El procurador anticorrupción Julio Arbizu desestimó hoy que el fallo de la Primera Sala Civil de la Corte de Lima, respecto a la acción de amparo que Alan García presentó contra la megacomisión, afecte la labor de este grupo de trabajo, que investiga los presuntos hechos de corrupción del gobierno aprista.
Según Arbizu, la resolución toma en cuenta todos los alcances de la resolución en primera instancia, cuyas recomendaciones fueron tomadas en cuenta por la comisión presidida por Sergio Tejada, que efectuó las correcciones formales
“Definitivamente no se ha caído nada. Simplemente es una ratificación del fallo de primera instancia, que no afecta la investigación, como no ao había afectado la resolución en primera instancia”, declaró Arbizu a Andina.
Ayer la referida sala confirmó la sentencia contenida en la resolución del 19 de setiembre de 2013, donde se declara fundada “en parte” la demanda, y se anula lo actuado a partir de la citación del 8 de marzo de 2013 al ex jefe de Estado.
El fallo aclara, además, que el periodo anterior a la citación del 8 de marzo de 2013 “no se anula”, lo que comprende la citación del 31 de mayo de 2012 (la primera que la megacomisión le hizo a García) así como “el levantamiento del secreto bancario, entre otros actos relacionados con el demandante”.
El fallo de segunda instancia también señala que la megacomisión es “competente” para investigar la gestión de García como presidente de la República, “dentro del plazo encomendado o prorrogado por el Congreso”, y que puede incluir el asunto denominado “BTR” o “Petroaudios” como materia de investigación, “respetándose el debido proceso”.
Asimismo, establece que los miembros de la megacomisión “no pueden ser removidos”.
Alan García pidió hoy la nulidad de los informes de la megacomisión.