La expansión del coronavirus ha alarmado no solo a las autoridades a nivel mundial por los nuevos casos que se conocen a diario, sino también a las empresas, que se han venido preparando para las posibles consecuencias de la pandemia de salud en el Perú.
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De hecho, ante los reportes de nuevos casos de coronavirus en el Perú, el Ministerio de Trabajo (MTPE) ha publicado la “Guía para la prevención ante en el coronavirus en el ámbito laboral”.
( Debido a la llegada del coronavirus al Perú, El Comercio ha decidido mantener liberadas todas sus notas de servicio público referentes al tema. Para verlas puede ingresar acá)
En al Perú, se podría reducir los efectos del posible contagio haciendo que los empleados —cuyos trabajos lo permitan— continúen con su labor desde casa mediante el teletrabajo, explica Mario Pasco Lizárraga, socio del estudio Rodrigo, Elías & Medrano.
“Lo inmediato es pasar al teletrabajo temporalmente. Eso sería una salida muy positiva, debería ser muy simple de aplicar para estas situación, pero lamentablemente no lo es, porque la norma es muy restrictiva, exige que haya acuerdo y que el empleador se haga cargo de la seguridad [cuando el trabajador está en casa laborando]”, indicó.
Pese a las exigencias altas de la norma, considera que varias empresas optarán por esta medida, aunque el empleador caería en un incumplimiento, agregó.
En tanto, la ministra de Trabajo, Sylvia Cáceres indicó que en los próximos días el MTPE presentará un decreto supremo que flexibilice esta modalidad de trabajo, con el fin de que más empresas la adopten.
¿Qué sucede en caso de ausencias?
En caso la situación se complique y existan trabajadores que hayan sido contagiados de coronavirus, en primera instancia, se hará uso de los descansos médicos. Los primeros veinte días serán pagados por el empleador, mientras que a partir del día 21 este será asumido —mediante subsidio— por Essalud.
“Si alguien se enferma, faltaría dos semanas, o veinte días, y cuando eso le pasa a todo el mundo es una carga que no tiene prevista la empresa. Habrá un costo muy importante”, advierte Pasco, considerando que el virus tiene tasas muy altas de recuperación y que los afectados logran vencerlo en pocos días. Cabe destacar que estos pagos no cubrirán a los trabajadores informales.
La ley también faculta la suspensión de la relación laboral hasta por 90 días sin derecho de pago, agrega Cristina Oviedo, laboralista del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez. Durante ese plazo, la suspensión no requiere autorización previa del Ministerio de Trabajo, pero sí tiene obligación de comunicar inmediatamente a la entidad.
En cambio, un caso diferente sería el de un trabajador que se encuentra en una cuarentena, como sucedió con los pasajeros del Diamond Princess, en donde habían casos de coronavirus detectados pero también personas aisladas pese a no haber sido contagiados.
En este caso, el trabajador no estaría en un descanso médico, por lo que esa inasistencia estará justificada, indica el socio del estudio Rodrigo, Elías & Medrano. La “Guía para la prevención ante en el coronavirus en el ámbito laboral” precisó que los días de falta deberán ser compensados, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador; la empresa podría no exigir la recuperación de horas de trabajo si así lo decide.
Responsabilidad de un lugar seguro
Si bien el coronavirus no es una enfermedad profesional, las empresas tienen la obligación de brindar un ambiente seguro y sano a todos sus trabajadores, explica Jorge Toyama, socio de Vinatea & Toyama.
Agrega que se deberá considerar planes de prevención y monitoreo en función a la exposición que tengan los trabajadores a este nuevo virus; así como le deberán brindar información para evitar contagios.
En esa línea, si bien Oviedo señala que no hay disposiciones específicas a cumplir, en la medida en que las empresas estén más expuestas al coronavirus —por ejemplo, firmas que tengan contacto comercial con China— tendrán que establecer protocolos internos para proteger a sus trabajadores, como medidas de prevención.
Por ello, Pasco considera que no deberían haber sanciones a empleadores en caso se propicie un contagio de coronavirus “siempre que hayan habido las medidas razonables”.
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