El pase del proceso judicial contra Keiko Fujimori a su fase final, la de un juicio oral y público, es inminente. La semana pasada, el juez Víctor Zúñiga desestimó los últimos recursos (sobreseimientos) con los que las defensas de los más de 40 acusados buscaban que el Poder Judicial archive algunos de los extremos de la acusación, presentada en marzo del 2021.
Fue el último capítulo de una larga serie de audiencias en los que el fiscal José Domingo Pérez, la fiscal adjunta Paulina Roque, los abogados de la Procuraduría de Lavado de Activos y las defensas de Keiko Fujimori y sus coacusados debatieron –esencialmente- en torno a si el caso debía pasar a juicio oral o debía archivarse. En todos ellos, el juez dio la razón a la fiscalía y rechazó enviar el proceso al archivo.
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Según explican fuentes ligadas al caso, con esto la acusación fiscal ya ha superado en esta instancia todos los recursos con los que las defensas podían evitar que el caso llegue a juicio, de lo que se desprende que hay mérito para llegar a esa etapa.
Lo único que podría frenar este avance es que la sala de apelaciones que ve el caso acoja las apelaciones de Keiko Fujimori y los otros acusados contras las resoluciones del juez Víctor Zúñiga que rechazaron sus respectivos recursos. Sin embargo, las fuentes consideran que ese escenario es poco probable.
Así, será en el juicio donde se resolverá si Keiko Fujimori y sus coacusados son inocentes o culpables de los delitos por los que se les acusa: lavado de activos, organización criminal, obstrucción a la justicia, y falsa declaración en procedimiento administrativo. Por estos cuatro ilícitos, la fiscalía ratificó esta semana su postura según la cual la condena a imponerse a la excandidata debe ser de 30 años y 10 meses de pena privativa de la libertad, además de 15 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
En una reciente resolución por este caso, en la que le negó a Keiko Fujimori un pedido para viajar a España, el propio juez Víctor Zúñiga calificó de “inminente” que la acusación pase a la etapa de juicio. Dicho juicio deberá ser llevado a cabo por un juzgado distinto al suyo.
“Se ha culminado el control sustancial del requerimiento acusatorio y se está dando cuenta de parte del titular de la acción penal [la fiscalía] de la solicitud de pena y consecuencias accesorias”, explicó en el documento.
“No menos cierto es que es inminente la etapa de juzgamiento; por lo que, asume este juzgado, que autorizar un viaje al extranjero a la acusada no es factible […] Existe un pedido de pena sumamente grave, lo cual no puede ser soslayado por este Despacho”, agrega.
De la acusación al juicio
El fiscal José Domingo Pérez, del equipo especial Lava Jato, culminó su investigación a Keiko Fujimori y presentó su acusación contra ella y otras 40 personas en marzo del 2021. En junio, el juez Víctor Zúñiga dispuso formalmente el inicio del control de acusación y las audiencias de dicha fase iniciaron a fines de agosto de ese año.
El control de acusación -también conocido como etapa intermedia- es la segunda fase del proceso penal. Viene después de la investigación y antes del juicio oral.
Su propósito es, precisamente, verificar o controlar que la acusación fiscal presentada al final de la investigación cumpla con los requisitos de fondo y de forma para pasar a la fase de juzgamiento, donde se determina la inocencia o culpabilidad de los procesados. Su desarrollo está a cargo de un juez de investigación preparatoria, con la participación de la fiscalía, la procuraduría y los abogados defensores.
Como se tenía previsto, el desarrollo del control de acusación se ha extendido por más de un año. Así había sido en otros casos de similar complejidad.
El primer año se centró en la llamada fase de ‘control formal’. Allí se dieron las subsanaciones requeridas por el juez a la fiscalía en relación a un grupo de procesados por los que se no habían pronunciado. Es decir, investigados por los que no se presentó ni acusación ni sobreseimiento (pedido para que el jue archive la investigación). La mayoría de ellos era colaboradores eficaces cuyos procesos especiales aún no se había aprobado judicialmente.
Superadas esas observaciones, se requirieron a la fiscalía nuevas correcciones, esta vez ante las múltiples observaciones de las defensas, entre ellas las de Keiko Fujimori y de otros miembros de la “cúpula” de su partido.
A fines de agosto de este año, finalmente, el juez verificó que todas las correcciones requeridas se habían cumplido, con lo que superó el control formal y declaró “saneada” la acusación fiscal. Así se pasó de la siguiente etapa del control de acusación: el control sustancial.
En el control sustancial, el juez comenzó a evaluar los múltiples recursos presentados por los abogados para que las acusaciones contra sus defendidos se archiven. Los recursos se fueron presentado por cada uno de los cuatro delitos atribuidos por la fiscalía.
Estos recursos fueron las excepciones de improcedencia o de prescripción, y los sobreseimientos. El primero se refiere a que los hechos imputados por la fiscalía no constituían delito o ya prescribieron, y el segundo a que no hay suficientes elementos para postular que el delito haya sido cometido.
Desde septiembre hasta la semana pasada, el juez Zúñiga escuchó uno a uno los argumentos de los abogados que presentaron estos, así como las réplicas de la fiscalía y la procuraduría, para luego desestimar prácticamente todos los pedidos de archivo formulados por los acusados.
No todos los acusados presentaron estos recursos y no todos lo hicieron por todos los delitos. Por ejemplo, Keiko Fujimori presentó excepciones de improcedencia contra los cuatro delitos que le atribuye la fiscalía; pero no presentó sobreseimientos. Sí lo hicieron otros acusados como Pier Figari, Ana Herz o José Chlimper.
En la audiencia del último 11 de enero finalmente se debatió y se resolvió el último de estos recursos pendientes. Fue un sobreseimiento presentado por la acusada Carmela Paucará, exsecretaria de Keiko Fujimori, para que se archive su acusación por falsa declaración en procedimiento administrativo. Nuevamente, el recurso de la defensa fue rechazo por el juez.
Las penas planteadas
Con todo esto, se puede considerar que ya es una certeza que el caso irá a juicio. No obstante, el control de acusación todavía debe pasar por más etapas antes de que el juez ordene formalmente pasará a juzgamiento.
Ese mismo día, se inició con la etapa en la que la fiscalía detallará las penas que pide para cada uno de los acusados. Como la principal acusada del caso, la primera sobre quien se sustentó fue Keiko Fujimori.
En su exposición, la fiscal Roque ratificó el pedido de 30 años y 10 meses de prisión que postulan por los cuatro delitos atribuidos a Keiko Fujimori, ninguno de los cuales fue archivado durante la etapa del control sustancial.
Según detalló, por el delito de organización criminal le corresponderían 15 años y 5 meses de pena privativa de la libertad e inhabilitación para ejercer cargos públicos por el mismo plazo, además de 210 días multa.
Por el delito de lavado de activos, se postulan 11 años y 4 meses de prisión por lo referido a la campaña del 2011, junto a 400 días multa; mientras que por la campaña del 2016 se pide la misma pena y la misma multa.
En cuanto a la falsa declaración en procedimiento administrativo, se piden 2 años y 6 meses de prisión; mientras que por obstrucción a la justicia se postulan 6 años y 6 meses de pena privativa de la libertad con 272 días multa.
“Ejecutando una sumatoria de cada pena concreta por ilícito penal, fiscalía solicita 30 años y 10 meses respecto a la pena privativa de la libertad, y respecto a la pena accesoria, 730 días multa”, indicó la representante del Ministerio Público.
La fiscal añadió que para determinar la pena pedida tomaron en cuenta que esta no puede superar los 35 años, que las penas por cada delito se ubican en el tercio inferior, y que se considere el doble de la pena por el delito más grave (15 años y 5 meses). Al respecto, el juez Víctor Zúñiga cuestionó por qué no se planteó la pena máxima de 35 años y manifestó que su postura es que el pedido debería ser ese.
“Usted postula [la pena solicitada], yo hago un control de esa postulación. Y si los jueces vayan a imponer una pena [en el futuro juicio], obviamente tendrá que hacerlo dentro de los parámetros legales. Pero la posición de mi despacho es esa: debería reducirse a 35 años […] Debería ser 35 años su solicitud de pena”, indicó el magistrado.
“Así queda sentada la posición de mi despacho. Si hay alguna pena que se vaya a imponer, serán los jueces de juzgamiento quienes, aplicando la ley, tendrán que resolver […] También está previsto en el ordenamiento procesal que si el fiscal solicita una pena inferior a la que está prevista, los jueces en ese caso tendrán que aplicar la pena que corresponde. Es el único caso donde se puede aplicar una pena superior a la que pide la fiscalía, porque estaría debajo del marco punitivo”, agregó.
En la siguiente audiencia, del lunes 16 de enero, la defensa de Keiko Fujimori se mostró en contra de este cálculo. Si bien mantienen su negativa respecto a que la excandidata presencial haya cometido algún delito, sostuvieron que la eventual pena a debatirse debería ser de 24 años de pena y 472 días multa.
Dentro de sus cuestionamientos estuvo que no se puede pedir una pena por organización criminal y al mismo tiempo considerar como agravante de la pena de lavado de activos la presunta integración de una organización criminal. “Estaríamos hablando de imputación paralela de cargos”, manifestó César Mayta, abogado de Keiko Fujimori.
En la audiencia posterior, realizada el último lunes, la fiscalía detalló las penas para otros 14 acusados. Entre ellos estuvo Jaime Yoshiyama, José Chlimper, Vicente Silva Checa, Ana Herz y Pier Figari (30 años y 10 meses para cada uno de ellos), y Mark Vito Villanella (20 años). Se espera que en la audiencia de este jueves se termine con el resto de acusados.
Luego, quedaría solo por discutirse qué pruebas de usarán el juicio (fase conocida como control de pruebas), donde se incluirán testigos, peritos y toda la documentación que postulen tanto la fiscalía como los abogados. Culminadas las audiencias, el juez debe emitir un documento conocido como auto de enjuiciamiento para disponer formalmente que el caso pase a su fase de juzgamiento.
¿Cuánto podría demorar esto? En esto, las fuentes ligadas al caso discrepan: algunas indican que podría tomar un par de meses, pero otras calculan que podrían prolongarse hasta los últimos meses del año. En el primer escenario, se estima que el juicio conta Keiko Fujimori y el resto podría comenzar en la segunda mitad de este año; pero en el segundo escenario, que recién comenzaría en la primera mitad del 2024.