El Congreso aprobó una ley para que afiliados de las AFP retiren hasta 4 UIT, equivalente a un monto de S/ 17,600. (Foto: GEC)
El Congreso aprobó una ley para que afiliados de las AFP retiren hasta 4 UIT, equivalente a un monto de S/ 17,600. (Foto: GEC)
/ KAREN ZARATE
Redacción EC

El pasado 30 de marzo el pleno del Congreso de la República aprobó dos leyes que se han vuelto conversación de cada día: un nuevo retiro de los fondos de las y el retiro del 100% de la .

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La primera norma plantea un retiro de hasta 4 unidades impositivas tributarias (UIT) de la cuenta individual de capitalización del aportante, lo cual equivale a un monto de S/ 17,600.

Además, autoriza el retiro del 100% de la AFP a los mayores de 40 años, siempre y cuando no hayan realizado aportes al sistema previsional en los últimos cinco años. De acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), esta medidas podría ser inconstitucionales.

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La segunda norma autoriza el retiro del 100% de la CTS hasta diciembre de 2021, .

¿Cuándo se podrá retirar el dinero de la AFP?

El proceso es bastante sencillo. Cuando el Congreso aprueba una ley, la autógrafa de la misma es remitida al Ejecutivo, el cual tiene 15 días útiles para promulgarla u observarla.

El 5 de abril, tras los feriados de Semana Santa, el Gobierno recibió las normas del Legislativo, por lo cual tiene hasta el lunes 26 de abril para promulgarla u observarla.

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El titular del MEF, , anunció que su cartera va a recomendar al presidente Francisco Sagasti que observe la norma sobre el retiro de AFP, pues detecta “visos de inconstitucionalidad”.

Si el Gobierno decide observar la ley, dicha norma es devuelta al Congreso. El Parlamento deberá debatir nuevamente y votar en un nuevo pleno. Después de este proceso, el Congreso tiene la opción de aprobar la norma por insistencia, con lo cual el visto bueno del Ejecutivo no sería necesario.

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Por otro lado, si el presidente Sagasti decide no pronunciarse sobre esta ley hasta el plazo legal que tiene para hacerlo, el Congreso tiene la potestad de promulgarlas por insistencia, sin necesidad de un nuevo debate.

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