Propuesta ciudadana
Cada año los accidentes de tránsito dejan más de 4.000 muertos, 20.000 heridos y 3.000 millones de dólares perdidos por falta, principalmente, de control.
Es deber del Estado resguardar a las personas y es indispensable controlar la operación del servicio vehicular, con la aplicación de la tecnología en la organización y control en tiempo real, con un registro estadístico público para hacer el planeamiento integral y reducir estas horrorosas cifras.
Muchas entidades expiden brevetes, licencias de operación de rutas, plantas de revisión técnica y otras autorizaciones. Al no existir un control adecuado del tránsito vehicular, se producen muchos accidentes. Es urgente crear como política de Estado un organismo técnico autónomo, responsable de proponer las normas legales, aprobar sus propios reglamentos e imponer su cumplimiento a través de un sistema de transporte eficiente y seguro.
La superintendencia nacional del transporte terrestre (SNTT), con el empoderamiento que le dé su ley, cumplirá estos objetivos. Será un organismo autónomo de derecho público, adscrito a la presidencia del Consejo de Ministros, que incorporará a las instituciones públicas y privadas relacionadas con el transporte terrestre.
Asimismo, se debe crear las intendencias de transporte terrestre regional, que harán cumplir las normativas y demás funciones que delegará la superintendencia nacional.
Por tratarse de disminuir al máximo la pérdida de vidas humanas, se debe integrar a la superintendencia en el menor plazo a todos los organismos competentes que tengan relación con el sistema de transporte.
La Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones debe ser adscrita a la superintendencia y las funciones del director serán de responsabilidad del superintendente nacional de transporte terrestre.
Debe crearse dentro de la superintendencia el consejo de coordinación nacional, órgano consultivo integrado por las instituciones de derecho público y privado relacionadas con el transporte de pasajeros y carga en el país, con representantes de los colegios profesionales de abogados e ingenieros y otros organismos relacionados al transporte terrestre.
El superintendente nacional tendrá rango de ministro de Estado y de preferencia debe ser profesional de la ingeniería, nombrado por el presidente de la República a propuesta del Consejo de Ministros.
La superintendencia contará con una procuraduría en cada región, con la obligación de participar en los procesos de investigación y defensa judicial por la violación de las leyes y reglamentos que hayan ocasionado daños a las personas, cuya defensa ejercerá obligatoriamente.
La superintendencia implementará los sistemas de registro y control del personal, vehículos y todas las acciones que se realicen. Aplicará la tecnología para hacerlo en tiempo presente mediante el uso obligatorio por todos los involucrados de dispositivos digitales y satelitales. Conocerá los registros del mantenimiento de los vehículos, las operaciones en los terminales terrestres y balanzas viales, que serán interconectados a la central de control de la superintendencia para formar una red nacional permanente.
En los puertos de ríos y lagos donde no exista control, la superintendencia participaría si esto fuera posible.