Bartra aseguró que es “completamente falso” que exista intención de vacancia por alguna vendetta política y rechazó que la bancada fujimorista haya tenido una actitud obstruccionista. (Foto: Archivo El Comercio)
Bartra aseguró que es “completamente falso” que exista intención de vacancia por alguna vendetta política y rechazó que la bancada fujimorista haya tenido una actitud obstruccionista. (Foto: Archivo El Comercio)
Redacción EC

En el pleno del pasado jueves se debatió un proyecto de resolución legislativa presentado a principios de diciembre por la presidenta de la Comisión Lava Jato, (Fuerza Popular). La iniciativa plantea modificar el literal e) del artículo 88 del Reglamento del Congreso y establecer —específicamente— que las comisiones investigadoras pueden solicitar el levantamiento del secreto bursátil y el de las comunicaciones. En caso de este último, se detalla, sería previa autorización del juez penal de turno.

Esta iniciativa de la fujimorista Rosa Bartra generó discrepancias en el Palacio Legislativo, tanto así que se tuvo que pasar a un cuarto intermedio para generar consenso en el pleno de la Representación Nacional, que ha entrado en receso quedando en funciones la Comisión Permanente.

─Textualmente─
El proyecto de ley se ampara en el artículo 97 de la Constitución Política del Perú el cual establece que el Congreso puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público y que “para el cumplimiento de sus fines, dichas comisiones pueden acceder a cualquier información, la cual puede implicar el levantamiento del secreto bancario y el de la reserva tributaria; excepto la información que afecte la intimidad personal”.

Según sostiene la presidenta de la Comisión Lava Jato, Rosa Bartra, “en la historia del Congreso de la República ninguna comisión ha tenido problemas para levantar el secreto de las comunicaciones”, basándose en el “pueden acceder a cualquier información” que señala la Carta Magna.

En ese contexto, la fujimorista da como ejemplos la Comisión Óscar López Meneses y la Comisión Orellana, entre otros.

“A nosotros por primera vez [los jueces] nos deniegan con el argumento de que en el reglamento no está taxativamente señalado ‘secreto de las comunicaciones’ como sí está establecido bancario, tributario”, dice Rosa Bartra a El Comercio.

Cabe señalar que actualmente el literal e) del artículo 88 del Reglamento del Congreso solo describe que “las comisiones investigadoras están facultadas para solicitar el levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria, con arreglo a las normas que regulan la materia”.

Asimismo, Bartra Barriga remarca que si bien en primera instancia los jueces le han denegado el acceso al secreto de las comunicaciones de los investigados, “hemos ido en apelación y los jueces ya me han dicho que sí, no tengo ningún problema para levantar y sigo levantando. Sin embargo, nosotros queríamos cumplir con la formalidad”, acotó.

“No es nada nuevo, no es nada complejo, no es el ‘chuponeo’ que de forma bastante desinformada y equivocada algunos congresistas han empezado a  argumentar”, comenta.

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