La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso tiene en agenda debatir y votar este viernes el informe final que propone la inhabilitación del presidente de la República Pedro Castillo por vulnerar la Constitución debido a la comisión de una presunta traición a la patria. No obstante, antes de dicha cita se conoció una decisión del Poder Judicial a raíz de un recurso presentado por el mandatario.
La citación al debate se dio poco después de conocerse la decisión del Poder Judicial que admitió a trámite la demanda de amparo que Castillo Terrones, a través de su abogado Ananías Narro, interpuso en contra del Congreso de la República.
Narro Culque, como se recuerda, presentó la acción constitucional por tres aspectos: contra el proceso por traición a la patria contra el jefe de Estado en la subcomisión, buscando la anulación del informe final que presentó la Comisión de Fiscalización por el Caso Sarratea que incluye al presidente y contra la tercera iniciativa de vacancia presidencial promovida por el congresista Edward Málaga.
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Si bien, la admisión a trámite es un acto judicial ineludible por ley –luego que se modificara el Código Procesal Constitucional que prohíbe rechazar las demandas constitucionales– el proceso parlamentario, por el momento, no se encuentra impedido.
Precisamente, la subcomisión citó a sus integrantes para las 8:00 de la mañana de este viernes a fin de analizar los puntos en agenda, que contemplan el caso Castillo.
📢 #SACinforma | La presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales @LadyCamones cita a la continuación de la tercera sesión extraordinaria, que se realizará mañana viernes 11 de noviembre a las 08:00 a.m.
— Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (@sac_congreso) November 10, 2022
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Interpondrán cautelar
Sin embargo, Ananías Narro, abogado de Castillo, confirmó a El Comercio que en las próximas horas interpondrán una medida cautelar luego que su demanda fue admitida a trámite.
La medida, indicó, buscará paralizar las acciones que desarrolle el grupo de trabajo parlamentario presidido por la congresista Lady Camones, sobre dicha denuncia constitucional. El abogado confirmó que se está trabajando en el documento a presentar.
“El proceso de amparo tiene dos etapas. la primera es interponer la demanda principal y, una vez admitida esta demanda, se procede de inmediato con la interposición de la demanda cautelar y que motiva a que la Primera Sala Constitucional de Lima se pronuncie sobre la medida cautelar en la que se estaría solicitando que se suspenda de inmediato todo el accionar del Congreso en agravio del presidente de la República”, anotó.
Para el abogado, la investigación e informe final que se pretende analizar en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Parlamento “está jalada de los cabellos”.
Según Narro, dicho proceso no tiene asidero legal y se busca usar los votos congresales para trasvasar las normas constitucionales y afectar a un presidente en ejercicio.
De otro lado, indicó que también analiza ampliar la demanda para incluir la denuncia constitucional que presentó la Fiscalía de la Nación en contra del presidente Castillo por encabezar una presunta organización criminal y presuntamente cometer delitos de corrupción.
“Nosotros, en el momento que se haga la presentación de la medida cautelar, ahí se debe incluir ese informe. Por eso decía que me he permitido revisar las 400 páginas del informe de la fiscalía”, anotó.
El abogado sostiene que “no es legal lo que ha hecho la fiscal de la Nación”, puesto que ninguno de los tres delitos por los que la fiscalía “busca que el Congreso asuma la tarea” para procesar a Castillo calzan con lo que manda el artículo 117 de la Constitución.
Los efectos
El abogado penalista Andy Carrión subrayó que la admisión a trámite de una demanda de amparo no paraliza la labor que pueda desarrollar el Congreso sobre el debate del informe que propone inhabilitar a Castillo Terrones por presunta traición a la patria.
Sin embargo, indicó que si la defensa del presidente logra que el Poder Judicial emita una medida cautelar a su favor, sí se tendría que acatar una suspensión del proceso parlamentario.
Por ejemplo, recordó que existe una medida de amparo que impide al Congreso de la República implementar un proceso de elección del defensor del Pueblo.
“Este caso, si extrapolamos, el ejemplo jurídico sería lo mismo, pues la defensa de Castillo Terrones, dentro del proceso de amparo, podría solicitar que no se vote esta moción de acusación contra el presidente por el tema de traición a la patria ¿Podría darse? Sí ¿Jurídicamente está habilitada esa vía? Sí. Pero allí la pregunta es si existen los suficientes fundamentos para que el Poder Judicial pueda amparar la valoración de si nos encontramos ante un riesgo inminente de violación de derecho fundamental del presidente”, apuntó.
Para el abogado, no le convendría a la defensa interponer una medida cautelar y que el Poder Judicial se la rechace, puesto que llegarían debilitados para el análisis de fondo de la demanda de amparo que se verá en marzo del 2023.
Según Carrión, desde el punto de vista político, lo que tendría que hacer el Parlamento ante este escenario es actuar con celeridad el trámite mismo que debe seguir la Denuncia Constitucional puesto, una vez votado, ya es cosa decidida.
“Si ya votan el caso, hay una tema de cosa decidida y consumación del hecho. Por lo que si deciden inhabilitar al presidente y este salga del cargo, es poco probable que un juez lo pueda reponer en el cargo”, señaló.
Por tanto, indicó, todo dependerá de la evaluación que hagan en el Parlamento sobre el delito de traición a la patria que es uno de los cuatro delitos por lo que puede ser acusado un presidente, según el artículo 117 de la Constitución.
Otra situación, dijo, es lo que indica el Código Penal sobre delito de traición a la patria, que está vinculado sobre todo a los atentados contra la soberanía nacional.
“Yo creo que en el aspecto penal, la discusión será si es que la declaración del presidente bastaría para poder establecer, de acuerdo al código, que desplegó algún tipo de acto para someter a nuestro territorio a dominio extranjero o hacer dependiente parte de nuestro territorio a dominio extranjero”, comentó.