“Ni se te ocurra poner el detalle de tus aportantes. Tienes que poner pequeñas cantidades de tus amigos del cole”, le escribió la integrante de la Comisión Permanente Luciana León a Mijael Garrido Lecca, en aquel entonces candidato al Congreso por el partido de la estrella.
Lo que León aconsejaba en las conversaciones de WhatsApp publicadas por “Cuarto Poder” era el ‘pitufeo’, una práctica ampliamente extendida en la historia electoral del país, -y, en estos momentos, presente en gran parte de las investigaciones por aportes de campaña en el Caso Lava Jato- que consiste en dividir en pequeñas partes un aporte cuyo origen se busca ocultar. Estas fracciones son consignadas como montos entregados por falsos aportantes para, así, justificar el ingreso ante la autoridad, en este caso la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
El concepto del pitufeo nació en el marco de la lucha contra la criminalidad y el lavado de activos, cuenta Rafael Chanján, abogado penalista.
“El pitufeo es una modalidad muy recurrente, no solo en el Perú, sino a nivel internacional, mediante el cual se lava activos, se blanquea capitales de origen ilícito. Consiste en dividir en muchas partes pequeñas un monto grande de dinero ilícito”, explica. Precisamente, esta práctica es la que el Ministerio Público imputa en las investigaciones que sigue contra Keiko Fujimori, Ollanta Humala, Susana Villarán y Luis Castañeda Lossio. Según la hipótesis fiscal, los investigados habrían consignado falsos aportantes (los denominados ‘pitufos’) para ocultar montos de origen ilícito provenientes de las constructoras brasileñas.
Pero el pitufeo no necesariamente se realiza con la finalidad de lavar activos. Ocurre, también, que la organización política o candidato recurre a la práctica para ocultar el origen de un aporte que, aunque legal, no se quiere consignar por distintos motivos.
“Por ejemplo, existen aportantes grandes, como empresas, que prefieren no aparecer como aportantes y, por tanto, el partido utiliza a otras personas que aparecen como titulares de una pequeña parte de ese patrimonio aportado”, precisa Chanján.
Este es el caso del aporte por 3 millones 650 mil dólares que Dionisio Romero Paoletti, presidente de Credicorp, reconoció haber entregado a la campaña de Keiko Fujimori del 2011. Aunque el dinero provenía de una fuente lícita (patrimonio de la ‘holding’ financiera), Romero sostuvo que no quiso aparecer consignado como aportante “por las represalias que podía tomar una opción política asociada con el chavismo, un régimen que no muestra respeto alguno por la democracia [en referencia a la candidatura de Ollanta Humala].
¿Es un delito ‘pitufear’ aportes de campaña cuando el origen del dinero no es ilícito? Lo es, pero recién desde el 3 de agosto del 2019. Mediante la Ley 30997 –parte de la reforma política impulsada desde el Ejecutivo- se incorporó, entre otros, el delito de “falseamiento de la información sobre aportaciones, ingresos y gastos de organizaciones políticas”. La norma castiga con una pena de cárcel no menor de entre 2 y 6 años –además de inhabilitación- a quien consigne información falsa en los informes sobre aportaciones e ingresos de una campaña electoral.
Este nuevo tipo penal, sin embargo, no es aplicable a las campañas electorales investigadas por el Caso Lava Jato, pues entró en vigencia recién en el 2019, y la ley no puede aplicarse de manera retroactiva.
Antes de la publicación de la Ley 30997, la consignación de información falsa en los informes de aportaciones ante las autoridades electorales constituía tan solo una falta administrativa. El también penalista César Azabache explica que, si bien la conducta podía representar un delito de falsedad genérica, este tiene un plazo de prescripción de 6 años y, por lo tanto, no es imputable hoy en día.
Ahora bien, los chats difundidos entre León y Garrido Lecca corresponden a octubre del 2019. Para entonces, la ley de falseamiento de la información sobre aportaciones ya se encontraba vigente. El pitufeo recomendado por la excongresista aprista, por lo tanto, ya constituía un delito.
¿Estamos ante un delito de instigación?
En su artículo 24, el Código Penal define el delito de instigación de la siguiente manera: “el que, dolosamente, determina a otro a cometer el hecho punible será reprimido con la pena que corresponde al autor”.
Chanján explica que, si bien se puede desprender de las conversaciones de WhatsApp publicadas que Luciana León buscó incentivar a Garrido Lecca a realizar una conducta delictiva, para hablar de un delito de instigación tendría que comprobarse primero que el excandidato, efectivamente, cometió el delito.
“Yo puedo recomendar cometer un delito, pero si la otra persona no lo hace, la instigación no se configura. En este caso tendría que verificarse que Mijael [Garrido Lecca] realizó un pitufeo”, indica.
A esto, Azabache agrega que, para configurarse el delito de instigación, debe comprobarse que el instigador fue determinante para que el instigado cometa el acto delictivo, “Ella [Luciana León] podría discutir si su consejo determinó la acción de Garrido Lecca. La recomendación tiene que ser determinante para ese comportamiento”, precisa.
¿Qué responsabilidad tienen los falsos aportantes?
En los chats publicados, León recomienda al excandidato por el Partido Aprista no consignar el detalle de sus aportantes, sino, por el contrario, “poner pequeñas cantidades de tus amigos del cole (…) 10 patas del cole, universidad, primos, etc., que te den entre 5 y 15”.
Según Chanján, en caso se compruebe que las personas señaladas falsamente como aportantes ante la ONPE, voluntariamente, se prestaron a consignar esa información, estas podrían ser acusadas de cometer el delito de falsedad genérica.
Azabache discrepa. Para él, los particulares que aceptan ser consignados como falsos aportantes pueden ser procesados como cómplices del delito de falseamiento de información sobre aportaciones
Las ventajas del ‘cash’
Uno de los consejos de León a Garrido Lecca fue recibir los aportes en efectivo. Inclusive, cuando este le señala que su abogado, Humberto Abanto, lo había hecho “bancarizar todo”, esta discrepa y afirma que “Abanto no está evaluando porque no conoce el funcionamiento del tema”.
Recibir los aportes en efectivo, explica Azabache, es ventajoso cuando lo que se busca es dificultar el rastreo de su origen. “Recibir el dinero en efectivo sirve para dos cosas: para que nadie sepa quién ni cuánto te dieron. Es más fácil pitufearlo o, incluso, quedarse con una parte del monto”, señala.
Este Diario se comunicó con Garrido Lecca, quien indicó que por el momento no iba a brindar declaraciones.
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