamiento rural en Bagua e Imaza.
Bruce ha negado que esto sea parte de una presunta compra de votos y explicó que dicha suma corresponde a un presupuesto para continuar la ejecución de obras que se iniciaron en la gestión de Ollanta Humala.
Según la denuncia, Mercedes Araoz, a través de Fredy Aragón, ex gerente de Sucamec, habría ofrecido la ejecución de obras públicas al fujimorista Moisés Mamani para su región Puno, a cambio de votar en contra de la vacancia de Pedro Pablo Kuczynski.
En una carta notarial que Aragón envió a la vicepresidenta el último 18 de junio, expresó que no la conocía y que los audios “han sido ensamblados dolosa y malintencionadamente”.